28/01/04

27/01/05 – SE PRORROGA EL INICIO DEL PROCESO DE AMORTIZACIÓN DEL PRÉSTAMO OTORGADO A LA COOPERATIVA DE VIVIENDAS DE USUARIOS POR RÉGIMEN DE AYUDA MUTUA COVICOTER 1.
 

VISTO: la solicitud de prórroga de inicio del plazo de amortización presentada por la cooperativa de viviendas de usuarios por régimen de ayuda mutua COVICOTER 1, inscripta en esta Secretaría de Estado con el N° 101.

RESULTANDO: I) por Resolución del Poder Ejecutivo N° 54/2000, de 8 de agosto de 2000, se otorgó préstamo y subsidio a la mencionada cooperativa y se estableció, en el numeral 5° de la parte dispositiva, que las cuotas de amortización del préstamo deberán comenzar a abonarse dentro del término de seis meses a partir de la finalización de las obras;

II) la solicitud planteada obedece a las grandes dificultades financieras por las que ha atravesado la cooperativa, resultantes en gran medida del desfasaje entre la unidad reajustable, moneda en que se pactó el contrato, y los costos de construcción valuados en dólares;

CONSIDERANDO: que ya fue solicitada y concedida una prórroga de inicio de proceso de amortización, el cual debió comenzar en el mes de noviembre de 2004; en consecuencia la Dirección Nacional de Vivienda entiende otorgar una nueva y última prórroga de inicio del plazo de amortización hasta el mes de mayo de 2005;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente;

EL PRESIDENTE DE LA REPÙBLICA

RESUELVE

1°.- Prorrógase el inicio del proceso de amortización del préstamo otorgado a la cooperativa de viviendas de usuarios por régimen de ayuda mutua COVICOTER 1, el cual dará comienzo indefectiblemente en el mes de mayo de 2005.-

2º.- Notifíquese a las autoridades de la cooperativa y comuníquese al Banco Hipotecario del Uruguay.-