17/02/04

11/02/05 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y EL CENTRO APOYO AL DISCAPACITADO DE YOUNG

VISTO: el Convenio celebrado el 10 de febrero de 2005, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Centro de Apoyo al Discapacitado de Young (C.A.D.Y.), Departamento de Río Negro

RESULTANDO : I) que el citado Ministerio contribuye para realizar remodelación del local y construcción de alero, con la suma de $290.000.- en efectivo

II) Que dicho Centro de Apoyo, por su parte, contribuye con la suma de $290.000.- discriminada en el Convenio

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio

ATENTO: A lo precedentemente expuesto

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 10 de febrero de 2005, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Centro Apoyo al Discapacitado de Young (C.A.D.Y.), Departamento de Río Negro, para realizar la remodelación del local y construcción de alero.

2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $290.000.- (pesos uruguayos doscientos noventa mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo al Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 14, Programa 001, Proyecto 702, Objeto de Gasto 564, Ejercicio 2005, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 37 y con el Decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.

3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $290.000.- (pesos uruguayos doscientos noventa ,mil), en 2 (dos) cuotas de $145.000.-(pesos uruguayos ciento cuarenta y cinco mil) cada una, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay, para ser vertida en la Cuenta perteneciente al Centro de Apoyo al Discapacitado de Young (C.A.D.Y.), las que se atenderán con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.-