03/03/05
    
    28/02/05 – APRUEBASE LA ESTRUCTURA DE CARFOS EN LA UNIDAD 
    EJECUTORA 006 "JEFATURA DE POLICÍA DE CANELONES"
 
    
    VISTO: El proyecto de modificaciones a la estructura 
    de cargos de la Unidad Ejecutora 006 "Jefatura de Policía de Canelones", 
    Programa 005, 'Mantenimiento del Orden Interno-Interior", Inciso 04- 
    Ministerio del Interior. 
    RESULTANDO: que el artículo 150 de la Ley N° 
    16.736 de 5 de enero de 1996 faculta al Inciso 04 -Ministerio del Interior a 
    racionalizar el escalafón policial.- CONSIDERANDO: 1) que el 
    proyecto mencionado es ajustado a derecho, por cuanto encuadra perfectamente 
    en el citado artículo y se cumplen las exigencias impuestas por la norma en 
    el sentido que: -no se incrementa el crédito presupuestal, no se lesionan 
    derechos funcionales en virtud que en la provisión de los cargos se respeta 
    estrictamente la lista de prelación confeccionada por las Juntas 
    Calificadoras de la Unidad y disminuye la cantidad de cargos en la Unidad 
    Ejecutara en cuestión.
    2) que resulta oportuno implementar lo expuesto 
    precedentemente a nivel Unidad Ejecutara y en aquellos subescalafones que 
    requieran ser modificados en su estructura prioritariamente.
    
    ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo 
    dispuesto por el artículo 7° de la Ley 17.296 de fecha 21 de febrero de 
    2001.
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 
    DECRETA 
    Artículo 1°) Apruébase la estructura de cargos de la 
    Unidad Ejecutara 006 "Jefatura de Policía de Canelones", Programa 005 
    "Mantenimiento del Orden Interno Interior", Inciso 04- Ministerio del 
    Interior que figura a continuación: 
    , 
    
    
    
    
    
     
    
    .. 
    
    Artículo 2°) La estructura de cargos a que refiere el 
    artículo precedente y la correspondiente regularización tendrán vigencia a 
    partir de la fecha de la firma del presente decreto;
    
    Artículo 3°) Si la estructura de cargos de setiembre 
    2004, tomada como referencia para la elaboración de la estructura que figura 
    en el artículo 1° del presente sufriera cambios en los cargos por otros 
    actos administrativos durante el período de tramitación de este Decreto, los 
    mismos modificarán las estructuras a que se refiere el antedicho artículo 
    1°.
    
    Artículo 4°) La Contaduría General de la Nación 
    ajustará los créditos presupuestarios necesarios para la aplicación del 
    presente Decreto. Los que no hubieran sido utilizados serán reasignados al 
    destino dispuesto por el artículo 150 de la Ley 16.736, en un Objeto del 
    gasto -Auxiliar específico que la Contaduría General de la Nación definirá a 
    esos efectos, para su posterior asignación definitiva a las diferentes 
    Unidades Ejecutoras del Inciso 04 - Ministerio del Interior.
    
    Artículo 5°) Dese cuenta a la Asamblea General.
    
    Artículo 6°) Publíquese, comuníquese al Departamento 
    de Personal de Secretaría, a la Jefatura de Policía de Canelones ya la 
    Contaduría Central del Inciso 04- Ministerio del Interior; cumplido 
    archívese.