03/02/04

01/02/05 – AMPLIACIÓN DE RESOLUCIÓN DE 22 DE MARZO DE 2000 DE INMUNIDAD IMPOSITIVA PARA LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
 

VISTO: la solicitud de la Intendencia Municipal de Montevideo, en la que solicita ampliación de la Resolución del Poder Ejecutivo de 22 de marzo de 2000.-

RESULTANDO: I) que por el referido acto administrativo se declaró que los bienes detallados en la misma, a importar por la Comuna gestionante, dado su destino, se encontraban incluidos en el régimen de inmunidad impositiva referido en el articulo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991.-

II) que en esta instancia la gestionante formula la solicitud de obrados, en el sentido que se incluya el detalle de los gravámenes que corresponden exonerar, por exigencia por parte de la Dirección Nacional de Aduanas, para el trámite de importación.-

CONSIDERANDO: que al mantenerse las causales que justificaron la exoneración tributaria, nada obsta a que se resuelva de conformidad, en cuanto al alcance de los tributos a exonerar.-

ATENTO: a lo expuesto y lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.-

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

R E S U E L V E:

1°) Ampliase la Resolución del Poder Ejecutivo de 22 de marzo de 2000, por la que se declaró que la importación de los bienes mencionados en la misma, por parte de la Intendencia Municipal de Montevideo, se encuentran incluidos en el régimen de inmunidad impositiva referido en el articulo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991, en el sentido que debe incluirse que la exoneración alcanza los siguientes gravámenes: Tasa Global Arancelaria, Impuesto de Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares y Tasa de Servicios Extraordinarios.-

2°) Comuníquese y archívese.-