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11 de agosto, 2010

Sistema de Subsidios de Créditos Hipotecarios

Estado y banca privada financiarán vivienda para sectores de ingresos medios y medios bajos
El MVOTMA presentó instrumentos financieros –que integran el Plan Quinquenal de Vivienda- y posibilitan el acceso a la vivienda de interés social. Por este mecanismo, instituciones financieras del sector privado se incorporarán al Sistema de Subsidios de Créditos Hipotecarios para Viviendas del MVOTMA. La Ministra Muslera señaló que se estará alerta para no generar ni degradación, ni especulación con estos productos habitacionales.

El Sistema cuenta ahora con la participación de instituciones de intermediación financiera que otorguen a los beneficiarios, créditos hipotecarios en condiciones de mercado. Cada entidad financiera deberá crear una cuenta de depósito para la adquisición de una vivienda en Unidades Indexadas (UI), que se regirá por las condiciones particulares que posea cada entidad para esa modalidad.

En una primera instancia, las entidades de la banca privada que se integran a la nueva modalidad son el BBVA, el Santander y el Comercial.

Mediante el Sistema de Subsidio de Créditos Hipotecarios, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente otorga subsidios a beneficiarios, destinados al repago de los créditos hipotecarios que los estos interesados solicitan para la compra de vivienda.

Podrán resultar beneficiarios del Sistema, aquellas personas que cumplan con los requisitos que establezca el MVOTMA en base a criterios predefinidos y se inscriban en el Registro que a tales efectos llevará el Ministerio.

Una vez aprobada la inscripción provisoria del Beneficiario en el Registro, el MVOTMA emitirá un certificado al interesado que acredite su calidad de "beneficiario".

Allí constará el monto máximo del subsidio; el plazo de validez del certificado y las condiciones exigidas para el otorgamiento del subsidio (ingresos formales líquidos legales del hogar, monto de ahorro previo y plazo máximo del préstamo, entre otros)

El monto del subsidio a la cuota se determinará de la siguiente forma: una vez concluido el proceso de postulación y selección, el Ministerio determinará el monto máximo de subsidio que el Beneficiario obtendrá en caso de concretar el crédito hipotecario con la Institución Financiera Adherida al Sistema (tope de subsidio).

Una vez fijadas las condiciones del préstamo hipotecario por parte de la Institución Financiera, el Ministerio determinará el monto efectivo del subsidio a la cuota que recibirá el beneficiario (subsidio efectivo).

Luego de obtenido el certificado del MVOTMA y durante su vigencia, el Beneficiario podrá presentarse ante cualquiera de las Instituciones Financieras adheridas al Sistema a efectos de solicitar un crédito hipotecario para la adquisición de una vivienda que cumpla con las condiciones establecidas por esa Secretaría de Estado.

Una vez realizada la solicitud, la Institución Financiera la analizará y solicitará al interesado la documentación y requisitos de estilo que considere para el otorgamiento de créditos hipotecarios que incluye los requisitos de ahorro previo exigidos por la Institución.

Por su parte, el Beneficiario seleccionará la vivienda dentro de las condiciones establecidas por el MVOTMA.

La tasación del inmueble estará a cargo de la Institución Financiera, corriendo el costo del arancel por cuenta del interesado.

Luego de la tasación y finalizado el proceso de evaluación crediticia, el Banco notificará al Ministerio las condiciones de crédito hipotecario y el monto de subsidio, dentro de los límites establecidos por el MVOTMA en el certificado.

En caso que en cualquier momento el Beneficiario se encuentre en mora en el pago de tres cuotas del crédito, el Ministerio cesará de forma inmediata el pago del subsidio. Para esto, el Banco deberá notificar mes a mes al Ejecutivo, los pagos realizados por los clientes del Sistema.

Si previo a la cancelación del crédito, el Beneficiario deseara vender el inmueble, se procederá de la siguiente manera: a) si la venta se destina a la compra de una nueva vivienda, el subsidio ya desembolsado no deberá reintegrarse, siempre que cuente con previa autorización del MVOTMA de acuerdo a lo establecido por el Art. 343 de la Ley 17.930; b) para los casos de subsidio al capital, si la venta no se destina a la compra de una nueva vivienda, el Beneficiario deberá retornar al Ministerio el préstamo, ajustado por inflación y depreciado a razón de 1/25 por año transcurrido desde la ocupación de la vivienda.

En oportunidad del la firma del Convenio Marco entre el MVOTMA y los tres bancos privados, la Ministra Graciela Muslera afirmó que se trata de un emprendimiento que deja atrás la política de viviendas pobres, para pobres y establece un producto estándar que garantiza la habitabilidad y la adecuación de ese producto a la composición del núcleo familiar.

Muslera explicó que en el Gobierno existe la convicción que el déficit de vivienda no es abarcable sólo por las arcas del Estado y que se requiere de la articulación de las capacidades fiscales con las de los privados. Añadió que se debe apuntar a fuertes políticas que reviertan la informalidad de los asentamientos y el creciente hacinamiento de núcleos familiares en esas instalaciones.

Dijo que esta batería de instrumentos busca incrementar el stock de oferta de viviendas para la venta y también el stock de ofertas para la renta.

Expresó que el acceso a los créditos hipotecarios posee dos barreras. Por un lado, la de la propia cuota. En este sentido, expresó que desde el Gobierno se pretende que la cuota no supere el 25 % de los ingresos, lo que posibilitaría que muchas familias se transformen en objeto de crédito. Por otro lado, existe el impedimento del ahorro previo, por lo que la aspiración es que las familias trabajadoras puedan acceder al crédito. Afirmó que en muchos casos, los núcleos familiares podrían hacerse cargo de una cuota pero que no llegan al 30 % de ahorro previo que exige hoy la banca privada o al 15% que exige el Banco Hipotecario del Uruguay.

Muslera afirmó que se asegurará que la calidad de las viviendas esté acorde al precio exigido y también se tendrá en cuenta que no se continúe la segregación espacial de las personas.

En cuanto al déficit habitacional, señaló que la demanda ronda las 67.000 soluciones habitaciones, sin tomar en cuenta la necesidad de viviendas para los pobladores de los asentamientos irregulares. Asimismo explicitó que las viviendas que requieren mejoras se ubican en el entorno de las 870.000.

   
 
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