23/02/04

22/02/05 - SE AUTORIZA PERMUTA DE INMUEBLE DEL DEPARTAMENTO DE SAN JOSÉ PROPIEDAD DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
 

VISTO: la conveniencia de permutar un solar ubicado en Santa Victoria, departamento de San José, 8va. Sección Catastral, por su lindero

RESULTANDO: I) que los solares a permutar están ubicados en zona rural, 8va. Sección Catastral del departamento de San José, son linderos entre sí, y se describen así: padrón N° 13303 (propiedad de este Ministerio), señalado como solar N° 10 de la manzana 2 en el plano del Agrimensor Dardo BARCELO SANTURlO del 24 de diciembre de 1962, aprobado por la Intendencia Municipal de San José el 20 de diciembre de 1962 e inscripto en la Oficina Departamental de Catastro con el N° 2648 el 27 de marzo de 1963, según el cual tiene una superficie de 5.000 m. y se deslinda así: 40 m. al Sur Este de frente a la Avenida Eduardo Calcagno; 125 m. al Sur Oeste, lindando con el solar 9; 40 m. al Nor-Oeste con propiedad de Pedro Calcagno y 125 m. al Nor-Este con el solar 11, todos del mismo plano; padrón N° 13301: (propiedad del señor Rafael Arcángel DOMINGUEZ), señalado como solar N° 7 de la manzana 2 en el plano referido, según el cual tiene una superficie de 5.000 m. y se deslinda así: 40 m. al Sur Este de frente a la Avenida Calcagno; 125 m. al Sur Oeste lindando con fracción N° 6; 40 m. al Nor-Oeste con propiedad de Pedro Calcagno y 125 m. al Nor-Este con solar 8

II) que de acuerdo a lo que surge de las respectivas Cédulas Catastrales el valor de ambos bienes es el mismo

CONSIDERANDO: I) que la permuta planteada se origina en una solicitud promovida por el señor Rafael Arcángel DOMINGUEZ, actual propietario del padrón N° 13301, quien por error construyó un edificio en el solar lindero padrón N° 13303

II) que la situación encuadra en lo regulado por el art. 38 del Decreto N° 194/997 de 10 de junio de 1997 (TOCAF 1996)

ATENTO: a lo dictaminado por el Departamento Notarial

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Autorízase la permuta del inmueble padrón N° 13303 de la 8va. Sección Catastral del departamento de San José, zona rural, propiedad del Ministerio del Interior por el solar lindero padrón N° 13301 propiedad del señor Rafael Arcángel DOMINGUEZ, inmuebles ampliamente descriptos en el Resultando I.

2°) Desígnase al señor Jefe de Policía de San José para que en nombre y representación del Estado otorgue y firme la documentación pertinente.

3°) Publíquese y remítase copia al Tribunal de Cuentas de la República. Cumplido, pase al Departamento Notarial a sus efectos.-