17/02/04
16/02/05 - EXONERACIÓN IMPOSITIVA PARA LA SOCIEDAD DE
AMIGOS DE LA EDUCACIÓN POPULAR -ESCUELA Y LICEO ELBIO FERNÁNDEZ
VISTO: la gestión promovida por la Sociedad de
Amigos de la Educación popular -Escuela y Liceo Elbio Fernández, en la que
solicita exoneración de recargos y demás gravámenes que pudieran
corresponder a la importación de determinados bienes.-
RESULTANDO: I) que la gestionante tiene por objeto
propender al adelanto y desarrollo de la educación en todo el territorio de
la República, estimulando el estudio de los problemas pedagógicos que
afectan a la enseñanza.-
II) que surge de obrados que se encuentra inscripta
en el Registro de Instituciones Culturales de la Dirección de Educación,
creado por el articulo 448° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de
1991.-
CONSIDERANDO: que la asociación gestionante se
encuentra amparada por los artículos 69° de la Constitución de la
República y 134° de la Ley N° 12.802, de 30 de noviembre de 1960.
ATENTO: a lo informado por la División Técnico
Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas ya lo
establecido por los artículos 448° y 450° de la Ley N° 16.226, de 29 de
octubre de 1991.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÙBLICA
RESUELVE:
1°) Declárase a la Sociedad de Amigos de la
Educación Popular -Escuela y Liceo Elbio Fernández, exonerada del pago de
los siguientes tributos: Tasa Global Arancelaria, Contribución al
Financiamiento de la Seguridad Social, Impuesto al Valor Agregado, Tasas
Consulares, Tasa de Servicios Extraordinarios y de la Tasa de Servicios
Automatizados, en ocasión de la importación de un Datastudio Site License
CI-6871E, y un Stand Phys Bndl W/XPLR PS-2753A, por un valor total de U$S
1.870,00 (mil ochocientos setenta dólares de los Estados Unidos de
América) .-
2°) Los bienes que se mencionan precedentemente no
podrán ser enajenados por un plazo de diez años a partir de la fecha de su
introducción definitiva al país.-
3°) Comuníquese, notifique se y pase a la Comisión
de Seguimiento y Control, creada por Resolución del Ministerio de Economía
y Finanzas de 1° de octubre de 2003.-