17/02/04
11/02/05 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y EL CENTRO
APOYO AL DISCAPACITADO DE YOUNG
VISTO: el Convenio celebrado el 10 de febrero de
2005, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Centro de
Apoyo al Discapacitado de Young (C.A.D.Y.), Departamento de Río Negro
RESULTANDO : I) que el citado Ministerio contribuye
para realizar remodelación del local y construcción de alero, con la suma
de $290.000.- en efectivo
II) Que dicho Centro de Apoyo, por su parte,
contribuye con la suma de $290.000.- discriminada en el Convenio
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que les compete
CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio
ATENTO: A lo precedentemente expuesto
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 10 de febrero de 2005, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y el Centro Apoyo al Discapacitado de Young (C.A.D.Y.),
Departamento de Río Negro, para realizar la remodelación del local y
construcción de alero.
2°.- Autorízase, la inversión de la suma de
$290.000.- (pesos uruguayos doscientos noventa mil), como contribución del
citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo
al Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 14, Programa 001, Proyecto
702, Objeto de Gasto 564, Ejercicio 2005, existiendo créditos disponibles
de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero
de 1999, Afectación N° 37 y con el Decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.
3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, de la suma de $290.000.- (pesos uruguayos
doscientos noventa ,mil), en 2 (dos) cuotas de $145.000.-(pesos uruguayos
ciento cuarenta y cinco mil) cada una, a favor del Banco de la República
Oriental del Uruguay, para ser vertida en la Cuenta perteneciente al Centro
de Apoyo al Discapacitado de Young (C.A.D.Y.), las que se atenderán con
cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte
de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
Convenios a sus efectos.-