03/03/05
28/02/05 - SE REITERA EL GASTO Y AMPLÍAN LOS CONTRATOS
OBJETO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN REGISTRADOS POR MVOTMA
COMO LICITACIONES PÚBLICAS N° 50/002/97 Y 51/002/97.
VISTO: la necesidad de dar solución habitacional a
pasivos del Banco de Previsión Social de la ciudad de Colonia del
Sacramento, departamento de Colonia, que integran el registro del programa
de adjudicaci6n de viviendas que se ha implementado a tales fines;
RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder
Ejecutivo, de fecha 30 de junio de 1998, la empresa FUTURO S.A. resultó
adjudicataria de la Licitación Pública Nacional N° 50/002/97, para la
construcción y suministro de veintidós viviendas por el "Sistema Llave en
Mano" en parte del predio padrón N° 1.596 de la ciudad de Colonia del
Sacramento, departamento de Colonia, con destino a pasivos del Banco de.
Previsión Social-, por un monto total de U$S 825.783,00 (dólares
estadounidenses ochocientos veinticinco mil setecientos ochenta y tres);
II) que por Resolución del Poder Ejecutivo, de fecha
23 de junio de 1998, la empresa FUTURO S.A. resultó adjudicataria de la
Licitación Pública Nacional N° 51/002/97, para la construcción y suministro
de veintidós viviendas por el "Sistema Llave en Mano" en parte del predio
padrón N° 1.596 de la ciudad de Colonia del Sacramento, departamento de
Colonia, con destino a pasivos del Banco de Previsi6n Social, por un monto
total de U$S 825.783,00 (dólares estadounidenses ochocientos veinticinco mil
setecientos ochenta y tres);
III) que surge del Expediente N° 2004/14001/1/03263,
que la empresa FUTURO S.A. presentó una propuesta de ampliación de los
contratos suscritos en virtud de los procedimientos de contrataci6n
referidos, por el cien por ciento (100%) sus montos originales, alcanzando
un monto único y total de 1.651.566,00 (dólares estadounidenses un millón
seiscientos cincuenta y un mil quinientos sesenta y seis, menos el descuento
que ofrece, el cual se adecuaría conforme al mecanismo previsto en la
Resolución del Poder Ejecutivo N° 1181/2002, de 9 de julio de 2002, a fin
proceder a la construcción de setenta y dos soluciones habitacionales para
pasivos, las cuales tratan de unidades con servicios de comedor, cocina,
policlínica, estares, etc., atendiendo a los nuevos criterios fijados por el
Banco de Previsi6n Social y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente, en el marco de la modalidad denominada
"Viviendas Asistidas";
IV) que la Comisión Administradora de Soluciones
Habitacionales para Pasivos que funciona en la 6rbita de la Dirección
Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente ha informado que la demanda potencial en la ciudad de Colonia
admite la cantidad de viviendas que se propone realizar en la ampliación
propuesta;
V) que el Tribunal de Cuentas de la República observó
el proyecto de resolución del Poder Ejecutivo oportunamente remitido para el
control de legalidad del gasto por entender que el contrato está totalmente
ejecutado, por lo cual no corresponde su ampliación al amparo del articulo
63 del T.O.C.A.F. y que, por consiguiente, para la ejecución de las obras
proyectadas debió convocarse un procedimiento de Licitación pública;
CONSIDERANDO: I) que el Ministerio de vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente estima conveniente realizar la
ampliación propuesta en los términos indicados por la Empresa FUTURO S.A., a
fin de aliviar la demanda habitacional de pasivos del Banco de Previsión
Social de la ciudad de Colonia del Sacramento, aplicando en la especie y en
relación al monto derivado de la suma de los montos originales de ambos
procedimientos de contratación, lo establecido en la Resolución del Poder
Ejecutivo N° 1181/2002 (numeral 1°, ordinal I), literal b), de 9 de julio de
2002;
II) que el artículo 63 del T.O.C.A.F. establece que
las prestaciones objeto de contratos podrán aumentarse o disminuirse en las
proporciones que sean de interés para .la Administración, siempre que no se
exceda del100% (cien por ciento) del mismo;
III) que el Tribunal de Cuentas de la República, en
Sesión de fecha 22 de diciembre de 2004 (Carpeta N° 204214), evacuó una
consulta efectuada por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente, relativa a aplicar el instituto de la ampliación de contrato
para la implementación de esta nueva modalidad de soluciones habitacionales,
expresando que el caso encuadra en el concepto amplio del articulo 63 del
T.O.C.A.F. ya que la prestación de la Licitación es la construcción de
viviendas y es lo que se amplia no realizándose modificaciones en el precio,
plazo, calidad de construcción y en el terreno;
IV) que el citado órgano de contralor también
consignó en la Resolución citada en el Considerando anterior, que en los
casos en que no se cuente con el terreno por razones legales o de
oportunidad, la nueva ubicación de las viviendas deberá ser próximo al
terreno original, a fin de no desnaturalizar las ampliaciones dispuestas;
V) que respecto a la observaci6n formulada por el
Tribunal de Cuentas, este Ministerio ha entendido pertinente la aplicación
del instrumento de ampliación del contrato previsto por el articulo 63 del
T.O.C.A.F., por los fundamentos expresados en informe suscrito por el Sr.
Ministro, que obra a fs. 39 del expediente administrativo antes citado;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo
establecido por el articulo 211 literal B de la Constitución de la República
y al articulo 63 del T.O.C.A.F.;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Reitérase el gasto y ampliase los contratos
objeto de los procedimientos de contratación registrados por el Ministerio
de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente como. Licitaciones
Públicas Nacionales N° 50/002/97 y 51/002/97, adjudicadas a la Empresa
Futuro S.A., con el fin de proceder al diseño, construcción y suministro de
setenta y dos soluciones habitacionales para pasivos, las cuales tratarán de
unidades con servicios de comedor, cocina, policlínica, estares, etc.,
atendiendo a los nuevos criterios fijados por el Banco de Previsi6n Social y
el
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente, en la modalidad denominada "Viviendas Asistidas", en el padrón
7784 de la ciudad de Colonia del Sacramento, departamento de Colonia, por el
monto único y total de U$S 1.651.566,00 (dólares estadounidenses un millón
seiscientos cincuenta y un mil quinientos sesenta y seis), que incluye los
correspondientes aportes al Banco de Previsión Social, I.V.A., C.O.F.I.S. y
todo otro tributo exigido por la legislación vigente, descontando un 6% del
mismo de acuerdo a lo estipulado en el Acta celebrada entre el Ministerio de
Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y la Cámara de la
Construcción de fecha 25 de abril de 2002 y ajustado conforme al mecanismo
previsto en la Resolución del Poder Ejecutivo N° 1181/2002 (numeral 1°,
ordinal I), literal b), de 9 de julio de 2002, estableciéndose que el avance
físico mensual será del 7% (siete por ciento) y de acuerdo a las
especificaciones técnicas que obran en el Expediente del Ministerio de
Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, identificado con el
número 2004/14001/1/03263.
2°.- La erogación resultante se atenderá con cargo al
Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización -I.R.P. Pasivos-.
3°.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento
Territorial y Medio Ambiente para su notificación a la empresa interesada,
la confección del contrato correspondiente por parte de la Asesoría Técnica
-Área Notarial y demás efectos.
4°.- Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la
República.