20/01/04
19/01/05 – OTÓRGASE CONCESIÓN PARA EXPLOTAR A MACELUR
S.A.
VISTO: la gestión promovida por MACELUR S.A.
tendiente a la obtención del título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR un
yacimiento de granito negro en la 3° Sección Catastral del Departamento de
Florida;
RESULTANDO: I) se ha dado cumplimiento a los
presupuestos exigidos por el Código de Minería;
II) se solicitó Servidumbre Minera por As. 59/01; III)
se ha acreditado el inicio del trámite ante el Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a los efectos de la obtención de
la Autorización Ambiental Previa
CONSIDERANDO: que corresponde otorgar el título
minero Concesión para Explotar al haberse cumplido los requisitos de fondo
y forma exigidos por los artículos 100 y 104 del Código de Minería y el
artículo 7 de la Ley NO, 16.466 de 19 de enero de 1994;
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Otórgase a MACELUR S.A. el título minero
CONCESIÓN PARA EXPLOTAR por el plazo de 30 años, respecto de un yacimiento
de granito negro, afectando parcialmente el padrón 16258 en 6 hás. 6978 m2,
en la 3a Sección Catastral del Departamento de Florida,
2°.- La Dirección Nacional de Minería y Geología
dará posesión de la mina a la concesionaria, en los términos previstos
por el artículo 107 del Código de Minería, una vez otorgada la
Autorización Ambiental Previa por parte del Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
3º.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección
Nacional de Minería y Geología