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25 de junio, 2010

Regularán métodos de pesca

Gobierno promueve pesca recreativa y deportiva en el Río Yí y sus afluentes
El Director Nacional de Recursos Acuáticos, Daniel Gilardoni, expresó que el lugar cuenta con buenas aptitudes para la pesca turístico - recreativa. “En el Río Yí hay una especie de tararira de tamaño interesante, que no se encuentra en la Argentina y que es de valor para la pesca con señuelo, de tipo deportivo”, subrayó. En Uruguay se estima que existen más de 300.000 personas que pescan con fines recreativos y deportivos.

El pasado 29 de mayo el Poder Ejecutivo emitió un decreto (170/010) que establece “una zona de reserva para la pesca deportiva en el Río Yí y sus afluentes, incluyendo un semicírculo en el Lago de Palmar con un radio de 500 metros frente a la desembocadura del primero”.

El Director Nacional de Recursos Acuáticos (MGAP), Daniel Gilardoni, expresó que el lugar cuenta con buenas aptitudes para el desarrollo de la pesca turístico - recreativa.

Asimismo, el Decreto señala que el Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca debe establecer que tipo de artes están permitidas en la zona, así como las tallas mínimas y máximas de retención y devolución de los ejemplares.

Actualmente se está elaborando una resolución sobre los métodos de pesca, que posibilite la pesca de subsistencia con anzuelos en la zona, añadió Gilardoni.

“En el Río Yí hay una especie de tararira de tamaño interesante, que no se encuentra en la Argentina y que es de valor para la pesca con señuelo, de tipo deportivo”, subrayó el Jerarca, especificando las bondades del lugar para la pesca recreativa.

Pensamos que esta es una primera etapa, “como una puerta que se abre” para que otras zonas puedan también destinarse a la pesca recreativa y deportiva, expresó. En Uruguay se estima, según detalló Gilardoni, que existen más de 300.000 personas que practican la actividad.

“Nos hemos contactado con autoridades departamentales y locales; nuestro objetivo es que las fuerzas vivas de la zona se apropien del proyecto”, precisó.

El decreto recientemente aprobado se debe vincular con la resolución adoptada en noviembre de 2008 -que aún esta vigente-, y que establece la prohibición de pesca con redes de enmalle en los ríos y arroyos interiores al país, exceptuándose el Río Negro, Río Uruguay y Río de la Plata.

   
 
  Daniel Gilardoni
 
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