03/02/04
    
    01/02/05 – AMPLIACIÓN DE RESOLUCIÓN DE 22 DE MARZO DE 
    2000 DE INMUNIDAD IMPOSITIVA PARA LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
 
    VISTO: la solicitud de la Intendencia Municipal de 
    Montevideo, en la que solicita ampliación de la Resolución del Poder 
    Ejecutivo de 22 de marzo de 2000.- 
    
    RESULTANDO: I) que por el referido acto 
    administrativo se declaró que los bienes detallados en la misma, a importar 
    por la Comuna gestionante, dado su destino, se encontraban incluidos en el 
    régimen de inmunidad impositiva referido en el articulo 463° de la Ley N° 
    16.226, de 29 de octubre de 1991.- 
    II) que en esta instancia la gestionante formula la 
    solicitud de obrados, en el sentido que se incluya el detalle de los 
    gravámenes que corresponden exonerar, por exigencia por parte de la 
    Dirección Nacional de Aduanas, para el trámite de importación.- 
    
    CONSIDERANDO: que al mantenerse las causales que 
    justificaron la exoneración tributaria, nada obsta a que se resuelva de 
    conformidad, en cuanto al alcance de los tributos a exonerar.- 
    
    ATENTO: a lo expuesto y lo informado por la División 
    Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y 
    Finanzas.- 
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
    R E S U E L V E:
    
    1°) Ampliase la Resolución del Poder Ejecutivo de 22 de 
    marzo de 2000, por la que se declaró que la importación de los bienes 
    mencionados en la misma, por parte de la Intendencia Municipal de 
    Montevideo, se encuentran incluidos en el régimen de inmunidad impositiva 
    referido en el articulo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991, 
    en el sentido que debe incluirse que la exoneración alcanza los siguientes 
    gravámenes: Tasa Global Arancelaria, Impuesto de Contribución al 
    Financiamiento de la Seguridad Social, Impuesto al Valor Agregado, Tasas 
    Consulares y Tasa de Servicios Extraordinarios.- 
    2°) Comuníquese y archívese.-