Fortalecimiento de las relaciones bilaterales
Ejecutivo envía proyectos de ley sobre acuerdos de
fortalecimiento en materia de defensa
El Poder Ejecutivo se dirige a la
Asamblea General a fin de someter a consideración el
Acuerdo para el fortalecimiento en la cooperación en
materia de defensa entre el Ministerio de Defensa Nacional
de Uruguay y el de Argentina. Por otra parte, remite otro
proyecto de ley al Parlamento sobre cooperación en dicho
sector entre Uruguay y Venezuela, firmado el 9 de junio de
2010 en la ciudad de Caracas.
En el texto del acuerdo firmado el 2 de
junio de 2010 en Anchorena, Colonia, se destaca el pleno
respeto de los principios establecidos en la Carta de las
Naciones Unidas, en la Carta de la Organización de Estados
Americanos, en el compromiso del afianzamiento de la
democracia y el respeto a los derechos humanos.
Se establece un mecanismo de diálogo
político entre los dos ministerios de Defensa de Uruguay y
Argentina, denominado Comisión de Diálogo Bilateral, cuyo
fin será el fortalecimiento de las relaciones bilaterales
en materia de defensa, con reuniones regulares y
alternadamente en ambos países.
Además, se especifican soluciones
amistosas de diferencias que eventualmente pueden surgir
sobre la aplicación del mencionado acuerdo y la
modificación del mismo.
La duración será indefinida pudiendo ser
denunciado con seis meses de anticipación.
En otro orden, el acuerdo entre Uruguay
y Venezuela se enmarca dentro de los objetivos que el
Ministerio de Defensa desarrolla en la política de Defensa
Nacional: búsqueda de intereses comunes a fin de potenciar
el intercambio material, profesional y la cooperación a
nivel internacional.
Se destaca el interés en desarrollar
acciones de cooperación en el ámbito técnico militar, bajo
la convicción que esta cooperación en el sector de defensa
fortalecerá el conocimiento y la confianza recíproca,
estrechando los lazos de amistad entre ambos países.
Se enmarcan objetivos basados en
principios de igualdad, respeto mutuo de la soberanía y
reciprocidad de conformidad con los ordenamientos
jurídicos. También se establecen los ámbitos de cooperación
e intercambio en áreas de capacitación y entrenamiento de
personal, cooperación en ciencia y tecnología, apoyo
logístico técnico-militar e intercambio de visitas y
delegaciones.
Los órganos ejecutores del acuerdo son
el Ministerio de Defensa Nacional por la República Oriental
del Uruguay y el Ministerio de Poder Popular por la
República Bolivariana de Venezuela.
Además, se acuerda la creación de un
grupo de trabajo compuesto por integrantes de ambos
ministerios, con un plazo de noventa días para presentar
convenios específicos de cooperación. Se presentarán
informes periódicos sobre la ejecución del Acuerdo a la
Comisión Mixta de Coordinación, Cooperación y Promoción. |