20/01/04

19/01/05 – OTÓRGASE CONCESIÓN PARA EXPLOTAR A MACELUR S.A.

VISTO: la gestión promovida por MACELUR S.A. tendiente a la obtención del título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR un yacimiento de granito negro en la 3° Sección Catastral del Departamento de Florida;

RESULTANDO: I) se ha dado cumplimiento a los presupuestos exigidos por el Código de Minería;

II) se solicitó Servidumbre Minera por As. 59/01; III) se ha acreditado el inicio del trámite ante el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a los efectos de la obtención de la Autorización Ambiental Previa

CONSIDERANDO: que corresponde otorgar el título minero Concesión para Explotar al haberse cumplido los requisitos de fondo y forma exigidos por los artículos 100 y 104 del Código de Minería y el artículo 7 de la Ley NO, 16.466 de 19 de enero de 1994;

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Otórgase a MACELUR S.A. el título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR por el plazo de 30 años, respecto de un yacimiento de granito negro, afectando parcialmente el padrón 16258 en 6 hás. 6978 m2, en la 3a Sección Catastral del Departamento de Florida,

2°.- La Dirección Nacional de Minería y Geología dará posesión de la mina a la concesionaria, en los términos previstos por el artículo 107 del Código de Minería, una vez otorgada la Autorización Ambiental Previa por parte del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

3º.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología