03/03/05
28/02/05 – SE MODIFICA RES. DEL P.E. DE 21/12/2004
(INTERNA NO.431/2004), POR LA QUE SE AUTORIZÓ EL GASTO DE HASTA U$S
3:476.903, PARA LA COMPRA POR LICITACIÓN EN PLAZA DE DIVERSOS BIOLÓGICOS
(VACUNAS, INMUNOGLOBULINAS Y SUEROS).
VISTO: la resolución del Poder Ejecutivo de 21 de
diciembre de 2004 (Interna No. 431/2004), actuando en Consejo de Ministros;
RESULTANDO: I) que por la misma se autorizó el gasto
de hasta U$S 3:476.903, para la compra por licitación en plaza de diversos
biológicos (vacunas, inmunoglobulinas y sueros), material para inyectar y
papel para certificados de vacunación, para el ejercicio 2005;
II) que por omisión, no se estableció que la
erogación del gasto de vacunas a adquirirse a través de OPS-OMS para el
Programa Ampliado de Inmunizaciones está comprendida dentro de las
excepciones establecidas en el Inciso E) del articulo 33 del Texto Ordenado
de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera, así como que ello no
impedirá la adquisición de referencia a otro u otros proveedores mediante el
procedimiento licitatorio, según convenga a los intereses de la
Administración;
CONSIDERANDO: que es necesario modificar la
resolución de referencia en el sentido indicado;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
R E S U E L V E:
1°.- Modifícase la resolución del Poder Ejecutivo de
21 de diciembre de 2004 (Interna No.431/2004), actuando en Consejo de
Ministros, por la que se autorizó el gasto de hasta U$S 3:476.903, para la
compra por licitación en plaza de diversos biológicos (vacunas,
inmunoglobulinas y sueros), material para inyectar y papel para certificados
de vacunación, para el ejercicio 2005, estableciendo que el gasto de vacunas
a adquirirse a través de OPS-OMS para el Programa Ampliado de Inmunizaciones
está comprendida dentro de las excepciones establecidas en el Inciso E) del
articulo 33 del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración
Financiera, así como que ello no impedirá la adquisición a otro u otros
proveedores mediante el procedimiento licitatorio, según convenga a los
intereses de la Administración.
2°.- Pase a sus efectos a la División Epidemiología y
a la División Recursos Económico- Financieros del Ministerio de Salud
Pública.