13/01/04
12/01/05 – DESAFECTACIÓN DE LA JURISIDICCIÓN NACIONAL
UN TRAMO DE LA RUTA Nº 37 UBICADO EN PIRIÁPOLIS
VISTO: la gestión promovida ante la Dirección
Nacional de Vialidad por la Intendencia Municipal de Maldonado tendiente a
la desafectación de la jurisdicción nacional de un tramo de la Ruta N° 37
en su pasaje por la ciudad de Piriápolis.
RESULTANDO: I) Que dicha solicitud se basa en la
necesidad de realizar obras, para adecuar a las necesidades actuales, el
tránsito allí identificado.
II) Que la Dirección Nacional de Vialidad no formula
objeciones al planteo indicado, más aún que el tramo de la .Ruta N° 37
involucrada, entre las progresivas 1km000 y 3km500, se encuentra en una zona
urbana densamente poblada, que requiere por sus particularidades de la
atención permanente en la órbita municipal.
III) Que asimismo por Informe N° 533/04 de 14 de
diciembre de 2004 el Departamento Letrada del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas no ve impedimento jurídico para acceder a lo solicitado.
ATENTO: a lo establecido en el Decreto-Ley N° 10.382
de 13 de febrero de 1943.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Desaféctase de su carácter nacional -pasando
a la jurisdicción de la Intendencia Municipal de Maldonado, el tramo de la
Ruta N° 37 comprendido entre los 1km000 y 3km500, de acuerdo a lo informado
por la Dirección Nacional de Vialidad al respecto.
2°.- Comuníquese a la Intendencia Municipal de
Maldonado y siga, por su orden, a las Direcciones Nacionales de Topografía
y Vialidad para su conocimiento y efectos.