03/03/05
28/02/05 – SE APRUEBA CONVENIO CELEBRADO EL 11 DE FEBRERO
DE 2005, ENTRE EL MTOP Y EL CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO "EL COLLA" DE ROSARIO.
VISTO: el Convenio celebrado el 11 de febrero de
2005, entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Club Social y
Deportivo "El Colla", de Rosario, Departamento de Colonia.
RESULTANDO: I) que el citado Ministerio contribuye
para realizar la ampliación de vestuarios y servicios higiénicos para
público, con la suma de $450.000.- en efectivo;
II) Que dicho Club, por su parte, contribuye con la
suma de $450.000.- discriminada en el Convenio;
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Contador Central Delegado,
han efectuado la intervención previa que les compete;
CONSIDERANDO: conveniente aprobar dicho Convenio;
ATENTO: A lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Apruébase, en todas sus partes, el Convenio
celebrado el 11 de febrero de 2005, entre el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y el Club Social y Deportivo "El Colla" de Rosario,
Departamento de Colonia, para realizar la ampliación de vestuarios y
servicios higiénicos para público;
2°.- Autorízase, la inversión de la suma de
$450.000.- (pesos uruguayos cuatrocientos cincuenta mil), como contribución
del citado Ministerio a las obras de que se trata, la que se atenderá con
cargo al Inciso 10, Unidad Ejecutora 001, Financiación 14, Programa 001,
Proyecto 702, Objeto de Gasto 565, Ejercicio 2005, existiendo créditos
disponibles de acuerdo con el Artículo 1° del Decreto N° 24/999 de fecha 3
de febrero de 1999, Afectación N° 55, Decreto 90/000 de 3 de marzo de 2000.
3°.- Autorízase el pago, por el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, la suma de $450.000.- (pesos uruguayos
cuatrocientos cincuenta mil) en 3 (tres) cuotas de $150.000.- (pesos
uruguayos ciento cincuenta mil) cada una, a favor del Banco de la República
Oriental del Uruguay, para ser depositadas en la Cuenta perteneciente al
Club Social y Deportivo "El Colla" de Rosario, las que se atenderán con
cargo a los recursos que por la presente Resolución se autorizan.
4°.- Comuníquese y previa intervención por parte de
la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas y el Contador Central Delegado, vuelva al Departamento de Convenios
a sus efectos.