03/03/05

28/02/05 – SE APRUEBA CONVENIO CELEBRADO EL 11 DE FEBRERO DE 2005, ENTRE EL MTOP Y LA ASOCIACIÓN CIVIL "CLUB ROSARIO ATLÉTICO" DE ROSARIO.
 

VISTO: el Convenio celebrado el 11 de febrero de 2005, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Asociación Civil "Club Rosario Atlético" de Rosario, Departamento de Colonia.

RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye para realizar el mejoramiento de vestuarios y ampliación de área en 40m.c., con la suma de $200.000.- en efectivo;

II) Que dicha Asociación, por su parte, contribuye con la suma de $200.000,- discriminada en el Convenio;

III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, han efectuado la intervención previa que les compete;

CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;

ATENTO: A lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

R E S U E L V E:

1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio celebrado el 11 de febrero de 2005, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Asociación Civil "Club Rosario Atlético" de Rosario, Departamento de Colonia, para realizar el mejoramiento de vestuarios y ampliación de área en 40m.c.

2°.- Autorízase, la inversión de la suma de $200.000.- (pesos uruguayos doscientos mil), como contribución del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo al Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 14, Programa 001, Proyecto 702, Objeto de Gasto 565, Ejercicio 2005, existiendo créditos disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N° 24/999 de fecha 3 de febrero de 1999, Afectación N° 67, Decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.

3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de la suma de $200.000.- (pesos uruguayos doscientos mil) en 2 (dos) cuotas de $100.000.- (pesos uruguayos cien mil) cada una, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay, para ser depositadas en la Cuenta perteneciente a la Asociación Civil "Club Rosario Atlético" de Rosario, las que se atenderán con cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.-

4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios a sus efectos.