Nuevo convenio constitutivo
FOMIN: Fondo Multilateral de Inversión mejora entorno
empresarial y apoya microempresas
Ante nuevo convenio del FOMIN, se
gestiona la posibilidad de que nuestro país realice su
aporte y continúe recibiendo beneficios resultantes de las
operaciones. El Fondo se creó en 1992 en marco de
actividades del BID en apoyo al crecimiento económico y la
reducción de la pobreza de los países regionales. El Comité
de Donantes ha aprobado 92 operaciones de financiamiento de
proyectos en Uruguay por un monto cercano a US$ 70 mil.
El presidente de la República, José Mujica, el ministro de
Economía y Finanzas, Fernando Lorenzo y el canciller de la
República, Luís Almagro, se dirigieron al presidente de la
Asamblea General solicitando la aprobación del Convenio
Constitutivo del Fondo Multilateral de Inversiones II (FOMIN
II), del Convenio de Administración del FOMIN II y sus
anexos.
El Fondo Multilateral de Inversiones se creó por Convenio
Constitutivo el 11 de febrero de 1992, en el marco de las
actividades del BID. Se renovó el 31 de diciembre de 2007
con la finalidad de definir formas de aumentar y fomentar
la inversión y el desarrollo privado. Asimismo, con el fin
de mejorar el entorno empresarial y brindar apoyo a
microempresas para el crecimiento económico y reducción de
la pobreza de los países regionales.
Desde el año 1993 a la fecha, el Comité de Donantes del
FOMIN aprobó 92 operaciones de financiamiento de proyectos
en Uruguay, por un monto de 68.600.000 dólares y un monto
promedio de operaciones de 746.258 dólares. El 65% de los
proyectos ejecutados en el territorio nacional tienen
cobertura en departamentos de interior.
El 9 de abril de 2005, el Comité de Donantes aprobó el
nuevo Convenio Constitutivo del FOMIN II, para asegurar la
continuidad del FOMIN I y ampliarlo. También para
complementar la labor del BID, la Corporación
Interamericana de Inversiones y otros bancos multilaterales
de desarrollo mediante la incorporación de nuevos países.
Se dictaminó que el presente Convenio FOMIN II entraría en
vigor en cualquier fecha anterior al 31 de diciembre de
2007 en el cual los probables donantes que representen por
lo menos el 60% del monto total fijado para el Fondo,
hubieran depositado su contribución. En ese momento en el
cual el Convenio del FOMIN I terminará y el FOMIN II
asumirá todos los activos y pasivos presentes. A partir de
esa instancia el aportante será denominado “donante”.
Cada donante deberá convenir en pagar su contribución en 6
cuotas anuales e idénticas., finalizando el plazo de la
última cuota el 2 de abril de 2012.
El Convenio FOMIN II, permanecerá en vigor hasta el 31 de
diciembre de 2015 y solo podrá renovarse por un período
único adicional de hasta 5 años.
De acuerdo a lo constituido, el Convenio de aporte total de
Uruguay será de 1.000.000 dólares.
El gobierno ha
solicitado así la aprobación del proyecto a efectos de que
nuestro país pueda realizar el aporte correspondiente al
Fondo y a su vez que continúe recibiendo los importantes
beneficios resultantes de sus operaciones. |