03/02/04

02/02/05 - SE REPUTA ABANDONADA A FAVOR DEL ESTADO LA EMBARCACIÓN "RÍO ABAJO"
 

VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Hidrografía tendiente a reputar abandonada a favor del Estado la embarcación "Río Abajo", matrícula 013189, propiedad del Sr. Aurelio De León

RESULTANDO: I) Que el 27 de julio de 2004, el Encargado de Despacho de la citada Dirección Nacional resolvió, en mérito a los informes técnicos y jurídicos precedentes, intimar al titular de la embarcación a su extracción en un plazo de 15 días hábiles y perentorios -previa cancelación de los adeudos que correspondieren- bajo apercibimiento de reputarla abandonada a favor del Estado, conforme lo dispuesto por el artículo 236 de la Ley N°16.320 de 1° de noviembre de 1992. Asimismo, por dicho acto administrativo, se intimó a todos aquellos que se consideraren con derecho sobre la embarcación, para que se presenten a deducirlos en el plazo anteriormente referido

II) Que vencido el plazo sin que su propietario procediese a dicho retiro se dejó Acta de Notificación, Cedulón y fotocopia de la Resolución recaída en obrados, en el domicilio denunciado, según lo preceptúa la normativa vigente en la materia, publicándose la intimación, además, en los diarios Ultimas Noticias y Diario Oficial, de acuerdo a lo que surge de fojas 8 a 11 de autos

CONSIDERANDO: I) Que el Departamento Jurídico de la dependencia competente y el Departamento Letrada del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, se expidieron aconsejando se repute abandonada la embarcación a favor del Estado, por parte del Poder Ejecutivo. En obrados, se cumplimentó en debida forma el procedimiento requerido por Ley, el que otorga competencia a dicho Ministerio, a través de la Dirección Nacional de Hidrografía, para intimar administrativamente, cuando lo juzgue conveniente, la extracción de las embarcaciones nacionales o extranjeras, hundidas, semihundidas o varadas, ubicadas en el espejo de aguas o en el área portuaria de los puertos de carácter deportivo, turístico o comercial de la República, a cuyo cargo se halle la administración o conservación

II) Que se procedió a la notificación, intimación y publicaciones en la forma y plazos dispuestos por la normativa vigente, sin que se efectivizara comparecencia alguna del titular ni de terceros interesados. Por tanto, corresponde declarar abandonada la embarcación a favor del Estado, sin perjuicio de la responsabilidad pecuniaria del propietario por los gastos que demanden las operaciones, cuya relación, debidamente aprobada por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, constituirá título ejecutivo

ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 236 de la Ley N° 16.320 de 1° de noviembre de 1992

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Repútase abandonada a favor del Estado, la embarcación "Río Abajo", matrícula 013189 propiedad del Sr. Aurelio de León, varada dentro del área portuaria del Puerto de Piriápolis, desde el 24 de octubre de 2001.

2°.- Facúltase a la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Publicas a proceder al retiro de la citada embarcación, estableciéndose que los gastos que demanden dichas operaciones serán debidamente relacionados y una vez aprobados por el referido Ministerio, constituirán título ejecutivo, debiéndose además documentar la correspondiente traslación de dominio en la forma de estilo.

3º.- Comuníquese y vuelva a la Dirección Nacional de Hidrografía, a fin de proceder como se dispuso, y demás efectos.-