17/02/04
16/02/05 - EXONERACIÓN IMPOSITIVA PARA TODOS POR URUGUAY
VISTO: la gestión promovida por la asociación civil
"Todos por Uruguay" en la que solicita autorización para importar
con exoneración de recargos y demás gravámenes, determinados bienes.-
RESULTANDO: I) que de los antecedentes que obran en
nuestros registros informáticos surge que la gestionante cuenta con
personería jurídica y estatutos aprobados por resolución del Poder
Ejecutivo de 10 de julio de 2000.-
II) que se trata de una institución que se dedica a
apoyar las iniciativas, proyectos y actividades de las organizaciones
privadas e instituciones públicas.-
III) que la mercadería de referencia -material
informático, ropa, muletas, andadores, etc.- fue donada por la colectividad
uruguaya residente en Washington, Estados Unidos de América, y será
distribuida entre escuelas públicas del país; respecto al material
informático donado, será destinado al programa "computadoras para
más escuelas" que lleva adelante conjuntamente con el Consejo de
Educación Primaria.-
CONSIDERANDO: I) que la institución gestionante se
encuentra amparada por lo establecido en los articulos 69° de la
Constitución de la República y articulo 134° de la Ley N° 12.802, de 30
de noviembre de 1960.-
II) que en su mérito, corresponde declarar que la
importación precitada está exonerada del pago de la Tasa Global
Arancelaria, del Impuesto al Valor Agregado, de las Tasas Consulares y de la
Tasa de Servicios Extraordinarios.-
ATENTO: a lo informado por la Asesoría Jurídica y
la División Técnico Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas ya lo
establecido por el articulo 450° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de
1991.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÙBLICA
RESUELVE:
1°) Declárase a la asociación civil "Todos
por Uruguay" , exonerada del pago de la Tasa Global Arancelaria, del
Impuesto al Valor Agregado, de las Tasas Consulares y de la Tasa de
Servicios Extraordinarios, en ocasión de la importación de los bienes
detallados en listado adjunto que forman parte de la presente Resolución.-
2°) Comuníquese, notifíquese y pase a la Comisión
de Seguimiento y Control, creada por Resolución del Ministerio de Economía
y Finanzas de 1° de octubre de 2003.-