25/02/05
23/02/05 - CADUCIDAD DEL TÍTULO MINERO PERMISO DE
PROSPECCIÓN OTORGADO A LA COMPAÑÍA URUGUAYA DE CEMENTO PORTLAND S,A.
VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la
Dirección Nacional de Minería y Geología, tendientes a declarar la
caducidad del título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN concedido a la COMPAÑÍA
URUGUAYA DE CEMENTO PORTLAND S.A. por resolución de 13 de enero de 2003 en
busca de calizas en la 2ª Sección Catastral del Departamento de Lavalleja;
RESULTANDO: I) que el plazo de vigencia del título
minero se estableció en 12 meses habiendo sido notificada el 23 de enero
de 2003;
II) que por resolución de 2 de abril de 2004 se
concedió a la COMPAÑÍA URUGUAYA DE CEMENTO PORTLAND S.A. la prorroga del
titulo por un plazo de 12 meses contados a partir del 24 de enero de 2004
sobre una superficie de 97 hás. 90 á. afectando el padrón 4243 de la 2ª
Sección Catastral del Departamento de Lavalleja y se declaró libre de
interferencia el área restante de 97 hás. 97 á. correspondiente al mismo
padrón, Sección Catastral y Departamento;
CONSIDERANDO: que habiéndose configurado la causal
de vencimiento del plazo de validez del título minero prevista en el Art.
21, ordinal I), literal a), del Código de Minería, corresponde declarar su
caducidad;
ATENTO: a lo informado por la Dirección Nacional de
Minería y Geología y lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Declárase que se ha producido la caducidad del
título minero PERMISO DE PROSPECCIÓN otorgado a la COMPAÑÍA URUGUAYA DE
CEMENTO PORTLAND S,A. por resolución de 13 de enero de 2003 y prorrogado
el 2 de abril de 2004,en busca de calizas afectando el padrón 4243 en 97
hás. 90 á. en la 2ª Sección Catastral del Departamento de Lavalleja.
2°.- Notifíquese, comuníquese y pase a la Dirección
Nacional de Minería y Geología a sus efectos.-