02/03/05

25/02/05 – EXONERACIÓN TRIBUTARIA PARA IMPORTACIÓN DE LA ASOCIACIÓN "INSTITUTO DE ESTUDIOS EMPRESARIALES DE MONTEVIDEO".
 

VISTO: la gestión promovida por la Asociación "Instituto de Estudios Empresariales de Montevideo" en la que solicita autorización para importar con exoneración de recargos y demás gravámenes, dos proyectores.-

RESULTANDO: I) que la gestionante es una asociación civil, con personería jurídica, con estatutos aprobados por el Poder Ejecutivo y debidamente inscriptos en el Registro de Instituciones Culturales de la Dirección de Educación, creado por el artículo 448° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991.-

II) que la actividad que realiza es la educación terciaria: seminarios, curso de formación docente, conferencias, actividades de extensión, etc..-

III) que los bienes que se pretende importar serán utilizados para e¡ mejor desarrollo de las tareas de formación de alumnos y profesores.-

CONSIDERANDO: que la asociación gestionante se encuentra amparada por los artículos ,69° de la Constitución de la República y 134° de la Ley N° 12.802, de 30 de noviembre de 1960.

ATENTO: a lo informado por la División Técnico Fiscal y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas ya lo establecido por los artículos 448° y 450° de la Ley N° 16.226, de 29 de octubre de 1991.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°) Declárase a la Asociación Instituto de Estudios Empresariales exonerada del pago de la Tasa Global Arancelaria, de la Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social, del Impuesto al Valor Agregado, de las Tasas Consulares, de la Tasa de Servicios Extraordinarios y de la Tasa de Servicios Automatizados, en ocasión de la importación de dos proyectores modelo Pro, marca Visión 1600 Ansi lumens SVGA, por un valor de U$S 2.800,00 (dos mil ochocientos dólares de los Estados Unidos de América) .

2°) Los bienes que se menciona precedentemente no podrá ser enajenado por un plazo de diez años a partir de la fecha de su introducción definitiva al país.

3°) Comuníquese, notifíquese y pase a la Comisión de Seguimiento y Control creada por Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas de 1° de octubre de 2003.-