17/02/04
    
    11/02/05 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y LA
    ASOCIACIÓN CIVIL MARÍA DEL PINAR DE PINAR NORTE
    VISTO: el Convenio celebrado el 10 de febrero de
    2005, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Asociación
    Civil María del Pinar, de Pinar Norte, Departamento de Canelones
    
    RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye
    para realizar la ampliación de guardería (50 m2); con la suma de
    $207.500.- en efectivo
    
    II) Que dicha Asociación, por su parte, contribuye
    con la suma de $89.000.- discriminada en el Convenio
    
    III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
    Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
    han efectuado la intervención previa que les compete
    
    CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio
    
    ATENTO: A lo precedentemente expuesto
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    RESUELVE:
    1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
    celebrado el 10 de febrero de 2005, entre el Ministerio de Transporte y
    Obras Públicas y la Asociación Civil María del Pinar de Pinar Norte,
    Departamento de Canelones; para realizar la ampliación de guardería (50
    m2).
    
    2°.- Autorízase, la inversión de la suma de
    $207.500.- (pesos uruguayos doscientos siete mil quinientos), como
    contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se
    atenderá con cargo al Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 14,
    Programa 001, Proyecto 702, Objeto de Gasto 564; Ejercicio 2005, existiendo
    créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999
    de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 20 y con el Decreto 90/000 de
    3 de marzo de 2000.
    
    3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de
    Transporte y Obras Públicas, de la suma de $207.500;- (pesos uruguayos
    doscientos siete mil quinientos), en 1 (una) cuota, que será cobrada en el
    Área de Tesorería del citado Ministerio, por las Señoras: Sonia Varela,
    C.I. 582.339-4 y Dione Di Matteo, C.I. 804.279-1, la que se atenderá con
    cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.
    
    4°.- Comuníquese y previa intervención por parte
    de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
    Públicas y el. Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
    Convenios a sus efectos.-