03/03/05
28/02/05 – APRUEBASE EL CONVENIO CELEBRADO ENTRE EL MTOP
Y LA ASOCIACIÓN CIVIL "CLUB ATLÉTICO CERRO" DE TRINIDAD
VISTO: el Convenio celebrado el 3 de febrero de 2005,
entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Asociación Civil
"Club Atlético Cerro" de Trinidad, Departamento de Flores.
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye
para realizar la construcción de servicios higiénicos y vestuarios (120 m2)
en campo de juego, con la suma de $ 540.000.-en efectivo;
II) Que dicha Asociación, por su parte, contribuye con la
suma de $ 540.000.- discriminada en el Convenio;
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que les compete; :
CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho
Convenio;
ATENTO: A lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 3 de febrero de 2005, entre el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y la Asociación Civil "Club Atlético Cerro" de Trinidad,
Departamento de Flores, para realizar la construcción de servicios
higiénicos y vestuarios (120 m2) en campo de juego.-
2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $
540.000.- (pesos uruguayos quinientos cuarenta mil), como contribución del
citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo
al Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 14, Programa 001, Proyecto
702, Objeto de Gasto 565, Ejercicio 2005 y posteriores, existiendo créditos
disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N° 24/999 de fecha 3
de febrero de 1999, Afectación N° 38, Decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.
3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, de la suma de $ 540.000.- (pesos uruguayos
quinientos cuarenta mil) en 3 (tres) cuotas de $ 180.000.- (pesos uruguayos
ciento ochenta mil) cada una, a favor del Banco de la República Oriental del
Uruguay, para ser depositadas en la Cuenta perteneciente a la Asociación
Civil "Club Atlético Cerro" de Trinidad, las que se atenderán con cargo a
los recursos que por la presente Resolución se autorizan.
4º.- Comuníquese y previa intervención por parte de
la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios
a sus efectos.