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21 de septiembre, 2010

Delimitación de área en coordinación

Plantean proyecto para encomendar a personal militar la guardia perimetral de cárceles
El Presidente firmó proyecto de ley para encomendar a personal del Ministerio de Defensa las funciones transitorias de guardia perimetral en cárceles. Se propone que Interior y Defensa dicten reglamentación y medidas para instruir al personal asignado, previendo partida adicional del 50% del sueldo nominal que percibe el personal militar. Ambos ministerios delimitarán, en acuerdo, el área para cumplimiento de las acciones. 

El Presidente de la República, José Mujica, el Ministro de Economía y Finanzas, Fernando Lorenzo y el Ministro de Defensa Nacional, Luís Rosadilla, firmaron un proyecto de ley facultando al Poder Ejecutivo hasta el 31 de diciembre de 2012 para encomendar al personal militar dependiente del Ministerio de Defensa Nacional el cumplimiento de funciones transitorias de guardia perimetral en Cárceles, Penitenciarias y Centros de Recuperación a determinar.

Además se faculta al Poder Ejecutivo hasta el 31 de diciembre de 2012 a encomendar al personal militar dependiente del Ministerio de Defensa Nacional, el control de acceso a las Cárceles, Penitenciarias y Centros de Recuperación, en los cuales cumplan la función de guardia perimetral externa de cárceles, y la revisión e inspección de personas y objetos que pretenden ingresar a los mismos.

El Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa Nacional dictarán la reglamentación que corresponda para establecer la forma y modo en que deberán realizarse las inspecciones de personas y objetos. Se adoptarán todas las medidas del caso para instruir al personal asignado sobre los alcances de las previsiones a adoptar en estos casos y de los reglamentos de la Dirección Nacional de Cárceles, Penitenciarias y Centros de Recuperación.

Se asigna al Ministerio de Defensa Nacional, en carácter de extraordinario, y hasta el 31 de diciembre de 2010, un crédito de monto necesario para pagar al personal militar que cumpla efectivamente las tareas de guardia perimetral y de control y revisión de ingreso a los Centros. La partida salarial adicional equivale al 50% del sueldo nominal que percibe.

Si el personal militar se viera obligado a utilizar medios materiales de coacción deberá hacerlo en forma racional, progresiva y proporcional. Agotando previamente los mecanismo de disuasión adecuados que estén a su alcance.

Los Ministerios de Defensa e Interior reglamentarán los procedimientos aplicables en caso de intento de fuga de reclusos.

Ambos Ministerios delimitarán de común acuerdo las áreas donde cumplirán funciones el personal militar. Dicha área delimitada será considerada, zona militar.

Los plazos transitorios establecidos no podrán ser prorrogados por el Poder Ejecutivo más allá del 1º de julio de 2013. El referido proyecto pasó  ya a consideración de la Asamblea General.

   
 
  Ver proyecto de ley