17/02/04
11/02/05 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y EL CLUB
SOCIAL Y DEPORTIVO URUPAN DE PANDO
VISTO: el Convenio celebrado el 1 de febrero de 2005,
entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Club Social y
Deportivo Urupan de Pando, Departamento de Canelones
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye
para realizar el reciclaje de vivienda antigua para sala de conferencias y
casa del cuidador; con la suma de $540.000.- en efectivo
II) Que dicha Institución, por su parte, contribuye
con la suma de $540.000.- discriminada en el Convenio
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que les compete
CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio
ATENTO: A lo precedentemente expuesto
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 1 de febrero de 2005, entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Club Social y Deportivo Urupan de Pando, Departamento de
Canelones, para realizar el reciclaje de vivienda antigua para sala de
conferencias y casa del cuidador.
2°.- Autorizase, la inversión de la suma de
$540.000.- (pesos uruguayos quinientos cuarenta mil), como contribución del
citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo
al Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiiacion 14, Programa 001, Proyecto
702, Objeto de Gasto 865, Ejercicio 2005, existiendo créditos disponibles
de acuerdo con el Articulo 1° del Decreto N° 24/999 de fecha 3 de febrero
de 1999, Afectación N° 10, Decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.
3°.- Autorizase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, de la suma de $540.000.- (pesos uruguayos
quinientos cuarenta mil) en 2 (dos) cuotas de $270.090.- (pesos uruguayos
doscientos setenta mil) cada una, a favor del Banco de la República
Oriental del Uruguay, para ser depositadas en la Cuenta perteneciente al
Club Social y Deportivo Urupan,.las que se atenderán con cargo a los
recursos que por la presente Resolución se autorizan.
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte
de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
Convenios a sus efectos.-