21/01/04
    
    20/01/05 - DESIGNACIÓN DE JEFE DE RESIDENCIA MÉDICA EN
    LA ESPECIALIDAD DE MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA EN EL HOSPITAL MACIEL
    VISTO: estos antecedentes relacionados con el llamado
    a aspirantes para proveer 1 (un) cargo de Jefe de Residencia Médica en la
    Especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria en el Hospital Maciel;
    
    CONSIDERANDO: I) que el Tribunal que entendió en
    dicho Concurso determinó de acuerdo con el resultado obtenido, el Técnico
    Médico capacitado para ocupar dicho cargo;
    
    II) que de acuerdo a las normas reglamentarias
    vigentes al respecto, la Residencia Médica deberá desempeñarse por un
    período de un año, pudiendo ser reelecto por períodos iguales por la
    Comisión Técnica de Residencias Médicas Hospitalarias, luego de la
    evaluación realizada sobre su desempeño por la Comisión Hospitalaria;
    
    III) que el mencionado profesional desempeñará
    dicho cargo a partir del 15 de noviembre de 2004 hasta el 14 de noviembre de
    2005;
    
    IV) lo informado por la Gerencia de Recursos Humanos
    de la Administración de los Servicios de Salud del Estado;
    
    ATENTO: a lo establecido por el Decreto-Ley N°
    15.372 de 4 de abril de 1983 y el artículo 429 de la Ley N° 16.170 de 28
    de diciembre de 1990;
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°.- Desígnase a partir del 15 de noviembre de
    2004, en el Inciso 12 -Ministerio de Salud Pública- para ocupar 1 (un)
    cargo de Jefe de Residencia Médica en la Especialidad de Medicina Familiar
    y Comunitaria en el Hospital Maciel, a la doctora NILDA CELIA ROSA VILLAR
    (Programa 006 - Unidad Ejecutora 005 - Esc.A - G.13 - Correlativo 800090)
    (C.I. 1.476.227-8) (C.C. BCB 27503).
    
    2°.- Dispónese que el régimen horario a cumplir
    por dicha técnica será de 30 horas semanales de labor.
    
    3°.- Póngase en conocimiento de la Oficina Nacional
    del Servicio Civil a través de la página Web por intermedio de la
    División de Recursos Humanos de la Administración de los Servicios de
    Salud del Estado y la Contaduría General de la Nación.
    
    4°.- Comuníquese.-