25/02/05
23/02/05 - SE APRUEBA CONVENIO ENTRE EL MTOP Y LA
ASOCIACIÓN CIVIL GUARDERÍA CERRO CAQUERO DE RIVERA
VISTO: el Convenio celebrado el 11 de febrero de
2005, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Asociación
Civil "Guardería Cerro Caquero", de Rivera, Departamento de Rivera;
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye
para realizar la ampliación del local: un salón con baño (60 m2); con la
suma de $202.000.- en efectivo;
II) Que dicha Asociación, por su parte, contribuye
con la suma de $86.000.- discriminada en el Convenio;
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 11 de febrero de 2005, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y la Asociación Civil "Guardería Cerro Caquero", de Rivera,
Departamento de Rivera; para realizar la ampliación del local: un salón
con baño (60 m2).
2°.- Autorízase, la inversión de la suma de
$202.000.- (pesos uruguayos doscientos dos mil), como contribución del
citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con
cargo al Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 14, Programa 001,
Proyecto 702, Objeto del gasto 564, Ejercicio 2005, existiendo créditos
disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N°24/999 de fecha 3
de febrero de 1999, Afectación N°82 y con el Decreto 90/000 de 3 de marzo
de 2000.
3°.- Autorízase el pago por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, de la suma de $202.000.- (pesos uruguayos
doscientos dos mil), en 2 (dos) cuotas de $101.000.- (pesos uruguayos
ciento un mil), cada una, a favor del Banco de la República Oriental del
Uruguay, para ser depositada en la cuenta perteneciente a la Asociación
Civil "Guardería Cerro Caquero", de Rivera, la que se atenderá con cargo a
los recursos que por la presente Resolución se autorizan.
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de
la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de
Convenios a sus efectos.-