Decreto regulador
Funcionarios de la Administración Central deberán
trabajar seis u ocho horas
El Secretario de la Presidencia,
Alberto Breccia, precisó que la jornada laboral tendrá una
duración de entre seis u ocho horas, según el régimen
aplicable a cada organismo. De esta forma, las horas
semanales no podrán exceder las 30 o 40 horas semanales
respectivamente. Informó que en las próximas 48 horas
estaría listo el decreto que regula los horarios de trabajo
de los funcionarios de la Administración Central.
El capítulo de los funcionarios de la
Administración Central contenido en el Mensaje Presupuestal
continúa siendo uno de los puntos de estudio a nivel
gubernamental, según lo manifestado por el Secretario
Alberto Breccia, una vez finalizado el Consejo de Ministros
llevado a cabo en la mañana de hoy.
Al respecto, Breccia indicó que
Presidencia, OPP y ONSC presentaron el decreto que regula
los horarios dentro de la Administración Central cuya
versión definitiva se prevé culminará para las próximas 48
horas.
Aclaró que la redacción definitiva está
sujeta a pequeños cambios pero básicamente, establece que
la jornada ordinaria de trabajo se extenderá a 6 u 8 horas
según el régimen aplicable a cada organismo.
De esta forma, la jornada laboral
oscilará entre las 30 y 40 horas semanales. El horario de
atención al público para todos los casos será de 9 a 17
horas, con excepción de algunos organismos de los puntos
referidos anteriormente, que deberán presentar al Poder
Ejecutivo las solicitudes en cada caso.
Asimismo se prevén compensaciones para
los casos de trabajo en días inhábiles, determinados
regímenes especiales para horas particulares, profesionales
y cursos de capacitación. Se establecen criterios de
contralor de asistencia y de sanciones para las eventuales
faltas al deber de asistencia.
A esta información, el Secretario añadió
que no están previstas remuneraciones extras por los
cambios de horarios que se experimentarán en algunas
reparticiones.