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9 de agosto, 2010

Empleo en la construcción

Gabinete Social: obras públicas incorporarán al menos un 5% de obreros no especializados
Las Oficinas de Empleo y la Dirección Nacional de Trabajo inscribirán a obreros no calificados que deseen trabajar en obras de la construcción efectuadas por el Estado, Intendencias, entes autónomos, servicios descentralizados o personas públicas no estatales. Se incorporarán en todas las obras al menos un 5% de peones no calificados, para lo cual se realizarán sorteos en forma pública, con presencia de los aspirantes. 

En representación del Gabinete Social, el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Eduardo Brenta, destacó que se aprobó la reglamentación de la Ley 18.516 sobre el Trabajo de peones prácticos y de obreros no especializados, regulándose la distribución de los mismos en obras efectuadas por el Estado, los gobiernos departamentales, los entes autónomos y los servicios descentralizados o persona pública no estatal.

Brenta detalló que en cada obra de la construcción que el Estado realice, en forma directa o mediante empresas subcontratadas, se contratará un 5% de obreros no especializados.

Se abrirán registros de aspirantes al trabajo en las oficinas de empleo de todo el país y en la Dirección Nacional de Trabajo (DINATRA) de Montevideo, apuntó el Ministro. En tal sentido, podrán inscribirse quienes acrediten vecindad en un radio de hasta 100 kilómetros de la zona en el que se realizarán las obras en forma independiente de las fronteras departamentales, explicó el titular de Trabajo y Seguridad Social.

De esta forma, se realizará un sorteo público donde podrán estar presentes todos los inscriptos, además de representantes del Ministerio de Desarrollo Social (MIDES); Trabajo y Seguridad Social; (MTSS) Patronatos Nacional y Departamental., quienes podrán dejar constancia en el acta de las observaciones que el sorteo les merezca.

Para la contratación de al menos un 5% de trabajadores no calificados, se conformará una lista de acuerdo a los siguientes criterios, explicitados en la propia Ley 18.516:

El 60% de los cargos corresponderá a los inscriptos en el registro de aspirantes que sean vecinos del departamento

Un 35% se sorteará entre aquellos que integren la lista proporcionada por los organismos públicos, que en el departamento desarrollen planes de trabajo transitorio, para lo cual deberán estar afincados en el departamento y contar con una evaluación de desempeño favorable.

Un 5% de los sorteados corresponderá a personas liberadas que se encuentren registradas en la Bolsa de Trabajo del Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados, según la Ley Nº 17.897, y que estén afincadas en el departamento.

Los trabajadores contratados tendrán los mismos salarios, derechos y beneficios dispuesto en virtud del Consejo de Salario respectivo, convenios colectivos y demás normas vigentes.

Además, el Ministro Brenta destacó que existe un convenio entre la Cámara de la Construcción, el SUNCA y el INEFOP que capacitará en los próximos 3 años de 3000 trabajadores, cifra que responde a las estimaciones de expansión de la demanda de trabajo en el sector.

   
 
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