13/01/04
    
    12/01/05 – DESAFECTACIÓN DE LA JURISIDICCIÓN NACIONAL
    UN TRAMO DE LA RUTA Nº 37 UBICADO EN PIRIÁPOLIS
    VISTO: la gestión promovida ante la Dirección
    Nacional de Vialidad por la Intendencia Municipal de Maldonado tendiente a
    la desafectación de la jurisdicción nacional de un tramo de la Ruta N° 37
    en su pasaje por la ciudad de Piriápolis.
    
    RESULTANDO: I) Que dicha solicitud se basa en la
    necesidad de realizar obras, para adecuar a las necesidades actuales, el
    tránsito allí identificado.
    II) Que la Dirección Nacional de Vialidad no formula
    objeciones al planteo indicado, más aún que el tramo de la .Ruta N° 37
    involucrada, entre las progresivas 1km000 y 3km500, se encuentra en una zona
    urbana densamente poblada, que requiere por sus particularidades de la
    atención permanente en la órbita municipal.
    III) Que asimismo por Informe N° 533/04 de 14 de
    diciembre de 2004 el Departamento Letrada del Ministerio de Transporte y
    Obras Públicas no ve impedimento jurídico para acceder a lo solicitado.
    
    ATENTO: a lo establecido en el Decreto-Ley N° 10.382
    de 13 de febrero de 1943.
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°.- Desaféctase de su carácter nacional -pasando
    a la jurisdicción de la Intendencia Municipal de Maldonado, el tramo de la
    Ruta N° 37 comprendido entre los 1km000 y 3km500, de acuerdo a lo informado
    por la Dirección Nacional de Vialidad al respecto.
    
    2°.- Comuníquese a la Intendencia Municipal de
    Maldonado y siga, por su orden, a las Direcciones Nacionales de Topografía
    y Vialidad para su conocimiento y efectos.