03/03/05

25/02/05 - SE AUTORIZA AL MINISTRO DE RR.EE. A SUSCRIBIR Y OTORGAR CARTA CONVENIO CON EL BID.

VISTO: la Cooperación Técnica No Reembolsable, que el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en su calidad de Administrador del Fondo de Comercio BID -Canadá, tiene el propósito de formalizar con la República Oriental del Uruguay por hasta el monto de dólares canadienses ciento cincuenta mil (CAD $ 150.000) o su equivalente en otras monedas convertibles;

RESULTANDO: que la referida cooperación técnica tiene por objeto financiar un Programa de Análisis y Capacitación para reforzar la Capacidad Negociadora del Ministerio de Relaciones Exteri6res;

CONSIDERANDO: que resulta necesario autorizar al señor Ministro de Relaciones Exteriores a suscribir y otorgar, en representación del Estado, la respectiva Carta Convenio con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), así como para la suscripción de todos los actos y documentos relacionados con la ejecución y desarrollo del mismo; :.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido por las normas para la utilización de consultores por los prestatarios del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), artículo 486 de la Ley No. 15.903 de 10 de noviembre de 1987 y artículo 356 de la Ley No. 16.226 de 29 de octubre de 1991.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Autorízase al señor Ministro de Relaciones Exteriores a suscribir y otorgar, en representación del Estado, la Carta Convenio con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en su calidad de Administrador del Fondo de Comercio BID -Canadá, con el propósito de formalizar una Cooperación Técnica No Reembolsable con la República Oriental del Uruguay por hasta el monto de dólares canadienses ciento cincuenta mil (CAD $ 150.000) o su equivalente en otras monedas convertibles, con el propósito de financiar la contratación del Programa de Análisis y Capacitación para reforzar la Capacidad Negociadora del Ministerio de Relaciones Exteriores en los términos que luce en el modelo que se considera parte integrante de la presente resolución 2°.- Comuníquese , etc.