BPS :0800 3277
Elecciones para representantes en el directorio del
Banco de Previsión Social
Por mandato constitucional, los
trabajadores, contribuyentes, jubilados y pensionistas
afiliados al BPS deberán elegir a sus representantes en ese
directorio el 27 de marzo de 2011. Cada votante deberá
verificar su credencial cívica ante ese organismo antes del
próximo 22 de setiembre. El voto es obligatorio y alcanza a
más de 700 mil trabajadores, 500 mil pasivos y 200 mil
empresas, anunció el presidente del BPS, Ernesto Murro.
Datos del Banco de Previsión Social
(BPS) indican que hasta 13 de setiembre se registraron
ante el organismo, 11.250 empresas pluripersonales, lo
que equivale al 10% de las mismas. El registro les
habilitar a votar a través del mandatario designado.
Más del 90% de trabajadores, pasivos y
empresas unipersonales han confirmado ya sus credenciales
ante el BPS.
El trámite se realiza, desde todo el
país, a través del 0800 3277 o la página
www.bps.gub.uy.
Más de 700.000 trabajadores, 500.000
jubilados y pensionistas y 200.000 empresas deberán elegir
a sus respectivos representantes ante el Directorio del
Banco de Previsión Social, según lo establece la
Constitución y la Ley. Por ello, se trata de las
elecciones cualitativamente más importantes a nivel
nacional, luego de las elecciones nacionales y
departamentales, afirmó el presidente del BPS, Ernesto
Murro.
Por primera vez se habilitará el voto de
los beneficiarios con discapacidad del BPS, que abarca unas
53.000 personas, atendiendo así su reclamo de ejercer el
derecho a votar.
El plazo establecido para que los
afiliados al BPS verifiquen su credencial cívica ante el
organismo vence el próximo miércoles 22 de setiembre,
debido a que el mismo debe entregar el padrón de votantes a
la Corte Electoral 180 días antes de las elecciones.
Finalmente, el presidente Murro se
refirió a las acciones llevadas adelante en torno a las
elecciones del 27 de marzo de 2011. En ese sentido se
refirió a la reunión mantenida con autoridades de la Corte
Electoral el viernes 10 de setiembre, a la cual se convocó
a las cámaras empresariales.
Por otra parte, Murro señaló que en cada
localidad del país los gerentes y jefes del BPS están en
contacto con las respectivas organizaciones sociales.
Los afiliados al BPS elegirán los
integrantes del Directorio que los representará, en
elecciones a celebrarse en marzo de 2011. El Directorio del
BPS está formado por cuatro miembros designados
directamente por el Poder Ejecutivo con venia del Senado
-actualmente tres pertenecen al Frente Amplio y uno al
Partido Nacional-, y tres Directores sociales electos por
los órdenes de afiliados: trabajadores activos, jubilados y
pensionistas y empresas contribuyentes.
En el orden de los trabajadores activos,
votarán los trabajadores dependientes públicos o privados,
con actividad amparada ante BPS, mayores de 18 años de
edad, que hayan mantenido su condición de afiliados durante
los 12 meses anteriores, sin interrupciones, al 30 de junio
de 2010.
En el orden de jubilados y pensionistas
son electores los mayores de 18 años de edad al 30 de junio
de 2010, declarados como jubilados, pensionistas por
sobrevivencia o pensionistas a la vejez
. Se han
incluido ahora
los pensionistas por invalidez.
En el orden de las empresas
contribuyentes, serán electores las empresas contribuyentes
no estatales, inscriptas como tales en el BPS antes del 30
de junio de 2010, en tanto se hayan afiliado y mantenido
dicha afiliación durante los 12 meses anteriores a esa
fecha. Además, deben estar al día en el pago de sus
obligaciones.
Las empresas pluripersonales votarán a
través del mandatario designado a los efectos de la
confección del padrón electoral. Un mismo mandatario podrá
tener la representación de un máximo de diez empresas. Las
personas habilitadas para votar en más de un orden, deberán
hacerlo en cada uno de ellos. Además, es imprescindible
para votar en cada orden estar incorporado dentro de los
padrones electorales correspondientes.
Para poder sufragar se deberá exhibir la
Credencial Cívica, salvo los ciudadanos extranjeros que no
estén inscriptos en el Registro Cívico Nacional, quienes lo
harán con el documento de identidad.
Los extranjeros que no tengan Credencial
Cívica pero tengan cédula de identidad, votan en el orden
que corresponda.
Los extranjeros que no tengan Credencial
Cívica ni cédula de identidad, no pueden votar ni ser
designados como representantes o mandatarios de una empresa
pluripersonal.
Los trabajadores dependientes, titulares
de empresas unipersonales, jubilados y pensionistas podrán
confirmar su credencial cívica hasta el 22 de setiembre
próximo, por los siguientes medios:
• A través del sitio Web del BPS:
www.bps.gub.uy (Verificación de Credencial)
• Por el servicio telefónico sin cargo
0800 3277.
Las empresas pluripersonales (que no son
de naturaleza jurídica “unipersonal”) deben designar un
mandatario especialmente para esta elección hasta el 22 de
setiembre próximo a través de:
• El sitio Web de BPS: www.bps.gub.uy
(Designación de Mandatario) o desde el acceso restringido a
usuarios registrados (envío de nóminas).