17/02/04
    
    11/02/05 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y EL CENTRO
    APOYO AL DISCAPACITADO DE YOUNG
    VISTO: el Convenio celebrado el 10 de febrero de
    2005, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Centro de
    Apoyo al Discapacitado de Young (C.A.D.Y.), Departamento de Río Negro
    
    RESULTANDO : I) que el citado Ministerio contribuye
    para realizar remodelación del local y construcción de alero, con la suma
    de $290.000.- en efectivo
    
    II) Que dicho Centro de Apoyo, por su parte,
    contribuye con la suma de $290.000.- discriminada en el Convenio
    
    III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
    Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
    han efectuado la intervención previa que les compete
    
    CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio
    
    ATENTO: A lo precedentemente expuesto
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
    celebrado el 10 de febrero de 2005, entre el Ministerio de Transporte y
    Obras Públicas y el Centro Apoyo al Discapacitado de Young (C.A.D.Y.),
    Departamento de Río Negro, para realizar la remodelación del local y
    construcción de alero.
    
    2°.- Autorízase, la inversión de la suma de
    $290.000.- (pesos uruguayos doscientos noventa mil), como contribución del
    citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo
    al Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 14, Programa 001, Proyecto
    702, Objeto de Gasto 564, Ejercicio 2005, existiendo créditos disponibles
    de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero
    de 1999, Afectación N° 37 y con el Decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.
    
    3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de
    Transporte y Obras Públicas, de la suma de $290.000.- (pesos uruguayos
    doscientos noventa ,mil), en 2 (dos) cuotas de $145.000.-(pesos uruguayos
    ciento cuarenta y cinco mil) cada una, a favor del Banco de la República
    Oriental del Uruguay, para ser vertida en la Cuenta perteneciente al Centro
    de Apoyo al Discapacitado de Young (C.A.D.Y.), las que se atenderán con
    cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.
    
    4°.- Comuníquese y previa intervención por parte
    de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
    Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
    Convenios a sus efectos.-