03/02/04
01/02/05 – AMPLIACIÓN DE RESOLUCIÓN DE 22 DE MARZO DE
2000 DE INMUNIDAD IMPOSITIVA PARA LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
VISTO: la solicitud de la Intendencia Municipal de
Montevideo, en la que solicita ampliación de la Resolución del Poder
Ejecutivo de 22 de marzo de 2000.-
RESULTANDO: I) que por el referido acto
administrativo se declaró que los bienes detallados en la misma, a importar
por la Comuna gestionante, dado su destino, se encontraban incluidos en el
régimen de inmunidad impositiva referido en el articulo 463° de la Ley N°
16.226, de 29 de octubre de 1991.-
II) que en esta instancia la gestionante formula la
solicitud de obrados, en el sentido que se incluya el detalle de los
gravámenes que corresponden exonerar, por exigencia por parte de la
Dirección Nacional de Aduanas, para el trámite de importación.-
CONSIDERANDO: que al mantenerse las causales que
justificaron la exoneración tributaria, nada obsta a que se resuelva de
conformidad, en cuanto al alcance de los tributos a exonerar.-
ATENTO: a lo expuesto y lo informado por la División
Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
R E S U E L V E:
1°) Ampliase la Resolución del Poder Ejecutivo de 22 de
marzo de 2000, por la que se declaró que la importación de los bienes
mencionados en la misma, por parte de la Intendencia Municipal de
Montevideo, se encuentran incluidos en el régimen de inmunidad impositiva
referido en el articulo 463° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991,
en el sentido que debe incluirse que la exoneración alcanza los siguientes
gravámenes: Tasa Global Arancelaria, Impuesto de Contribución al
Financiamiento de la Seguridad Social, Impuesto al Valor Agregado, Tasas
Consulares y Tasa de Servicios Extraordinarios.-
2°) Comuníquese y archívese.-