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26 de noviembre, 2010

Decreto sobre Zonas Francas

Procuran evitar la radicación de actividades que afecten la imagen país
El Poder Ejecutivo introdujo modificaciones a la Ley de Zonas Francas mediante un decreto que regula algunos aspectos vinculados a la existencia de determinado tipo de sociedades, así como en lo referido a los permisos y su duración. “Son simplemente cuestiones administrativas”, dijo el Ministro Fernando Lorenzo al explicar el alcance de la iniciativa, afirmando que desde el punto de vista de los negocios que hay en zonas francas “no hay ninguna dificultad, no afectan en absoluto las cosas de calidad”.

Para el Ministro de Economía y Finanzas el decreto firmado ayer por el Poder Ejecutivo procura “evitar que en zonas francas se radiquen actividades que no queremos que sean parte de la imagen país”.

A partir de estas modificaciones todas las solicitudes de autorización y de prórroga de contratos de usuarios directos e indirectos que se presenten ante el Área Zonas Francas de la Dirección General de Comercio deberán incluir la información sobre la empresa y el proyecto a desarrollar (Plan de Negocios).

A su vez los usuarios de zona franca deberán comunicar, bajo su única responsabilidad y en un plazo de 30 días a partir de la inscripción definitiva en el Registro Nacional de Comercio, cualquier modificación en la integración de su directorio. Para ello deberán aportar testimonio por exhibición de la Declaratoria (Ley N° 17.904 de 27 de setiembre de 2005) y nota suscrita por representantes debidamente acreditados en caso de ser persona jurídica, en la que se informará la nacionalidad de sus miembros, el carácter de la actividad -si es remunerada o no-, así como el domicilio, teléfono y correo electrónico.

El Área Zonas Francas de la Dirección General de Comercio autorizará los contratos de usuario directo o indirecto sometidos a su consideración o sus prórrogas no automáticas cuando del análisis del contrato y del Plan de Negocios surja que la actividad proyectada cumple simultáneamente con las siguientes condiciones mínimas: 1) genera empleo directo o indirecto en la zona franca; 2) desarrolla su actividad en la zona franca, utilizando o aprovechando las instalaciones provistas por el explotador o por el usuario directo, según correspondiera; 3) tiene domicilio fiscal en la zona franca.

Otro aspecto de importancia es el referido a la infraestructura necesaria y suficiente que debe proveer el explotador de una zona franca, a saber: instalación y distribución de energía eléctrica; suministro de agua; red de saneamiento; telefonía básica entendiéndose por tal los servicios de telefonía local, ADSL básico, aislación perimetral; red vial y el alumbrado interno y perimetral; los servicios de limpieza y de recolección de residuos, el mantenimiento y vigilancia, la red hídrica contra incendios ; todos ellos en las espacios de uso común ; la provisión del servicio de control de inventarios de acuerdo a la reglamentación vigente, la construcción y equipamiento de resguardos aduaneros y de la oficina de control de acceso del explotador.

En cuanto a los permisos y prórrogas se establece que el plazo máximo de los contratos de usuario directo será de diez años y en el caso del usuario indirecto de dos años.

Lorenzo recordó que en estos días hubo incluso opiniones provenientes del sector que reconocían la existencia de “sociedades de papel” en las zonas francas.

“Yo quiero decirles a los ciudadanos qué significan “sociedades de papel”: son sociedades que están en las zonas francas, son usuarios de zonas francas, y no tienen ni empleados ni metros cuadrados utilizados. Bueno, ese tipo de negocios si alguien piensa que le aportan algo al país será una opinión discrepante con la mía personalmente y seguramente con el sentido común”, dijo el Ministro al defender las modificaciones propuestas.

Agregó al respecto que, precisamente, “es contra ese tipo de cosas, que son extremos y patologías a evitar, que estamos tratando de establecer regulaciones que nos permitan defender el instrumento ante el embate de quienes no quieren el instrumento y lo cuestionan”.

Para Lorenzo, “como nosotros creemos en el instrumento la mejor forma de defenderlo es que no haya en el uso de ese instrumento problemas como este. Y creo que el ejemplo habla por sí solo y el concepto “sociedades de papel” no está en el decreto, está en la opinión del sector que se comunica a la opinión pública a través de remitidos de prensa”.