23/02/04

13/02/05 - SUSTITUCIÓN DE TRAMO DE LA RUTA NACIONAL N°5 DESAFECTADO E INCORPORADO A LA LICITACIÓN C/09 CONSTRUCCIÓN DE REFUERZO DE PAVIMENTO DE RUTA NACIONAL N°5
 

VISTO: estos antecedentes relacionados con la ampliación de la obra denominada: "Mantenimiento Rutinario de Señalización por estándares en la Regional 8"

RESULTANDO: I) Que por resolución de. 26 de setiembre de 2001 el Ministro de Transporte y Obras Públicas en ejercicio de las atribuciones delegadas por el Poder Ejecutivo adjudicó a la empresa BORDONIX S.A. in realización de los trabajos indicados, como resultado del llamado a Licitación Publica N°5/01 formulado por la Dirección Nacional de Vialidad

II) Que en estas actuaciones la precitada Unidad Ejecutora promueve ampliar por un período igual al contratado dichos trabajos, a fin de dar continuidad a las tareas de mantenimiento licitadas que por falta de recursos humanos, materiales y de maquinaria no pueden ser enfrentadas por la respectiva Regional de dicha dependencia

III) Que el Contrato en cuestión incluye el tramo de la Ruta N°5 entre las progresivas 225km700 y 248km800 de 23.100 metros de longitud, el cual está incorporado a la Licitación C/09 realizada en el marco del Contrato de Concesión de Obra Pública celebrado entre la Dirección Nacional de Vialidad y la Corporación Vial del Uruguay S.A., para la "Construcción de refuerzo de pavimento de la Ruta Nacional N°5, tramo 245km800-270km000 y tramo 225km700 -24Skm800" agregado este último según Comunicado N°3 de dicha Licitación

IV) Que se propone sustituir al indicado precedentemente por el tramo de Ruta N°42 en Florida, desde Sarandí Grande (progresiva 0Km000 de esa Ruta) hasta progresiva 23km100, con igual densidad de cartelería, elementos de encarrilamiento y postes que no alteran la ecuación económica del contrato

V) Que de acuerdo a lo informado en autos, la ampliación asciende a la suma de $7:361.078,30 (IVA incluído) a precios básicos de contrato

VI) Que existe Afectación del Gasto N°90 del 2005 por la suma de $5:000.000 para atender el estimativo a ejecutar en el presente Ejercicio

VII) Que ha tomado intervención el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central -Carpeta N°192.879) sin formular objeciones al respecto

CONSIDERANDO: I) Que la sustitución del tramo aludido resulta contemplado en lo dispuesto por el artículo 4.2 de la Sección I del Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación de que se trata

II) Que la ampliación de que se trata representa un 100% de aumento del contrato original, tanto en plazo como en costos, cuya conveniencia expone la Dirección Nacional de Vialidad en autos

ATENTO: a lo establecido en el artículo 63 del "T.O.C.A.F. 1996", aprobado por Decreto N°194/997 de 10 de junio de 1997

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase la sustitución del tramo de la Ruta Nacional N°5 entre las progresivas 225km700 y 248km800 el cual fue desafectado e incorporado a la Licitación C/09 Construcción de refuerzo de pavimento de Ruta Nacional N°5, tramo 245km800 y 270km000 y tramo complementario de 225km700 a 245km800, según Comunicado N°3 de esa Licitación, por el tramo de Ruta N°42 en Florida desde Sarandí, Grande (progresiva 0km000 de esa Ruta) hasta progresiva 23km100 que se incorpora a la Licitación N°5/01, sin que se opere modificaciones económicas al contrato respectivo.

2°.- Amplíase en la suma de $7:361.078,30 (pesos uruguayos siete millones trescientos sesenta y un mil setenta y ocho, con treinta centésimos), incluido el IVA, las partidas que fueran autorizadas según Resolución de 26 de setiembre de 2001 dictada por el Ministerio de Transporte y Obras públicas en ejercicio de las atribuciones delegadas del Poder Ejecutivo, para la ejecución a cargo de la empresa BORDONIX S.A. de los trabajos denominados: "Mantenimiento Rutinario de Señalización por estándares en la Regional 8".

3°.- Autorízase a dichos fines la inversión de la suma de $7:361.078,30 (pesos uruguayos siete millones trescientos sesenta y un mil setenta y ocho con treinta centésimos) discriminada en: $5:984.616,51 para Contrato y $1:376.461,79 para el Impuesto al Valor Agregado Dichos montos más los Mayores Costos resultantes serán atendidos con cargo a la Ley N°17.296 de 21 de febrero de 2001, Programa 003, Proyecto 855, Financiación 1.4 FIMTOP.

4°.- Autorízase a la Dirección Nacional de Vialidad a suscribir con la firma BORDONIX S.A. el respectivo contrato de ampliación de obra pública, ad-referendum de su aprobación por parte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

5°.- Comuníquese y previa toma de razón por parte del Contador Central delegado por el Tribunal de Cuentas de la República en dicho Ministerio, vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad a fin de dar cumplimiento a las disposiciones del Decreto N°175/004 de 26 de mayo de 2004.-