Regularán métodos de pesca
Gobierno promueve pesca recreativa y deportiva en el
Río Yí y sus afluentes
El Director Nacional de Recursos Acuáticos, Daniel
Gilardoni, expresó que el lugar cuenta con buenas aptitudes
para la pesca turístico - recreativa. “En el Río Yí hay una
especie de tararira de tamaño interesante, que no se
encuentra en la Argentina y que es de valor para la pesca
con señuelo, de tipo deportivo”, subrayó. En Uruguay se
estima que existen más de 300.000 personas que pescan con
fines recreativos y deportivos.
El pasado 29 de mayo el Poder Ejecutivo emitió un
decreto (170/010) que establece “una zona de reserva para
la pesca deportiva en el Río Yí y sus afluentes, incluyendo
un semicírculo en el Lago de Palmar con un radio de 500
metros frente a la desembocadura del primero”.
El Director Nacional de Recursos Acuáticos (MGAP),
Daniel Gilardoni, expresó que el lugar cuenta con buenas
aptitudes para el desarrollo de la pesca turístico -
recreativa.
Asimismo, el Decreto señala que el Ministerio de
Ganadería Agricultura y Pesca debe establecer que tipo de
artes están permitidas en la zona, así como las tallas
mínimas y máximas de retención y devolución de los
ejemplares.
Actualmente se está elaborando una resolución sobre los
métodos de pesca, que posibilite la pesca de subsistencia
con anzuelos en la zona, añadió Gilardoni.
“En el Río Yí hay una especie de tararira de tamaño
interesante, que no se encuentra en la Argentina y que es
de valor para la pesca con señuelo, de tipo deportivo”,
subrayó el Jerarca, especificando las bondades del lugar
para la pesca recreativa.
Pensamos que esta es una primera etapa, “como una puerta
que se abre” para que otras zonas puedan también destinarse
a la pesca recreativa y deportiva, expresó. En Uruguay se
estima, según detalló Gilardoni, que existen más de 300.000
personas que practican la actividad.
“Nos hemos contactado con autoridades departamentales y
locales; nuestro objetivo es que las fuerzas vivas de la
zona se apropien del proyecto”, precisó.
El decreto recientemente aprobado se debe vincular con
la resolución adoptada en noviembre de 2008 -que aún esta
vigente-, y que establece la prohibición de pesca con redes
de enmalle en los ríos y arroyos interiores al país,
exceptuándose el Río Negro, Río Uruguay y Río de la Plata. |