23/02/04
22/02/05 - SE AUTORIZA CESIÓN DE LA TOTALIDAD DE LAS
CUOTAS SOCIALES DE PROWAVE S.R.L.
VISTO: la gestión promovida por la Unidad Reguladora
de Servicios de Comunicaciones (URSEC), por la cual da cuenta de la
solicitud de autorización para la transferencia de la totalidad de las
cuotas sociales de la empresa "PROWAVE S.R.L.", permisionaria de la estación
radiodifusora CX 283 A de la ciudad de Florida, departamento de Florida, que
pertenecen a los señores Mauricio Riva Rey y Carlos Eduardo Rodríguez
Landoni, a favor de la Asociación Civil Radio María (en formación), y a la
señora Irene Ermida
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder
Ejecutivo 130/000 de 3 de febrero de 2000, se autorizó a los señores
Mauricio Riva Rey y Carlos Eduardo Rodríguez Landoni, a suministrar el
servicio de radiodifusión, en la frecuencia 104.5 Mhz., de la localidad de
Florida, departamento de Florida
II) que de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto
125/993 de 12 de marzo de 1993, los autorizados constituyeron la sociedad "PROWAVE
S.R.L.", teniéndose por cumplido dicho extremo según lo establecido en la
Resolución 286/000 de 05 de octubre de 2000, de la Dirección Nacional de
Comunicaciones
CONSIDERANDO: I) que el representante de la
Asociación Civil Radio María (en formación) y la señora Irene Ermida, han
dado cumplimiento a todos los requisitos previstos en el artículo 8 del
Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, en la remisión efectuada por el
literal a) del artículo 9no. de dicha norma
II) que se ha agregado a obrados el testimonio
notarial del contrato de Compromiso Compraventa de cuotas sociales, dando
cumplimiento de esta manera a lo dispuesto por el Decreto 586/990 de 18 de
diciembre de 1990
III) que ha transcurrido el plazo reglamentario de
cinco años establecido por el artículo 16 del Decreto 734/978 citado, para
que pueda accederse a modificaciones en la titularidad de las autorizaciones
del servicio de radiodifusión
IV) que no existen inconvenientes en autorizar la
transferencia solicitada
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto
por la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, Decretos 734/978 de 20 de
diciembre de 1978, 125/993 de 12 de marzo de 1993, 586/990 de 18 de
diciembre de 1990, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones (URSEC) y por el Ministerio de Defensa, Nacional
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1ro.- Autorízase la cesión de la totalidad de las
cuotas sociales pertenecientes a los señores Mauricio Riva Rey y Carlos
Eduardo Rodríguez Landoni, de la empresa "PROWAVE S.R.L.", permisionaria de
la estación radiodifusora que opera en la frecuencia 104.5 Mhz., de la
ciudad de Florida, departamento de Florida, Canal 283 (CX 283 A), a favor de
la Asociación Civil Radio María (en formación), y a la señora Irene Ermida,
en una proporción de 99% y 1% respectivamente.
2do.- Determínase que la empresa "PROWAVE S.R.L.",
quedará integrada por la Asociación Civil Radio María (en formación), y a la
señora Irene Ermida, como únicos socios.
3ro.- Establécese un plazo de noventa días corridos
contados desde la notificación del presente acto, para la presentación por
las partes del contrato definitivo de compraventa y de ciento veinte días
para acreditar la constitución definitiva de la Asociación Civil Radio
María, bajo apercibimiento de dejar sin efecto la autorización otorgada.
4to.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) , a sus efectos. Cumplido,
archívese.-