17/02/04

11/02/05 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y LA ASOCIACIÓN CIVIL MARÍA DEL PINAR DE PINAR NORTE

VISTO: el Convenio celebrado el 10 de febrero de 2005, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Asociación Civil María del Pinar, de Pinar Norte, Departamento de Canelones

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para realizar la ampliación de guardería (50 m2); con la suma de $207.500.- en efectivo

II) Que dicha Asociación, por su parte, contribuye con la suma de $89.000.- discriminada en el Convenio

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio

ATENTO: A lo precedentemente expuesto

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 10 de febrero de 2005, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Asociación Civil María del Pinar de Pinar Norte, Departamento de Canelones; para realizar la ampliación de guardería (50 m2).

2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $207.500.- (pesos uruguayos doscientos siete mil quinientos), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo al Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 14, Programa 001, Proyecto 702, Objeto de Gasto 564; Ejercicio 2005, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 20 y con el Decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.

3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $207.500;- (pesos uruguayos doscientos siete mil quinientos), en 1 (una) cuota, que será cobrada en el Área de Tesorería del citado Ministerio, por las Señoras: Sonia Varela, C.I. 582.339-4 y Dione Di Matteo, C.I. 804.279-1, la que se atenderá con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el. Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.-