20/01/04
    
    19/01/05 – OTÓRGASE CONCESIÓN PARA EXPLOTAR A MACELUR
    S.A.
    VISTO: la gestión promovida por MACELUR S.A.
    tendiente a la obtención del título minero CONCESIÓN PARA EXPLOTAR un
    yacimiento de granito negro en la 3° Sección Catastral del Departamento de
    Florida;
    
    RESULTANDO: I) se ha dado cumplimiento a los
    presupuestos exigidos por el Código de Minería;
    II) se solicitó Servidumbre Minera por As. 59/01; III)
    se ha acreditado el inicio del trámite ante el Ministerio de Vivienda,
    Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente a los efectos de la obtención de
    la Autorización Ambiental Previa
    
    CONSIDERANDO: que corresponde otorgar el título
    minero Concesión para Explotar al haberse cumplido los requisitos de fondo
    y forma exigidos por los artículos 100 y 104 del Código de Minería y el
    artículo 7 de la Ley NO, 16.466 de 19 de enero de 1994;
    
    ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
    Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
    Ministerio de Industria, Energía y Minería;
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    
    1°.- Otórgase a MACELUR S.A. el título minero
    CONCESIÓN PARA EXPLOTAR por el plazo de 30 años, respecto de un yacimiento
    de granito negro, afectando parcialmente el padrón 16258 en 6 hás. 6978 m2,
    en la 3a Sección Catastral del Departamento de Florida,
    2°.- La Dirección Nacional de Minería y Geología
    dará posesión de la mina a la concesionaria, en los términos previstos
    por el artículo 107 del Código de Minería, una vez otorgada la
    Autorización Ambiental Previa por parte del Ministerio de Vivienda,
    Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.
    3º.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección
    Nacional de Minería y Geología