23/02/04
13/02/05 - SUSTITUCIÓN DE TRAMO DE LA RUTA NACIONAL N°5
DESAFECTADO E INCORPORADO A LA LICITACIÓN C/09 CONSTRUCCIÓN DE REFUERZO DE
PAVIMENTO DE RUTA NACIONAL N°5
VISTO: estos antecedentes relacionados con la
ampliación de la obra denominada: "Mantenimiento Rutinario de Señalización
por estándares en la Regional 8"
RESULTANDO: I) Que por resolución de. 26 de setiembre
de 2001 el Ministro de Transporte y Obras Públicas en ejercicio de las
atribuciones delegadas por el Poder Ejecutivo adjudicó a la empresa BORDONIX
S.A. in realización de los trabajos indicados, como resultado del llamado a
Licitación Publica N°5/01 formulado por la Dirección Nacional de Vialidad
II) Que en estas actuaciones la precitada Unidad
Ejecutora promueve ampliar por un período igual al contratado dichos
trabajos, a fin de dar continuidad a las tareas de mantenimiento licitadas
que por falta de recursos humanos, materiales y de maquinaria no pueden ser
enfrentadas por la respectiva Regional de dicha dependencia
III) Que el Contrato en cuestión incluye el tramo de
la Ruta N°5 entre las progresivas 225km700 y 248km800 de 23.100 metros de
longitud, el cual está incorporado a la Licitación C/09 realizada en el
marco del Contrato de Concesión de Obra Pública celebrado entre la Dirección
Nacional de Vialidad y la Corporación Vial del Uruguay S.A., para la
"Construcción de refuerzo de pavimento de la Ruta Nacional N°5, tramo
245km800-270km000 y tramo 225km700 -24Skm800" agregado este último según
Comunicado N°3 de dicha Licitación
IV) Que se propone sustituir al indicado
precedentemente por el tramo de Ruta N°42 en Florida, desde Sarandí Grande
(progresiva 0Km000 de esa Ruta) hasta progresiva 23km100, con igual densidad
de cartelería, elementos de encarrilamiento y postes que no alteran la
ecuación económica del contrato
V) Que de acuerdo a lo informado en autos, la
ampliación asciende a la suma de $7:361.078,30 (IVA incluído) a precios
básicos de contrato
VI) Que existe Afectación del Gasto N°90 del 2005 por
la suma de $5:000.000 para atender el estimativo a ejecutar en el presente
Ejercicio
VII) Que ha tomado intervención el Tribunal de
Cuentas de la República (Oficina Central -Carpeta N°192.879) sin formular
objeciones al respecto
CONSIDERANDO: I) Que la sustitución del tramo aludido
resulta contemplado en lo dispuesto por el artículo 4.2 de la Sección I del
Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación de que se trata
II) Que la ampliación de que se trata representa un
100% de aumento del contrato original, tanto en plazo como en costos, cuya
conveniencia expone la Dirección Nacional de Vialidad en autos
ATENTO: a lo establecido en el artículo 63 del
"T.O.C.A.F. 1996", aprobado por Decreto N°194/997 de 10 de junio de 1997
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase la sustitución del tramo de la Ruta
Nacional N°5 entre las progresivas 225km700 y 248km800 el cual fue
desafectado e incorporado a la Licitación C/09 Construcción de refuerzo de
pavimento de Ruta Nacional N°5, tramo 245km800 y 270km000 y tramo
complementario de 225km700 a 245km800, según Comunicado N°3 de esa
Licitación, por el tramo de Ruta N°42 en Florida desde Sarandí, Grande
(progresiva 0km000 de esa Ruta) hasta progresiva 23km100 que se incorpora a
la Licitación N°5/01, sin que se opere modificaciones económicas al contrato
respectivo.
2°.- Amplíase en la suma de $7:361.078,30 (pesos
uruguayos siete millones trescientos sesenta y un mil setenta y ocho, con
treinta centésimos), incluido el IVA, las partidas que fueran autorizadas
según Resolución de 26 de setiembre de 2001 dictada por el Ministerio de
Transporte y Obras públicas en ejercicio de las atribuciones delegadas del
Poder Ejecutivo, para la ejecución a cargo de la empresa BORDONIX S.A. de
los trabajos denominados: "Mantenimiento Rutinario de Señalización por
estándares en la Regional 8".
3°.- Autorízase a dichos fines la inversión de la
suma de $7:361.078,30 (pesos uruguayos siete millones trescientos sesenta y
un mil setenta y ocho con treinta centésimos) discriminada en: $5:984.616,51
para Contrato y $1:376.461,79 para el Impuesto al Valor Agregado Dichos
montos más los Mayores Costos resultantes serán atendidos con cargo a la Ley
N°17.296 de 21 de febrero de 2001, Programa 003, Proyecto 855, Financiación
1.4 FIMTOP.
4°.- Autorízase a la Dirección Nacional de Vialidad a
suscribir con la firma BORDONIX S.A. el respectivo contrato de ampliación de
obra pública, ad-referendum de su aprobación por parte del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas.
5°.- Comuníquese y previa toma de razón por parte del
Contador Central delegado por el Tribunal de Cuentas de la República en
dicho Ministerio, vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad a fin de dar
cumplimiento a las disposiciones del Decreto N°175/004 de 26 de mayo de
2004.-