25/02/05

23/02/05 - CADUCIDAD DEL TÍTULO MINERO PERMISO DE PROSPECCIÓN OTORGADO A LA COMPAÑÍA URUGUAYA DE CEMENTO PORTLAND S,A.

VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección Nacional de Minería y Geología, tendientes a declarar la caducidad del título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN concedido a la COMPAÑÍA URUGUAYA DE CEMENTO PORTLAND S.A. por resolución de 13 de enero de 2003 en busca de calizas en la 2ª Sección Catastral del Departamento de Lavalleja;

RESULTANDO: I) que el plazo de vigencia del título minero se estableció en 12 meses habiendo sido notificada el 23 de enero de 2003;

II) que por resolución de 2 de abril de 2004 se concedió a la COMPAÑÍA URUGUAYA DE CEMENTO PORTLAND S.A. la prorroga del titulo por un plazo de 12 meses contados a partir del 24 de enero de 2004 sobre una superficie de 97 hás. 90 á. afectando el padrón 4243 de la 2ª Sección Catastral del Departamento de Lavalleja y se declaró libre de interferencia el área restante de 97 hás. 97 á. correspondiente al mismo padrón, Sección Catastral y Departamento;

CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal de vencimiento del plazo de validez del título minero prevista en el Art. 21, ordinal I), literal a), del Código de Minería, corresponde declarar su caducidad;

ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN otorgado a la COMPAÑÍA URUGUAYA DE CEMENTO PORTLAND S,A. por resolución de 13 de enero de 2003 y prorrogado el 2 de abril de 2004,en busca de calizas afectando el padrón 4243 en 97 hás. 90 á. en la 2ª Sección Catastral del Departamento de Lavalleja.

2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Minería y Geología a sus efectos.-