25/02/05
23/02/05 - AUTORIZACIÓN A SOUTHERN PARTNERS FAMILY
OFFICE S.A. A MODIFICAR EL PORCENTAJE DEL PERSONAL URUGUAYO REGISTRADO EN
SU PLANTILLA DE EMPLEADOS
VISTO: la gestión promovida por la firma Southern
Partners Family Office S.A. (anteriormente Gladenir S.A.), por la que
solicita la modificación del porcentaje de personal uruguayo en la
plantilla de sus empleados.-
RESULTANDO: I) que la gestionante obtuvo la calidad
de usuaria indirecta de la Zona Franca de Montevideo (Zonamérica S.A.) el
31 de julio de 2003.-
II) que la gestionante tiene por objeto la
realización de actividades de asesoramiento de inversiones, para lo que
requiere emplear personal especializado y, por lo menos en las etapas
iniciales, personal extranjero que ya tiene conocimiento, no solamente
respecto de los mercados y productos sobre los que prestarán
asesoramiento, sino también de los propios clientes inversores.-
III) que asimismo manifiesta que la disposición de
personal extranjero durante un período determinado posibilitara que éste
dé formación al personal nacional que posteriormente desarrollará las
actividades en forma definitiva.-
CONSIDERANDO: I) que el artículo 18° de la Ley N°
15.921, de 10 de diciembre de 1987, establece que: "Las usuarias de las
zonas francas emplearán en sus actividades que desarrollen en las mismas,
un mínimo de 75% de personal constituido por ciudadanos uruguayos,
naturales o legales, a fin de mantener su calidad de tales y las
exoneraciones tributarias, franquicias, beneficios y derechos que esta Ley
les acuerda".-
II) que en el párrafo siguiente de la referida
norma se agrega: "En casos excepcionales este porcentaje podrá ser
reducido previa autorización del Poder Ejecutivo, atendiendo a
características especiales de la actividad a desarrollar y razones de
interés general.".-
III) que de acuerdo a lo expresado, puede
considerarse que se dan en la especie los requisitos necesarios para
proceder a autorizar la reducción del porcentaje del 75% previsto en la
norma citada, por el término de un año, siempre que en los seis meses de
otorgada la autorización se acredite la formación de personal uruguayo.-
ATENTO: a lo informado por la Asesoría Jurídica de
la Dirección General de Comercio y las Asesorías Macroeconómica y
Financiera y Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Autorízase a la firma Southern Partners Family
Office S.A. (anteriormente Glandenir S.A.) usuaria indirecta de Zonamérica
S.A. a modificar el porcentaje del personal uruguayo registrado en su
plantilla de empleados, la que quedará integrada por 50% (cincuenta por
ciento) de empleados ciudadanos uruguayos y un 50% (cincuenta por ciento)
de empleados de nacionalidad extranjera.-
2°) Se establece que el plazo de vigencia de la
presente autorización será de un año.-
3°) La presente autorización queda sujeta a la
condición de que, vencido el plazo de seis meses, se acredite la formación
de personal uruguayo, de modo que la usuario pueda adaptarse al porcentaje
legalmente exigido al término del año autorizado.-
4°) Comuníquese, notifíquese y archívese.-