17/02/04

16/02/05 - EXONERACIÓN IMPOSITIVA PARA LA SOCIEDAD SAN FRANCISCO DE SALES (PADRES SALESIANOS)

VISTO: la gestión promovida por la Sociedad San Francisco de Sales (Padres Salesianos) , en la que solicita autorización para importar con exoneración de recargos y demás gravámenes, un vehículo marca Toyota, sin motor, sin batería y sin transmisión.-

RESULTANDO: I) que el vehículo de referencia fue ingresado al país al amparo de la Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 19 de mayo de 2004, por la firma Bax Global -Relesur S.A., para ser utilizado en la filmación de un cortometraje publicitario.-

II) que dicha firma publicitaria ha donado el referido bien, a la Sociedad gestionante, para ser utilizado como material didáctico de los cursos que se dictan en el sector Mecánica Automotriz, de los Talleres Don Bosco.-

III) que la gestionante es una asociación civil con personería jurídica y con estatutos debidamente aprobados e inscriptos, siendo su objetivo educacional y cultural.-

CONSIDERANDO: I) que la asociación gestionante se encuentra amparada por lo establecido en el articulo 69° de la Constitución de la República y articulo 134° de la Ley N° 12.802, de 30 de noviembre de 1960.-

II) que en su mérito, corresponde declarar que la importación precitada está exonerada del pago de los siguientes tributos: Tasa Global Arancelaria, Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares, Tasa de Servicios Extraordinarios, Tasa de Servicios Automatizados y Impuestos Especifico Interno.-

ATENTO: a lo informado por la Asesoría Jurídica y la División Técnico Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas ya lo establecido por el articulo 450° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÙBLICA

RESUELVE:

1°) Declárase a la Sociedad San Francisco de Sales (Padres Salesianos) , exonerada del pago de los siguientes tributos: Tasa Global Arancelaria, Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares, Tasa de Servicios Extraordinarios, Tasa de Servicios Automatizados y Impuesto Específico Interno, en ocasión de la importación de un vehículo marca Toyota, modelo Corolla XRS, Serie N° lNXBR32E93ZPPP116, cuatro puertas, sin motor, sin batería y sin transmisión, con destino a "Talleres Don Bosco" .-

2°) El bien referido precedentemente no podrá ser enajenado por un plazo de diez años a partir de la fecha de su introducción definitiva al país.-

3°) Comuníquese, notifíquese y pase a conocimiento de la Comisión de Seguimiento y Control creada por Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 1° de octubre de 2003.-