21/01/04

20/01/05 - SE DEJA SIN EFECTO EXPROPIACIÓN DE INMUEBLES DE LA 11ª. SECCIÓN JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO DE MONTEVIDEO

VISTO: las resoluciones del Poder Ejecutivo de 10 de diciembre de 1997 y 27 de enero de 1999;

RESULTANDO: I) por la resolución de 10 de diciembre de 1997, se designaron para ser expropiados los inmuebles y las mejoras en ellos existentes, ubicados en la 11ª. Sección Judicial del departamento de Montevideo, zona rural de Melilla (sección catastral Montevideo Rural del decreto N° 364/995), identificados por los padrones Nos. 12.698, 11.505, 43.597, 407.005, 407.012, 407.014, 407.017, 407.018 y 407.019;

II) dicha medida fue adoptada a instancias de PRENADER, para la ejecución de obras hidráulicas, en el marco de lo dispuesto por el Art. 24 de la ley N° 16.858, de 3 de setiembre de 1997;

III) de los inmuebles designados para expropiar ya han sido escriturados los padrones Nos. 11.505, 43.597, 407.005, 407.017, 407.018 y 407.019;

IV) PRENADER no dispone de fondos para inversiones desde el año 2002, por lo que no puede apoyar financieramente las obras hidráulicas proyectadas;

V) tales obras se realizarán igualmente, en base al proyecto de riego elaborado por JUMECAL, calificado como de interés social y de apoyo al desarrollo, en el ámbito departamental, por resolución del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca N° 489/004, de 4 de junio de 2004, a ser ejecutado con apoyo del Ministerio de Defensa Nacional, en los padrones ya expropiados, en el ámbito del Convenio Marco de Apoyo entre ambos Ministerios, de fecha 12 de agosto de 1997:

CONSIDERANDO: conveniente, de acuerdo con lo expuesto, desistir de la expropiación de los padrones Nos. 12.698, 407.012 y 407.014;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE

1°) Dejar sin efecto la designación para ser expropiados de los siguientes inmuebles y las mejoras en ellos existentes, ubicados en la 11ª. Sección Judicial del departamento de Montevideo, zona rural de Melilla (sección catastral Montevideo Rural del decreto N° 364/995), dispuesta por resolución del Poder Ejecutivo de 10 de diciembre de 1997 y su modificativa de 27 de enero de 1999:

Padrón N° 12.698- ubicado en Camino de la Redención, con un área de 5 hás.0000 mc, propiedad de Elena Rossi Poggi, Alicia Elena Romilda Rebella Rossi, Elena Luisa Rebella Rossi y Hugo Juan Rebella Rossi.

Padrón N° 407.012- ubicado en Camino de la Redención, con un área de 5 hás. 1.561 mc, propiedad de Francesco Ranuio Bosco y Clementina Benvenuto.

Padrón N° 407.014- ubicado en Camino de la Redención, con un área de 6 hás. 3.213 mc., propiedad de Roberto Alejandro Ranuio Benvenuto y María Beatriz Ravotto Ferrando.

2°) Comuníquese y vuelva a la División Servicios Jurídicos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, para su conocimiento, notificación a los interesados, en expediente, y demás efectos correspondientes.-