03/03/05

28/02/05 - SE REITERA EL GASTO Y AMPLÍAN LOS CONTRATOS OBJETO  DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN REGISTRADOS POR MVOTMA COMO LICITACIONES PÚBLICAS N° 50/002/97 Y 51/002/97.

VISTO: la necesidad de dar solución habitacional a pasivos del Banco de Previsión Social de la ciudad de Colonia del Sacramento, departamento de Colonia, que integran el registro del programa de adjudicaci6n de viviendas que se ha implementado a tales fines;

RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo, de fecha 30 de junio de 1998, la empresa FUTURO S.A. resultó adjudicataria de la Licitación Pública Nacional N° 50/002/97, para la construcción y suministro de veintidós viviendas por el "Sistema Llave en Mano" en parte del predio padrón N° 1.596 de la ciudad de Colonia del Sacramento, departamento de Colonia, con destino a pasivos del Banco de. Previsión Social-, por un monto total de U$S 825.783,00 (dólares estadounidenses ochocientos veinticinco mil setecientos ochenta y tres);

II) que por Resolución del Poder Ejecutivo, de fecha 23 de junio de 1998, la empresa FUTURO S.A. resultó adjudicataria de la Licitación Pública Nacional N° 51/002/97, para la construcción y suministro de veintidós viviendas por el "Sistema Llave en Mano" en parte del predio padrón N° 1.596 de la ciudad de Colonia del Sacramento, departamento de Colonia, con destino a pasivos del Banco de Previsi6n Social, por un monto total de U$S 825.783,00 (dólares estadounidenses ochocientos veinticinco mil setecientos ochenta y tres);

III) que surge del Expediente N° 2004/14001/1/03263, que la empresa FUTURO S.A. presentó una propuesta de ampliación de los contratos suscritos en virtud de los procedimientos de contrataci6n referidos, por el cien por ciento (100%) sus montos originales, alcanzando un monto único y total de 1.651.566,00 (dólares estadounidenses un millón seiscientos cincuenta y un mil quinientos sesenta y seis, menos el descuento que ofrece, el cual se adecuaría conforme al mecanismo previsto en la Resolución del Poder Ejecutivo N° 1181/2002, de 9 de julio de 2002, a fin proceder a la construcción de setenta y dos soluciones habitacionales para pasivos, las cuales tratan de unidades con servicios de comedor, cocina, policlínica, estares, etc., atendiendo a los nuevos criterios fijados por el Banco de Previsi6n Social y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, en el marco de la modalidad denominada "Viviendas Asistidas";

IV) que la Comisión Administradora de Soluciones Habitacionales para Pasivos que funciona en la 6rbita de la Dirección Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente ha informado que la demanda potencial en la ciudad de Colonia admite la cantidad de viviendas que se propone realizar en la ampliación propuesta;

V) que el Tribunal de Cuentas de la República observó el proyecto de resolución del Poder Ejecutivo oportunamente remitido para el control de legalidad del gasto por entender que el contrato está totalmente ejecutado, por lo cual no corresponde su ampliación al amparo del articulo 63 del T.O.C.A.F. y que, por consiguiente, para la ejecución de las obras proyectadas debió convocarse un procedimiento de Licitación pública;

CONSIDERANDO: I) que el Ministerio de vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente estima conveniente realizar la ampliación propuesta en los términos indicados por la Empresa FUTURO S.A., a fin de aliviar la demanda habitacional de pasivos del Banco de Previsión Social de la ciudad de Colonia del Sacramento, aplicando en la especie y en relación al monto derivado de la suma de los montos originales de ambos procedimientos de contratación, lo establecido en la Resolución del Poder Ejecutivo N° 1181/2002 (numeral 1°, ordinal I), literal b), de 9 de julio de 2002;

II) que el artículo 63 del T.O.C.A.F. establece que las prestaciones objeto de contratos podrán aumentarse o disminuirse en las proporciones que sean de interés para .la Administración, siempre que no se exceda del100% (cien por ciento) del mismo;

III) que el Tribunal de Cuentas de la República, en Sesión de fecha 22 de diciembre de 2004 (Carpeta N° 204214), evacuó una consulta efectuada por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, relativa a aplicar el instituto de la ampliación de contrato para la implementación de esta nueva modalidad de soluciones habitacionales, expresando que el caso encuadra en el concepto amplio del articulo 63 del T.O.C.A.F. ya que la prestación de la Licitación es la construcción de viviendas y es lo que se amplia no realizándose modificaciones en el precio, plazo, calidad de construcción y en el terreno;

IV) que el citado órgano de contralor también consignó en la Resolución citada en el Considerando anterior, que en los casos en que no se cuente con el terreno por razones legales o de oportunidad, la nueva ubicación de las viviendas deberá ser próximo al terreno original, a fin de no desnaturalizar las ampliaciones dispuestas;

V) que respecto a la observaci6n formulada por el Tribunal de Cuentas, este Ministerio ha entendido pertinente la aplicación del instrumento de ampliación del contrato previsto por el articulo 63 del T.O.C.A.F., por los fundamentos expresados en informe suscrito por el Sr. Ministro, que obra a fs. 39 del expediente administrativo antes citado;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo establecido por el articulo 211 literal B de la Constitución de la República y al articulo 63 del T.O.C.A.F.;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Reitérase el gasto y ampliase los contratos objeto de los procedimientos de contratación registrados por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente como. Licitaciones Públicas Nacionales N° 50/002/97 y 51/002/97, adjudicadas a la Empresa Futuro S.A., con el fin de proceder al diseño, construcción y suministro de setenta y dos soluciones habitacionales para pasivos, las cuales tratarán de unidades con servicios de comedor, cocina, policlínica, estares, etc., atendiendo a los nuevos criterios fijados por el Banco de Previsi6n Social y el

Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, en la modalidad denominada "Viviendas Asistidas", en el padrón 7784 de la ciudad de Colonia del Sacramento, departamento de Colonia, por el monto único y total de U$S 1.651.566,00 (dólares estadounidenses un millón seiscientos cincuenta y un mil quinientos sesenta y seis), que incluye los correspondientes aportes al Banco de Previsión Social, I.V.A., C.O.F.I.S. y todo otro tributo exigido por la legislación vigente, descontando un 6% del mismo de acuerdo a lo estipulado en el Acta celebrada entre el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y la Cámara de la Construcción de fecha 25 de abril de 2002 y ajustado conforme al mecanismo previsto en la Resolución del Poder Ejecutivo N° 1181/2002 (numeral 1°, ordinal I), literal b), de 9 de julio de 2002, estableciéndose que el avance físico mensual será del 7% (siete por ciento) y de acuerdo a las especificaciones técnicas que obran en el Expediente del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, identificado con el número 2004/14001/1/03263.

2°.- La erogación resultante se atenderá con cargo al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización -I.R.P. Pasivos-.

3°.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente para su notificación a la empresa interesada, la confección del contrato correspondiente por parte de la Asesoría Técnica -Área Notarial y demás efectos.

4°.- Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República.