17/02/04
11/02/05 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y EL CLUB
ATLÉTICO PALOMAR DE SALTO
VISTO: el Convenio celebrado el 27 de enero de 2005,
entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Club Atlético
Palomar de Salto, Departamento de Salto
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye
para realizar la reforma y ampliación de sector de servicios higiénicos,
vestuarios y duchas, refacción parcial de sede (revoques y pintura de
fachada), con la suma de $245.000.- en efectivo
II) Que dicha Institución, por su parte, contribuye
con la suma de $245.000,- discriminada en el Convenio
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que les compete
CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio
ATENTO: A lo precedentemente expuesto
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 27 de enero de 2005, entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Club Atlético Palomar de Salto, Departamento de Salto, para
realizar la reforma y ampliación de sector de servicios higiénicos,
vestuaros y duchas, refacción parcial de sede (revoques y pintura de
fachada)
2°.- Autorízase la inversión de la suma de
$245.000.- (pesos uruguayos doscientos cuarenta y cinco mil), como
contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se
atenderá con cargo al Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 14,
Programa 001, Proyecto 702, Objeto de Gasto 565, Ejercicio 2005, existiendo
créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N° 24/999
de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 16, Decreto 90/000 de 3 de
marzo de 2000.
3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, la suma de $245.000.- (pesos uruguayos
doscientos cuarenta y cinco mil) en 2 (dos) cuotas de $122.500.- (pesos
uruguayos ciento veintidós mil quinientos) cada una, a favor del Banco de
la República Oriental del Uruguay, para ser depositadas en la Cuenta
perteneciente al Club Atlético Palomar del Departamento de Salto, las que
se atenderán con cargo a los recursos que por la presente Resolución se
autorizan.
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte
de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
Convenios a sus efectos.-