13/01/04

12/01/05 – DESAFECTACIÓN DE LA JURISIDICCIÓN NACIONAL UN TRAMO DE LA RUTA Nº 37 UBICADO EN PIRIÁPOLIS

VISTO: la gestión promovida ante la Dirección Nacional de Vialidad por la Intendencia Municipal de Maldonado tendiente a la desafectación de la jurisdicción nacional de un tramo de la Ruta N° 37 en su pasaje por la ciudad de Piriápolis.

RESULTANDO: I) Que dicha solicitud se basa en la necesidad de realizar obras, para adecuar a las necesidades actuales, el tránsito allí identificado.

II) Que la Dirección Nacional de Vialidad no formula objeciones al planteo indicado, más aún que el tramo de la .Ruta N° 37 involucrada, entre las progresivas 1km000 y 3km500, se encuentra en una zona urbana densamente poblada, que requiere por sus particularidades de la atención permanente en la órbita municipal.

III) Que asimismo por Informe N° 533/04 de 14 de diciembre de 2004 el Departamento Letrada del Ministerio de Transporte y Obras Públicas no ve impedimento jurídico para acceder a lo solicitado.

ATENTO: a lo establecido en el Decreto-Ley N° 10.382 de 13 de febrero de 1943.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Desaféctase de su carácter nacional -pasando a la jurisdicción de la Intendencia Municipal de Maldonado, el tramo de la Ruta N° 37 comprendido entre los 1km000 y 3km500, de acuerdo a lo informado por la Dirección Nacional de Vialidad al respecto.

2°.- Comuníquese a la Intendencia Municipal de Maldonado y siga, por su orden, a las Direcciones Nacionales de Topografía y Vialidad para su conocimiento y efectos.