13/01/04

12/01/05 – DESAFÉCTASE DEL DOMINIO PÚBLICO FRACCIÓN DEL TERRENO PADRÓN 13372 DE LA 11° SECCIÓN CATASTRAL DE TACUAREMBÓ

VISTO: estos antecedentes relacionados con la solicitud de adquisición de una fracción de terreno Padrón N° 13372 (Ruta N° 5 -Tramo: Pampa - Curtina perteneciente al patrimonio del Estado -Ministerio de Transporte y Obras Públicas), ubicada en la 11 va. Sección Catastral del Departamento de Tacuarembó, por parte del Sr. Omar Alberto Estévez González

RESULTANDO: I) Que la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, informa que no tiene inconvenientes en acceder a lo solicitado;

II) Que asimismo, la Dirección Nacional de Topografía de la misma Secretaría de Estado, procedió a practicar la correspondiente tasación la cual ascendió a U.R. 359,24, suma esta que incluye mejoras y que no fue aceptada por el interesado;

III) Que ante presentación de un nuevo escrito, fueron encontrados elementos de juicio que hicieron variar la misma, alcanzando la nueva tasación la suma de U.R.268,45 a la cual el interesado prestó su conformidad;

IV) Que la Asesoría Técnica (Area Jurídica) de la ya mencionada Unidad Ejecutora expresa que no tiene observaciones que formular desde el punto de vista legal a estas actuaciones;

CONSIDERANDO: que por lo expuesto, corresponde resolver en consecuencia

ATENTO: I) a lo establecido por el Art. 8vo. de la Ley de Expropiaciones N° 3.958 del 28 de marzo de 1912, en el Art. 195 de la Ley N° 15.903 del 20 de noviembre de 1987 y Art. 320 de la Ley N° 16.170 del 28 de diciembre de 1990. II) a las excepciones establecidas por el Decreto del Poder Ejecutivo N° 370/03 de fecha 28 de setiembre de 2002

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA ;..

RESUELVE:

1°) Desaféctese del dominio Público, una fracción de terreno Padrón N° 13372, (Ruta N° 5 Tramo: Pampa -Curtina; perteneciente al patrimonio del Estado -Ministerio de Transporte, y Obras Públicas), ubicada en la 11 va. Sección Catastral del Departamento de Tacuarembó, la que de acuerdo al plano del Ingeniero Agrimensor Vicente Romano de fecha octubre de 1946 registrado en la Dirección General de Catastro y Administración de Inmuebles Nacionales con el N° 977 el 15 de enero de 1949, tiene un área total de 5Hás0610 y sus deslindes son: por el N.E., tramo recto de 250mOO con frente a Ruta N° 5; por el S.E., tramo recto de 200mOO; por el S.O., tramo recto de 256m10 lindando por ambos vientos con el Padrón N° 11968 y por el N.O., tramo recto de 200ml O lindando con el Padrón N° 9560

2°) Apruébase la tasación practicada por la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas que ascendió a la suma de U.R. 268,45 (UNIDADES REAJUSTABLES: doscientas sesenta y ocho con cuarenta y cinco centésimas) de una fracción de terreno con mejoras detallada en el numeral 1° de la presente Resolución.

3°) Enajenase a favor del Sr. Omar Alberto Estévez González, previo pago de la cantidad de U.R. 268,45 (UNIDADES REAJUSTABLES: doscientas sesenta y ocho con cuarenta y cinco centésimas) que se convertirán al valor vigente de la Unidad Reajustable el día anterior a su cobro, la que deberá ser depositada en la Casa Central del Banco de la República Oriental del Uruguay, Cuenta N° 2892-0 si es en efectivo o Cuenta N° 2893-8 si es con cheque una fracción de terreno con mejoras cuya tasación se aprueba eni el numeral precedente de esta Resolución.

4°) Desígnase para representar al Estado en el acto de traslación de dominio de la fracción de que se trata, al Señor Director de la Dirección Nacional de Topografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

5°) COMUNIQUESE y pase al Contador Central Delegado por el Tribunal de Cuentas de la República destacado en ese Ministerio. Cumplido, siga a la Dirección Nacional de Topografía para su toma de razón y demás efectos que correspondan.