23/02/04
22/02/05 - SE AUTORIZA PERMUTA DE INMUEBLE DEL
DEPARTAMENTO DE SAN JOSÉ PROPIEDAD DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
VISTO: la conveniencia de permutar un solar ubicado
en Santa Victoria, departamento de San José, 8va. Sección Catastral, por su
lindero
RESULTANDO: I) que los solares a permutar están
ubicados en zona rural, 8va. Sección Catastral del departamento de San José,
son linderos entre sí, y se describen así: padrón N° 13303 (propiedad de
este Ministerio), señalado como solar N° 10 de la manzana 2 en el plano del
Agrimensor Dardo BARCELO SANTURlO del 24 de diciembre de 1962, aprobado por
la Intendencia Municipal de San José el 20 de diciembre de 1962 e inscripto
en la Oficina Departamental de Catastro con el N° 2648 el 27 de marzo de
1963, según el cual tiene una superficie de 5.000 m. y se deslinda así: 40
m. al Sur Este de frente a la Avenida Eduardo Calcagno; 125 m. al Sur Oeste,
lindando con el solar 9; 40 m. al Nor-Oeste con propiedad de Pedro Calcagno
y 125 m. al Nor-Este con el solar 11, todos del mismo plano; padrón N°
13301: (propiedad del señor Rafael Arcángel DOMINGUEZ), señalado como solar
N° 7 de la manzana 2 en el plano referido, según el cual tiene una
superficie de 5.000 m. y se deslinda así: 40 m. al Sur Este de frente a la
Avenida Calcagno; 125 m. al Sur Oeste lindando con fracción N° 6; 40 m. al
Nor-Oeste con propiedad de Pedro Calcagno y 125 m. al Nor-Este con solar 8
II) que de acuerdo a lo que surge de las respectivas
Cédulas Catastrales el valor de ambos bienes es el mismo
CONSIDERANDO: I) que la permuta planteada se origina
en una solicitud promovida por el señor Rafael Arcángel DOMINGUEZ, actual
propietario del padrón N° 13301, quien por error construyó un edificio en el
solar lindero padrón N° 13303
II) que la situación encuadra en lo regulado por el
art. 38 del Decreto N° 194/997 de 10 de junio de 1997 (TOCAF 1996)
ATENTO: a lo dictaminado por el Departamento Notarial
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Autorízase la permuta del inmueble padrón N°
13303 de la 8va. Sección Catastral del departamento de San José, zona rural,
propiedad del Ministerio del Interior por el solar lindero padrón N° 13301
propiedad del señor Rafael Arcángel DOMINGUEZ, inmuebles ampliamente
descriptos en el Resultando I.
2°) Desígnase al señor Jefe de Policía de San José
para que en nombre y representación del Estado otorgue y firme la
documentación pertinente.
3°) Publíquese y remítase copia al Tribunal de
Cuentas de la República. Cumplido, pase al Departamento Notarial a sus
efectos.-