28/01/04

27/01/05 – ADJUDICACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA N° 05/002/2004 RELATIVA A LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN PARA LOS COMPLEJOS HABITACIONALES DESTINADOS A JUBILADOS Y PENSIONISTAS DEL B.P.S.
 

VISTO: que por Resolución del Poder Ejecutivo identificada como Asunto 22/2004 de fecha 6 de mayo de 2004, se autorizó el llamado a Licitación Pública No.05/002/2004 cuyo objeto la contratación de servicios de administración para los Complejos Habitacionales destinados a jubilados y pensionistas del Banco de Previsión Social;

RESULTANDO: I) que se presentaron las siguientes empresas: L' Artic S.A., Eduardo Cardozo, Silvia Lissidini, Gabriel Alfaro, Proingo S.R.L., EIba Giménez, Arquitectura y Urbanismo S.R.L., Silvano Poggio & Silvia Rodríguez y Gonzalo Barquín, de acuerdo al acta de fecha 28 de junio de 2004, labrada por el escribano Carlos Zunino;

II) que se cumplieron todas las formalidades legales con respecto al procedimiento;

CONSIDERANDO: I) que analizadas las ofertas por la Comisión Asesora de Adjudicaciones, según informe de fecha 23 de agosto de 2004, se aconseja rechazar las ofertas presentadas por las empresas L ' Artic S.A. , y Eduardo Cardozo, por no presentar garantía de mantenimiento de ofertas; la oferta presentada por la empresa Silvia Lissidini, por no ajustarse a las formalidades exigidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigen el llamado;

II) que se sugirió desestimar la oferta presentada por la empresa Proingo S.R.L., únicamente para los Complejos Habitacionales radicados en el interior de la República y que están comprendidos en las zonas 6 y 8 a 14 del Anexo I del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, en virtud de que el oferente no dió cumplimiento al requerimiento del artículo 10.18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación, dado que no constituyó sedes en cada una de las mencionadas zonas, omisión que no puede ser subsanada por el mecanismo previsto en el artículo 57 del TOCAF, según se fundamentara ampliamente en el dictamen de la Comisión Asesora de Adjudicación de la Licitación ;

III) que se confirió vista a las empresas del informe original, y del primer y segundo informe complementario de fechas 23 de agosto (fs.1.564), 9 de setiembre (fs.1.618), y 4 de octubre (fs.1.641) todas de 2004;

IV) que en el término de las mismas comparecieron las empresas Proingo S.R.L. y EIba Giménez evacuando las vistas conferidas mediante la agregación de notas de fechas 8 (fs.1.606), 13 (fs.1.629) y 16 de setiembre de 2004 (fs.1.632), y 13 (fs.1.661) y 15 de octubre de 2004 (fs.1.664);

V) que la Comisión Asesora de Adjudicaciones de la Licitación contestó los planteamientos realizados por las mencionadas empresas según informes de fechados el 30 de setiembre de 2004 (fs.1.636) y el 21 de octubre siguiente (fs.1.677), manteniendo los fundamentos y sugerencia de adjudicación de la licitación contenidos en el informe original, habiéndose procedido únicamente a corregir la suma del IVA a la cotización de las acciones inmediatas en la Zona 1, y ajustar el procedimiento de cálculo de la tabla de ponderación de ofertas en el segundo informe complementario (fs.1.641 ) sin que ello se halla traducido en una modificación de la sugerencia de adjudicación contenida en el informe original de fecha 23 de agosto de 2004;

VI) que como consecuencia del rechazo de la propuesta presentada por la empresa Proingo S.R.L. para los Complejos Habitacionales comprendidos en las zonas 6, y 8 a 14 del Anexo I del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, no se adjudicarán aquellos correspondientes a las zonas 6, 8, 9, 13 y 14 por haber sido esta la única oferta presentada para las mismas;

VII) que se comparte lo sugerido por la citada Comisión Asesora de Adjudicaciones;

VIII) que el Tribunal de Cuentas no tiene observaciones que formular;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en los artículos 27 b), 33, 47 y 58 del TOCAF; artículo 27 de la ley No.17.243 de 21 de junio de 2000, artículo 9° del Decreto 295/2000 del 11 de octubre de 2000, artículo 43 de la Sección VII del Título I de la ley No.17.292 de fecha 25 de enero de 2001, y Decreto No.425/2002 de 1° de noviembre de 2002;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Recházase las ofertas presentadas por las empresas L` Artic S.A. , Eduardo Cardozo, Silvia Lissidini, y Proingo S.R.L., esta última únicamente para las ofertas presentadas para los complejos habitacionales radicados en el interior del país, por los fundamentos relacionados en los Considerandos I y II de la presente resolución.-

2°.- Adjudícase la Licitación Pública No.05/002/2004 cuyo objeto es la contratación de servicios de administración para los Complejos Habitacionales destinados a jubilados y pensionistas del Banco de Previsión Social, de acuerdo al detalle del anexo adjunto que se considera parte integrante de la presente resolución, y de acuerdo a siguiente forma: A la empresa Arquitectura y Urbanismo S.R.L. los servicios en los Complejos Habitacionales pertenecientes a las siguientes zonas: Zona 1 : Acción Inmediata: $99.120,78 por única vez.- Acciones de Rutina: $53.083,13 mensuales.- Zona 2: Acción Inmediata: $110.526,57 por única vez.- Acciones de Rutina: $75.781,09 mensuales.- Zona 3: Acción Inmediata: $93.438,18 por única vez.- Acciones de Rutina: $69.080,78 mensuales.- Zona 4: Acción Inmediata: $102.151,50 por única vez.- Acciones de Rutina: $53.429,39 mensuales.- Zona 5: Acción Inmediata: $81.553,42 por única vez.- Acciones de Rutina: $60.077,77 mensuales.-

Las Acciones Judiciales en todos los casos: Juicios de desalojo: $12.300.- Las Acciones Judiciales para el retiro de los efectos personales quedados al fallecimiento de los usuarios de las viviendas: $6.150.- Los Servicios de vigilancia en todos los casos a $35,79 la hora -hombre.- En todos los casos los precios incluyen los impuestos correspondientes.- Total mensual de la Proyectada adjudicación: $311.452,14 (pesos trescientos once mil cuatrocientos cincuenta y dos con 14/100) impuestos incluidos. Total anual de la Proyectada adjudicación: $3:737.425,60 (pesos tres millones setecientos treinta y siete mil cuatrocientos veinticinco con 60/100) impuestos incluidos. Total de servicios abonados por única vez: $486.790,45 (pesos cuatrocientos ochenta y seis mil setecientos noventa con 45/100) impuestos incluidos. Sin perjuicio de lo anterior los costos por Servicios de Vigilancia, Acciones Judiciales, fueron cotizadas unitariamente, y se proveen a requerimiento de la Administración, en la mayoría de los casos, y además en cuanto a las Acciones de Reparación y Reposición de Urgencia, los costos emergentes serán procesados cuando acontezca el hecho imprevisto de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 4.1.3 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación.- A la empresa Gonzalo Barquin Manzo los servicios de administración objeto del llamado en los Complejos Habitacionales que integran las Zonas 7 y 10, de acuerdo a la siguiente forma: Zona 7: Acción Inmediata: $34.850 por única vez.- Acciones de Rutina: $77.490 mensuales.- Servicio de Vigilancia: $25 hora -hombre.- Las Acciones Judiciales en todos los casos: Juicios de desalojo: $3.718,72.- Las Acciones Judiciales para retiro de efectos personales quedados al fallecimiento de los usuarios de las viviendas: $2.091, 78.- Zona 10: Acción Inmediata: $30.650 por única vez.- Acciones de Rutina: $78.105 mensuales.- Servicio de Vigilancia: $26,38 hora -hombre.- Las Acciones Judiciales en todos los casos Juicios de desalojo: $3.486,30.- Las Acciones Judiciales para el retiro de efectos personales quedados al fallecimiento de los usuarios de las viviendas: $1.859,36.- En todos los casos los precios incluyen los correspondientes impuestos.- Total mensual de la proyectada adjudicación: $155.595 (pesos ciento cincuenta y cinco mil. quinientos noventa y cinco) impuestos incluidos. Total anual de la proyectada adjudicación: $1:867.140 (pesos un millón ochocientos sesenta y siete mil ciento cuarenta) impuestos incluidos. Total de servicios abonados por única vez: $65.500 (pesos sesenta y cinco mil quinientos) impuestos incluidos. Sin perjuicio de lo anterior los costos por Servicios de Vigilancia, Acciones Judiciales, fueron cotizadas unitariamente, y se proveen a requerimiento de la Administración, en la mayoría de los casos, y además en cuanto a las Acciones de Reparación y Reposición de Urgencia, los costos emergentes serán procesados cuando acontezca el hecho imprevisto de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 4.1.3 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación. A la empresa Silvana Poggio & Sandra Rodríguez, en forma solidaria, los servicios de administración en las Zonas 11 y 12, conforme al Anexo I del Pliego: Zona 11: Acción Inmediata: $25.250 por única vez.- Acciones de Rutina: $79.888,50 mensuales.- Servicio de Vigilancia: $26,38 hora -hombre.- Las Acciones Judiciales en todos los casos de las siguiente forma: a) Juicios de desalojo: $3.486,30.- b) Trámite judicial para retiro de efectos personales quedados al fallecimiento de los usuarios de las viviendas: $1,859,36.- Zona 12: Acción Inmediata: $39, 150 por única vez.- Acciones de Rutina: $72,078 mensuales.- Servicio de Vigilancia: $26,38 hora -hombre,- Las Acciones Judiciales en todos los casos: Juicios de desalojo: $3.486,30.- Acciones judiciales para retiro de efectos personales quedados al fallecimiento de los usuarios de las viviendas: $1.859,36,- En todos los casos los precios incluyen los correspondientes impuestos.- Total mensual de la proyectada adjudicación: $151.966,50 (pesos ciento cincuenta y un mil novecientos sesenta y seis con 50/100) impuestos incluidos. Total anual de la proyectada adjudicación: $1 :823.598 (pesos un millón ochocientos veintitrés mil quinientos noventa y ocho) impuestos incluidos. Total de servicios abonados por única vez: $64.400 (pesos sesenta y cuatro mil cuatrocientos) impuestos incluidos. Sin perjuicio de lo anterior los costos por Servicios de Vigilancia, Acciones Judiciales, fueron cotizadas unitariamente, y se proveen a requerimiento de la Administración, en la mayoría de los casos, y además en cuanto a las Acciones de Reparación y Reposición de Urgencia, los costos emergentes serán procesados cuando acontezca el hecho imprevisto de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 4.1.3 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación, en un todo de acuerdo al cuadro anexo que se considera parte integrante de la presente resolución.-

3°.- El total anual de la presente adjudicación para acciones de rutina asciende a la suma de $7:428.163,60 (siete millones cuatrocientos veintiocho mil ciento sesenta y tres con 60/100), y el total anual de servicios abonados por única vez asciende a la suma de $616.690,45 (pesos seiscientos dieciséis mil seiscientos noventa con 45/100) en ambos casos impuestos incluidos. Sin perjuicio de lo anterior los costos por Servicios de Vigilancia, Acciones Judiciales, fueron cotizadas unitariamente, y se proveen a requerimiento de la Administración, en la mayoría de los casos, y además en cuanto a las Acciones de Reparación y Reposición de Urgencia, los costos emergentes serán procesados cuando acontezca el hecho imprevisto de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 4.1.3 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación. En todos los casos, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13.4 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares de la Licitación, los precios cotizados se ajustarán semestralmente por el 80% del IPC, asimismo se aclara expresamente que no se adjudica ninguna de las "acciones no consideradas".-

4°.- Habilítese el procedimiento de contratación directa por excepción para el suministro del objeto de la licitación en las zonas 6, 8, 9, 13 y 14 del ANEXO I del Pliego de Bases y Condiciones Particulares por haberse rechazado la única propuesta presentada en estos casos-

5°.- El gasto será atendido con cargo al crédito Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización Administración de Viviendas para Pasivos, existiendo disponibilidad suficiente para el ejercicio 2005 según constancia de afectación de crédito N° 2004/0116.-

6°.- Pase al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente para notificar a los oferentes, iniciar el procedimiento de contratación directa y demás efectos.-