17/02/04
16/02/05 - EXONERACIÓN IMPOSITIVA PARA EL CLUB DE LEONES
DE COLONIA SUIZA
VISTO: la gestión promovida por la asociación civil
"Club de Leones de Colonia Suiza" , en la que solicita
autorización para importar con exoneración de recargos y demás
gravámenes, diversos bienes.-
RESULTANDO: que se trata de equipos de atención
cardíaca, sillas de ruedas, ropa usada, juguetes y calzado donados por la
Asociación de Mujeres de la Florida de los Estados Unidos de América.-
CONSIDERANDO: que de acuerdo a lo establecido en el
artículo 134° de la Ley N° 12.802, de 30 de noviembre de 1960, están
exoneradas de impuestos nacionales las asociaciones benéficas de asistencia
gratuita a pobres, enfermos e inválidos.-
ATENTO: a lo informado por la Asesoría Jurídica y
la División Técnico Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas ya lo
establecido por el artículo 450° de la Ley N° 16.226, de 20 de octubre de
1991.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÙBLICA
RESUELVE:
1°) Declárase a la asociación civil "Club de
Leones de Colonia Suiza" exonerada del pago de los siguiente tributos:
Tasa Global Arancelaria, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares y Tasa
de Servicios Extraordinarios, en ocasión de la importación de la
mercadería descripta en lista adjunto y que forma parte de la presente
Resolución, por un valor de U$S 801,00 (ochocientos un dólares de los
Estados Unidos de América) .-
2°) Los bienes referidos precedentemente no podrán
ser enajenados por el término de diez años a partir de la fecha de su
introducción definitiva al país.- 3°) Comuníquese, notifíquese y pase a
conocimiento de la Comisión de Seguimiento y Control, creada por
Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 1° de octubre de
2003.-