17/02/04
11/02/05 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y LA
ASOCIACIÓN CIVIL MARÍA DEL PINAR DE PINAR NORTE
VISTO: el Convenio celebrado el 10 de febrero de
2005, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Asociación
Civil María del Pinar, de Pinar Norte, Departamento de Canelones
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye
para realizar la ampliación de guardería (50 m2); con la suma de
$207.500.- en efectivo
II) Que dicha Asociación, por su parte, contribuye
con la suma de $89.000.- discriminada en el Convenio
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que les compete
CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio
ATENTO: A lo precedentemente expuesto
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 10 de febrero de 2005, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y la Asociación Civil María del Pinar de Pinar Norte,
Departamento de Canelones; para realizar la ampliación de guardería (50
m2).
2°.- Autorízase, la inversión de la suma de
$207.500.- (pesos uruguayos doscientos siete mil quinientos), como
contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se
atenderá con cargo al Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 14,
Programa 001, Proyecto 702, Objeto de Gasto 564; Ejercicio 2005, existiendo
créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999
de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 20 y con el Decreto 90/000 de
3 de marzo de 2000.
3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, de la suma de $207.500;- (pesos uruguayos
doscientos siete mil quinientos), en 1 (una) cuota, que será cobrada en el
Área de Tesorería del citado Ministerio, por las Señoras: Sonia Varela,
C.I. 582.339-4 y Dione Di Matteo, C.I. 804.279-1, la que se atenderá con
cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte
de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el. Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
Convenios a sus efectos.-