17/02/04

16/02/05 - EXONERACIÓN IMPOSITIVA PARA EL CLUB DE LEONES DE COLONIA SUIZA

VISTO: la gestión promovida por la asociación civil "Club de Leones de Colonia Suiza" , en la que solicita autorización para importar con exoneración de recargos y demás gravámenes, diversos bienes.-

RESULTANDO: que se trata de equipos de atención cardíaca, sillas de ruedas, ropa usada, juguetes y calzado donados por la Asociación de Mujeres de la Florida de los Estados Unidos de América.-

CONSIDERANDO: que de acuerdo a lo establecido en el artículo 134° de la Ley N° 12.802, de 30 de noviembre de 1960, están exoneradas de impuestos nacionales las asociaciones benéficas de asistencia gratuita a pobres, enfermos e inválidos.-

ATENTO: a lo informado por la Asesoría Jurídica y la División Técnico Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas ya lo establecido por el artículo 450° de la Ley N° 16.226, de 20 de octubre de 1991.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÙBLICA

RESUELVE:

1°) Declárase a la asociación civil "Club de Leones de Colonia Suiza" exonerada del pago de los siguiente tributos: Tasa Global Arancelaria, Impuesto al Valor Agregado, Tasas Consulares y Tasa de Servicios Extraordinarios, en ocasión de la importación de la mercadería descripta en lista adjunto y que forma parte de la presente Resolución, por un valor de U$S 801,00 (ochocientos un dólares de los Estados Unidos de América) .-

2°) Los bienes referidos precedentemente no podrán ser enajenados por el término de diez años a partir de la fecha de su introducción definitiva al país.- 3°) Comuníquese, notifíquese y pase a conocimiento de la Comisión de Seguimiento y Control, creada por Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 1° de octubre de 2003.-