Decreto sobre Zonas Francas
Procuran evitar la radicación de actividades que
afecten la imagen país
El Poder Ejecutivo introdujo
modificaciones a la Ley de Zonas Francas mediante un
decreto que regula algunos aspectos vinculados a la
existencia de determinado tipo de sociedades, así como en
lo referido a los permisos y su duración. “Son simplemente
cuestiones administrativas”, dijo el Ministro Fernando
Lorenzo al explicar el alcance de la iniciativa, afirmando
que desde el punto de vista de los negocios que hay en
zonas francas “no hay ninguna dificultad, no afectan en
absoluto las cosas de calidad”.
Para el Ministro de
Economía y Finanzas el decreto firmado ayer por el Poder
Ejecutivo procura “evitar que en zonas francas se radiquen
actividades que no queremos que sean parte de la imagen
país”.
A partir de estas
modificaciones todas las solicitudes de autorización y de
prórroga de contratos de usuarios directos e indirectos que
se presenten ante el Área Zonas Francas de la Dirección
General de Comercio deberán incluir la información sobre la
empresa y el proyecto a desarrollar (Plan de Negocios).
A su vez los usuarios de
zona franca deberán comunicar, bajo su única
responsabilidad y en un plazo de 30 días a partir de la
inscripción definitiva en el Registro Nacional de Comercio,
cualquier modificación en la integración de su directorio.
Para ello deberán aportar testimonio por exhibición de la
Declaratoria (Ley N° 17.904 de 27 de setiembre de 2005) y
nota suscrita por representantes debidamente acreditados en
caso de ser persona jurídica, en la que se informará la
nacionalidad de sus miembros, el carácter de la actividad
-si es remunerada o no-, así como el domicilio, teléfono y
correo electrónico.
El Área Zonas Francas de
la Dirección General de Comercio autorizará los contratos
de usuario directo o indirecto sometidos a su consideración
o sus prórrogas no automáticas cuando del análisis del
contrato y del Plan de Negocios surja que la actividad
proyectada cumple simultáneamente con las siguientes
condiciones mínimas: 1) genera empleo directo o indirecto
en la zona franca; 2) desarrolla su actividad en la zona
franca, utilizando o aprovechando las instalaciones
provistas por el explotador o por el usuario directo, según
correspondiera; 3) tiene domicilio fiscal en la zona
franca.
Otro aspecto de
importancia es el referido a la infraestructura necesaria y
suficiente que debe proveer el explotador de una zona
franca, a saber: instalación y distribución de energía
eléctrica; suministro de agua; red de saneamiento;
telefonía básica entendiéndose por tal los servicios de
telefonía local, ADSL básico, aislación perimetral; red
vial y el alumbrado interno y perimetral; los servicios de
limpieza y de recolección de residuos, el mantenimiento y
vigilancia, la red hídrica contra incendios ; todos ellos
en las espacios de uso común ; la provisión del servicio de
control de inventarios de acuerdo a la reglamentación
vigente, la construcción y equipamiento de resguardos
aduaneros y de la oficina de control de acceso del
explotador.
En cuanto a los permisos
y prórrogas se establece que el plazo máximo de los
contratos de usuario directo será de diez años y en el caso
del usuario indirecto de dos años.
Lorenzo recordó que en
estos días hubo incluso opiniones provenientes del sector
que reconocían la existencia de “sociedades de papel” en
las zonas francas.
“Yo quiero decirles a
los ciudadanos qué significan “sociedades de papel”: son
sociedades que están en las zonas francas, son usuarios de
zonas francas, y no tienen ni empleados ni metros cuadrados
utilizados. Bueno, ese tipo de negocios si alguien piensa
que le aportan algo al país será una opinión discrepante
con la mía personalmente y seguramente con el sentido
común”, dijo el Ministro al defender las modificaciones
propuestas.
Agregó al respecto que,
precisamente, “es contra ese tipo de cosas, que son
extremos y patologías a evitar, que estamos tratando de
establecer regulaciones que nos permitan defender el
instrumento ante el embate de quienes no quieren el
instrumento y lo cuestionan”.
Para Lorenzo, “como
nosotros creemos en el instrumento la mejor forma de
defenderlo es que no haya en el uso de ese instrumento
problemas como este. Y creo que el ejemplo habla por sí
solo y el concepto “sociedades de papel” no está en el
decreto, está en la opinión del sector que se comunica a la
opinión pública a través de remitidos de prensa”. |