03/03/05

28/02/05 – APRUEBASE EL CONVENIO CELEBRADO ENTRE EL MTOP Y LA ASOCIACIÓN CIVIL "CLUB ATLÉTICO CERRO" DE TRINIDAD
 

VISTO: el Convenio celebrado el 3 de febrero de 2005, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Asociación Civil "Club Atlético Cerro" de Trinidad, Departamento de Flores.

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para realizar la construcción de servicios higiénicos y vestuarios (120 m2) en campo de juego, con la suma de $ 540.000.-en efectivo;

II) Que dicha Asociación, por su parte, contribuye con la suma de $ 540.000.- discriminada en el Convenio;

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete; :

 CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

ATENTO: A lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 3 de febrero de 2005, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Asociación Civil "Club Atlético Cerro" de Trinidad, Departamento de Flores, para realizar la construcción de servicios higiénicos y vestuarios (120 m2) en campo de juego.-

2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $ 540.000.- (pesos uruguayos quinientos cuarenta mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo al Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 14, Programa 001, Proyecto 702, Objeto de Gasto 565, Ejercicio 2005 y posteriores, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N° 24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 38, Decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.

3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $ 540.000.- (pesos uruguayos quinientos cuarenta mil) en 3 (tres) cuotas de $ 180.000.- (pesos uruguayos ciento ochenta mil) cada una, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay, para ser depositadas en la Cuenta perteneciente a la Asociación Civil "Club Atlético Cerro" de Trinidad, las que se atenderán con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.

4º.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.