03/03/05
    
    28/02/05 – SE APRUEBA CONVENIO CELEBRADO EL 11 DE FEBRERO 
    DE 2005, ENTRE EL MTOP Y LA ASOCIACIÓN CIVIL "CLUB ROSARIO ATLÉTICO" DE 
    ROSARIO.
 
    VISTO: el Convenio celebrado el 11 de febrero de 
    2005, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Asociación 
    Civil "Club Rosario Atlético" de Rosario, Departamento de Colonia.
    
    RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye 
    para realizar el mejoramiento de vestuarios y ampliación de área en 40m.c., 
    con la suma de $200.000.- en efectivo; 
    
    II) Que dicha Asociación, por su parte, contribuye 
    con la suma de $200.000,- discriminada en el Convenio; 
    
    III) Que la División Contabilidad y Finanzas del 
    Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado, 
    han efectuado la intervención previa que les compete; 
    
    CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;
    
    ATENTO: A lo precedentemente expuesto; 
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    R E S U E L V E:
    1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio 
    celebrado el 11 de febrero de 2005, entre el Ministerio de Transporte y 
    Obras Públicas y la Asociación Civil "Club Rosario Atlético" de Rosario, 
    Departamento de Colonia, para realizar el mejoramiento de vestuarios y 
    ampliación de área en 40m.c.
    
    2°.- Autorízase, la inversión de la suma de 
    $200.000.- (pesos uruguayos doscientos mil), como contribución del citado 
    Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con cargo al 
    Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 14, Programa 001, Proyecto 
    702, Objeto de Gasto 565, Ejercicio 2005, existiendo créditos disponibles de 
    acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N° 24/999 de fecha 3 de febrero de 
    1999, Afectación N° 67, Decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.
    
    3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de 
    Transporte y Obras Públicas, de la suma de $200.000.- (pesos uruguayos 
    doscientos mil) en 2 (dos) cuotas de $100.000.- (pesos uruguayos cien mil) 
    cada una, a favor del Banco de la República Oriental del Uruguay, para ser 
    depositadas en la Cuenta perteneciente a la Asociación Civil "Club Rosario 
    Atlético" de Rosario, las que se atenderán con cargo a los recursos que por 
    la presente Resolución se autorizan.- 
    
    4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de 
    la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras 
    Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios 
    a sus efectos.