28/01/04
27/01/05 – SE DESESTIMA PETICIÓN CURSADA POR LA
"ASOCIACIÓN DE PROTECTORES DE CABO POLONIO (APROCAPO)".
VISTO: El recurso de anulación interpuesto por la
"ASOCIACIÓN DE PROTECTORES DEL CABO POLONIO (APROCAPO)" contra la resolución
del
Ministerio de Educación y Cultura de fecha 29 de abril de
2002;
RESULTANDO: que a través de la citada resolución se
desestimó la solicitud de la referida Asociación de reconocimiento de su
personería jurídica y aprobación de estatuto;
CONSIDERANDO: I) que los recursos fueron interpuestos
en tiempo en tanto que formalmente procedía interponer el jerárquico en
lugar del de anulación;
II) que el recurso de anulación resulta improponible
ya que se encuentra reservado para la impugnación de los actos
administrativos dictados por órganos sometidos a tutela administrativa del
Poder Ejecutivo;
III) que no obstante ello, se analizó la situación
como petición, verificando la regularidad jurídica de la situación;
IV) que los recurrentes no han expresado los agravios
que la resolución cuestionada les merece;
V) que por resolución del Ministerio de Educación y
Cultura de 18 de noviembre de 2003 se desestimó el recurso de revocación;
VI) que el objeto social de la institución lo
integran proyectos de actividades a realizar, sin que surja del mismo que se
lleven a cabo hechos concretos al respecto;
VII) que de acuerdo a lo informado por el Fiscal de
Gobierno de 1er. turno la Institución debe desarrollar objetivos posibles,
materializables y concretables desde que la Administración reconoce su
existencia y otorga personería jurídica, situación que no es la presente;
VIII) que por tanto, la asociación de referencia no
reúne los requisitos necesarios para ser reconocida como tal, por lo que
procede desestimar la petición a estudio, confirmando el acto administrativo
impugnado;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por la ley
15.089 de 9 de diciembre de 1980;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Desestímase la petición cursada por la
"ASOCIACIÓN DE PROTECTORES DE CABO POLONIO (APROCAPO)".
2°.- Notifíquese, comuníquese, etc.