Delimitación de área en coordinación
Plantean proyecto para encomendar a personal militar la
guardia perimetral de cárceles
El Presidente firmó proyecto de ley
para encomendar a personal del Ministerio de Defensa las
funciones transitorias de guardia perimetral en
cárceles. Se propone que Interior y Defensa dicten
reglamentación y medidas para instruir al personal
asignado, previendo partida adicional del 50% del sueldo
nominal que percibe el personal militar. Ambos
ministerios delimitarán, en acuerdo, el área para
cumplimiento de las acciones.
El
Presidente de la República, José Mujica, el Ministro de
Economía y Finanzas, Fernando Lorenzo y el Ministro de
Defensa Nacional, Luís Rosadilla, firmaron un proyecto
de ley facultando al Poder Ejecutivo hasta el 31 de
diciembre de 2012 para encomendar al personal militar
dependiente del Ministerio de Defensa Nacional el
cumplimiento de funciones transitorias de guardia
perimetral en Cárceles, Penitenciarias y Centros de
Recuperación a determinar.
Además
se faculta al Poder Ejecutivo hasta el 31 de diciembre
de 2012 a encomendar al personal militar dependiente del
Ministerio de Defensa Nacional, el control de acceso a
las Cárceles, Penitenciarias y Centros de
Recuperación, en los cuales cumplan la función de
guardia perimetral externa de cárceles, y la revisión e
inspección de personas y objetos que pretenden ingresar
a los mismos.
El
Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa
Nacional dictarán la reglamentación que corresponda para
establecer la forma y modo en que deberán realizarse las
inspecciones de personas y objetos. Se adoptarán todas
las medidas del caso para instruir al personal asignado
sobre los alcances de las previsiones a adoptar en estos
casos y de los reglamentos de la Dirección Nacional de
Cárceles, Penitenciarias y Centros de Recuperación.
Se
asigna al Ministerio de Defensa Nacional, en carácter de
extraordinario, y hasta el 31 de diciembre de 2010, un
crédito de monto necesario para pagar al personal
militar que cumpla efectivamente las tareas de guardia
perimetral y de control y revisión de ingreso a los
Centros. La partida salarial adicional equivale al 50%
del sueldo nominal que percibe.
Si el
personal militar se viera obligado a utilizar medios
materiales de coacción deberá hacerlo en forma racional,
progresiva y proporcional. Agotando previamente los
mecanismo de disuasión adecuados que estén a su alcance.
Los
Ministerios de Defensa e Interior reglamentarán los
procedimientos aplicables en caso de intento de fuga de
reclusos.
Ambos
Ministerios delimitarán de común acuerdo las áreas donde
cumplirán funciones el personal militar. Dicha área
delimitada será considerada, zona militar.
Los
plazos transitorios establecidos no podrán ser
prorrogados por el Poder Ejecutivo más allá del 1º de
julio de 2013. El referido proyecto pasó ya a
consideración de la Asamblea General. |