Sistema de Subsidios de Créditos Hipotecarios
Estado y banca privada financiarán vivienda para
sectores de ingresos medios y medios bajos
El MVOTMA presentó instrumentos
financieros –que integran el Plan Quinquenal de Vivienda- y
posibilitan el acceso a la vivienda de interés social. Por
este mecanismo, instituciones financieras del sector
privado se incorporarán al Sistema de Subsidios de Créditos
Hipotecarios para Viviendas del MVOTMA. La Ministra Muslera
señaló que se estará alerta para no generar ni degradación,
ni especulación con estos productos habitacionales.
El Sistema cuenta ahora con la
participación de instituciones de intermediación financiera
que otorguen a los beneficiarios, créditos hipotecarios en
condiciones de mercado. Cada entidad financiera deberá
crear una cuenta de depósito para la adquisición de una
vivienda en Unidades Indexadas (UI), que se regirá por las
condiciones particulares que posea cada entidad para esa
modalidad.
En una primera instancia, las entidades
de la banca privada que se integran a la nueva modalidad
son el BBVA, el Santander y el Comercial.
Mediante el Sistema de Subsidio de
Créditos Hipotecarios, el Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente otorga subsidios
a beneficiarios, destinados al repago de los créditos
hipotecarios que los estos interesados solicitan para la
compra de vivienda.
Podrán resultar beneficiarios del
Sistema, aquellas personas que cumplan con los requisitos
que establezca el MVOTMA en base a criterios predefinidos y
se inscriban en el Registro que a tales efectos llevará el
Ministerio.
Una vez aprobada la inscripción
provisoria del Beneficiario en el Registro, el MVOTMA
emitirá un certificado al interesado que acredite su
calidad de "beneficiario".
Allí constará el monto máximo del
subsidio; el plazo de validez del certificado y las
condiciones exigidas para el otorgamiento del subsidio
(ingresos formales líquidos legales del hogar, monto de
ahorro previo y plazo máximo del préstamo, entre otros)
El monto del subsidio a la cuota se
determinará de la siguiente forma: una vez concluido el
proceso de postulación y selección, el Ministerio
determinará el monto máximo de subsidio que el Beneficiario
obtendrá en caso de concretar el crédito hipotecario con la
Institución Financiera Adherida al Sistema (tope de
subsidio).
Una vez fijadas las condiciones del
préstamo hipotecario por parte de la Institución
Financiera, el Ministerio determinará el monto efectivo del
subsidio a la cuota que recibirá el beneficiario (subsidio
efectivo).
Luego de obtenido el certificado del
MVOTMA y durante su vigencia, el Beneficiario podrá
presentarse ante cualquiera de las Instituciones
Financieras adheridas al Sistema a efectos de solicitar un
crédito hipotecario para la adquisición de una vivienda que
cumpla con las condiciones establecidas por esa Secretaría
de Estado.
Una vez realizada la solicitud, la
Institución Financiera la analizará y solicitará al
interesado la documentación y requisitos de estilo que
considere para el otorgamiento de créditos hipotecarios que
incluye los requisitos de ahorro previo exigidos por la
Institución.
Por su parte, el Beneficiario
seleccionará la vivienda dentro de las condiciones
establecidas por el MVOTMA.
La tasación del inmueble estará a cargo
de la Institución Financiera, corriendo el costo del
arancel por cuenta del interesado.
Luego de la tasación y finalizado el
proceso de evaluación crediticia, el Banco notificará al
Ministerio las condiciones de crédito hipotecario y el
monto de subsidio, dentro de los límites establecidos por
el MVOTMA en el certificado.
En caso que en cualquier momento el
Beneficiario se encuentre en mora en el pago de tres cuotas
del crédito, el Ministerio cesará de forma inmediata el
pago del subsidio. Para esto, el Banco deberá notificar mes
a mes al Ejecutivo, los pagos realizados por los clientes
del Sistema.
Si previo a la cancelación del crédito,
el Beneficiario deseara vender el inmueble, se procederá de
la siguiente manera: a) si la venta se destina a la compra
de una nueva vivienda, el subsidio ya desembolsado no
deberá reintegrarse, siempre que cuente con previa
autorización del MVOTMA de acuerdo a lo establecido por el
Art. 343 de la Ley 17.930; b) para los casos de subsidio al
capital, si la venta no se destina a la compra de una nueva
vivienda, el Beneficiario deberá retornar al Ministerio el
préstamo, ajustado por inflación y depreciado a razón de
1/25 por año transcurrido desde la ocupación de la
vivienda.
En oportunidad del la firma del Convenio
Marco entre el MVOTMA y los tres bancos privados, la
Ministra Graciela Muslera afirmó que se trata de un
emprendimiento que deja atrás la política de viviendas
pobres, para pobres y establece un producto estándar que
garantiza la habitabilidad y la adecuación de ese producto
a la composición del núcleo familiar.
Muslera explicó que en el Gobierno
existe la convicción que el déficit de vivienda no es
abarcable sólo por las arcas del Estado y que se requiere
de la articulación de las capacidades fiscales con las de
los privados. Añadió que se debe apuntar a fuertes
políticas que reviertan la informalidad de los
asentamientos y el creciente hacinamiento de núcleos
familiares en esas instalaciones.
Dijo que esta batería de instrumentos
busca incrementar el stock de oferta de viviendas para la
venta y también el stock de ofertas para la renta.
Expresó que el acceso a los créditos
hipotecarios posee dos barreras. Por un lado, la de la
propia cuota. En este sentido, expresó que desde el
Gobierno se pretende que la cuota no supere el 25 % de los
ingresos, lo que posibilitaría que muchas familias se
transformen en objeto de crédito. Por otro lado, existe el
impedimento del ahorro previo, por lo que la aspiración es
que las familias trabajadoras puedan acceder al crédito.
Afirmó que en muchos casos, los núcleos familiares podrían
hacerse cargo de una cuota pero que no llegan al 30 % de
ahorro previo que exige hoy la banca privada o al 15% que
exige el Banco Hipotecario del Uruguay.
Muslera afirmó que se asegurará que la
calidad de las viviendas esté acorde al precio exigido y
también se tendrá en cuenta que no se continúe la
segregación espacial de las personas.
En cuanto al déficit habitacional,
señaló que la demanda ronda las 67.000 soluciones
habitaciones, sin tomar en cuenta la necesidad de viviendas
para los pobladores de los asentamientos irregulares.
Asimismo explicitó que las viviendas que requieren mejoras
se ubican en el entorno de las 870.000.