28/01/04
27/01/05 – SE PRORROGA EL INICIO DEL PROCESO DE
AMORTIZACIÓN DEL PRÉSTAMO OTORGADO A LA COOPERATIVA DE VIVIENDAS DE USUARIOS
POR RÉGIMEN DE AYUDA MUTUA COVICOTER 1.
VISTO: la solicitud de prórroga de inicio del plazo
de amortización presentada por la cooperativa de viviendas de usuarios por
régimen de ayuda mutua COVICOTER 1, inscripta en esta Secretaría de Estado
con el N° 101.
RESULTANDO: I) por Resolución del Poder Ejecutivo N°
54/2000, de 8 de agosto de 2000, se otorgó préstamo y subsidio a la
mencionada cooperativa y se estableció, en el numeral 5° de la parte
dispositiva, que las cuotas de amortización del préstamo deberán comenzar a
abonarse dentro del término de seis meses a partir de la finalización de las
obras;
II) la solicitud planteada obedece a las grandes
dificultades financieras por las que ha atravesado la cooperativa,
resultantes en gran medida del desfasaje entre la unidad reajustable, moneda
en que se pactó el contrato, y los costos de construcción valuados en
dólares;
CONSIDERANDO: que ya fue solicitada y concedida una
prórroga de inicio de proceso de amortización, el cual debió comenzar en el
mes de noviembre de 2004; en consecuencia la Dirección Nacional de Vivienda
entiende otorgar una nueva y última prórroga de inicio del plazo de
amortización hasta el mes de mayo de 2005;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPÙBLICA
RESUELVE
1°.- Prorrógase el inicio del proceso de amortización
del préstamo otorgado a la cooperativa de viviendas de usuarios por régimen
de ayuda mutua COVICOTER 1, el cual dará comienzo indefectiblemente en el
mes de mayo de 2005.-
2º.- Notifíquese a las autoridades de la cooperativa
y comuníquese al Banco Hipotecario del Uruguay.-