03/03/05
28/02/05 - SE AUTORIZA ENAJENACIÓN DE ACCIONES DE HÍPICA
RIOPLATENSE DEL URUGUAY S.A. A FAVOR DE CODERE, URUGUAY S.A. Y VERFIN
OVERSEAS INC.
VISTO: la gestión de Hípica Rioplatense S.A.,
solicitando la modificación de su composición accionaria.-
RESULTANDO: I) que Hípica Rioplatense S .A. es
adjudicataria de la Licitación Pública Internacional N° 01/2001, en virtud
de la cual firmó contrato de concesión con el Estado para la explotación del
Hipódromo Nacional de Maroñas. -
II) que la transferencia de acciones está regulada en
el referido contrato de concesión y en el pliego de la licitación (artículos
13° y 22° respectivamente)-
III) que ante el requerimiento de la Administración,
la Hípica Rioplatense S.A. procedió a la agregación de diversos recaudas
referidos a las sociedades vinculadas, a saber: estatutos, balances y
estados financieros, acreditación de personería jurídica y representación,
declaraciones de garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes del
Pliego y el contrato respectivos, acreditación de sociedades controlantes de
las futuras accionistas.
CONSIDERANDO: I) lo dispuesto por el pliego de la
Licitación Pública Internacional N° 01/2001 de la cual resultó adjudicataria
Hípica Rioplatense S.A., en virtud de la cual firmó contrato de concesión
con el Estado para la explotación del Hipódromo de Maroñas.-
II) que la transferencia de acciones está regulada en
el referido contrato de concesión en la cláusula 13 y en el pliego de la
licitación.-
III) que la sustitución de los accionistas originales
se realiza en el marco de una reorganización de los mismos grupos
empresariales adjudicatarios de la Licitación, manteniendo, por tanto, a los
accionistas de control originales.-
IV) que justificando tal extremo presentó
certificados notariales de los que surge que la titularidad de la totalidad
del capital integrado de VERFIN OVERSEAS INC. corresponde al Sr. Samuel
Libermann, mientras que el accionista de control de CODERE URUGUAY S.A. es
CODERE S.A.; manifestando además que estas personas son también los
accionistas de control de HÍPICA RIOPLATENSE S.A.-
V) que se ha justificado la solvencia patrimonial de
la nueva accionista VERFIN OVERSEAS INC. y de CODERE AMERICA S.L.,
accionista mayoritaria de CODERE URUGUAY S .A.
VI) que los accionistas originales de Hípica
Rioplatense S.A., CODERB ARGENTINA S.A. y SOCIEDAD ARGENTINA DE MEDIOS S.A.,
los nuevos accionistas adquirentes, CODERE URUGUAY S.A. y VERFIN OVERSEAS
INC., y la accionistas principal de CODERE URUGUAY S.A., CODERE AMERICA S.L.,
se constituyen en garantes solidarios por el cumplimiento de todas las
obligaciones asumidas por HIPICA RIOPLATENSE S.A. ante el Estado uruguayo,
en el marco de la Licitación y el contrato antes referidos.-
VII) que se ha acreditado el cumplimiento en tiempo y
forma, hasta la fecha, de las obligaciones de cargo de Hípica Rioplatense
S.A. según la Licitación y el contrato aludidos.-
VIII) que en definitiva, la gestión de autos no
refiere a una hipótesis de transferencia de acciones a un tercero ajeno a la
Licitación ya los grupos empresariales adjudicatarios, sino que se realiza
entre empresas integrantes de los dos grupos económicos que conformaron la
sociedad oferente, que a la fecha han dado cumplimiento a la totalidad de
las obligaciones comprometidas, habiendo generado una importante
reactivación de la hípica nacional.-
IX) que se mantiene el operador hípico que ha venido
actuando hasta el presente.-
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°) Autorizase la enajenación de las acciones de
HÍPICA RIOPLATENSE DEL URUGUAY S.A. de las que son titulares CODERE
ARGENTINA S.A. Y SOCIEDAD ARGENTINA DE MEDIOS S.A. a favor de las
adquirentes, CODERE URUGUAY S.A. y VERFIN OVERSEAS INC., respectivamente.-
2°) Vuelva a la Dirección General de Casinos para su
conocimiento, notificación a los interesados y demás efectos.