03/02/04
03/02/05 - MONTO DE LOS PREMIOS A LA LABOR LITERARIA DE
AUTORES NACIONALES Y DE LAS REMUNERACIONES DE LOS JURADOS
VISTO: Los Premios a la Labor Literaria de autores
nacionales, instituidos por la Ley N° 15.843 de 8 de diciembre de 1986
RESULTANDO: Corresponde determinar el monto de los
Premios, como también las remuneraciones que percibirán los Jurados
ATENTO: A lo expuesto y a lo informado por la
Dirección de Cultura del Ministerio de Educación y Cultura
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Fíjase en $ 892.396 (ochocientos noventa y dos
mil trescientos noventa y seis pesos uruguayos) el monto total de los
Premios Anuales de Literatura y las remuneraciones a los
Jurados de las categorías inéditas y éditas,
correspondientes del año 2003
2°) Distribúyase la cantidad fijada de la siguiente
manera:
A) $22.050 (veintidós mil cincuenta pesos uruguayos) a
cada uno de los Primeros Premios de las Obras Éditas en: 1) Obras en verso y
poemas en prosa, 2) Narrativa, 3) Literatura para niños y jóvenes, 4) Teatro
en Género Comedia, 5) Teatro en Género Drama, 6) Teatro infantil y juvenil,
7) Ensayos literarios, crónicas y reportajes periodísticos reunidos en
volumen, referidos a materia literaria, 8) Historia, biografías y temas
afines, 9) Filosofía, Lingüística y Ciencias de la Educación, 10) Arte
(Investigación, análisis y comentarios), 11) Ciencias sociales y jurídicas y
12) Investigación y difusión científica
B) $16.537 (dieciséis mil quinientos treinta y siete
pesos uruguayos), a cada uno de los Segundos Premios de Obras Éditas en: 1)
Obras en verso y poemas en prosa, 2) Narrativa y 3) Literatura para niños y
jóvenes
C) $12.127 (doce mil ciento veintisiete pesos uruguayos)
a un Tercer Premio en Obras Éditas en Narrativa
D) $19.845 (diecinueve mil ochocientos cuarenta y cinco
pesos uruguayos) a cada uno de los Primeros Premios de las Obras Inéditas
en: 1) Obras en verso y poemas en prosa, 2) Narrativa, 3) Literatura para
niños y jóvenes, 4) Teatro en Género Comedia, 5) Teatro en Género Drama, 6)
Teatro infantil y juvenil, 7) Ensayos literarios, crónicas y reportajes
periodísticos reunidos en volumen referidos a materia literaria, 8)
Historia, biografías y temas afines, 9) Filosofía, Lingüística y Ciencias de
la Educación, 10) Arte (Investigación, análisis y comentarios), 11) Ciencias
sociales y jurídicas y 12) Investigación y difusión científica
E) $14.332 (catorce mil trescientos treinta y dos pesos
uruguayos) a cada uno de los Segundos Premios de Obras Inéditas en: 1) Obras
en verso y poemas en prosa, 2) Narrativa y 3) Literatura para niños y
jóvenes
F) $9.922 (nueve mil novecientos veintidós pesos
uruguayos) a un Tercer premio en Obras Inéditas en Narrativa
3°) Fíjanse en $5.500 (cinco mil quinientos pesos
uruguayos) los honorarios que recibirá cada uno de los cincuenta jurados de
las diferentes categorías
4°) Precísase que la erogación resultante por
concepto de Premios y pago a los Jurados se atenderá con cargo a los
Créditos Presupuestales y/o Recursos con Afectación Especial del Programa
001, Unidad Ejecutora 001, Inciso 11, Ejercicio 2004
5°) F´´irmase la presente Resolución ad- referéndum
del dictamen del Tribunal de Cuentas de la República
6°) Comuníquese y pase al Departamento Financiero
Contable del Ministerio de Educación y Cultura.-