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6 de diciembre, 2010

Fortalecimiento de las relaciones bilaterales

Ejecutivo envía proyectos de ley sobre acuerdos de fortalecimiento en materia de defensa
El Poder Ejecutivo se dirige a la Asamblea General a fin de someter a consideración el Acuerdo para el fortalecimiento en la cooperación en materia de defensa entre el Ministerio de Defensa Nacional de Uruguay y el de Argentina. Por otra parte, remite otro proyecto de ley al Parlamento sobre cooperación en dicho sector entre Uruguay y Venezuela, firmado el 9 de junio de 2010 en la ciudad de Caracas.

En el texto del acuerdo firmado el 2 de junio de 2010 en Anchorena, Colonia, se destaca el pleno respeto de los principios establecidos en la Carta de las Naciones Unidas, en la Carta de la Organización de Estados Americanos, en el compromiso del afianzamiento de la democracia y el respeto a los derechos humanos.

Se establece un mecanismo de diálogo político entre los dos ministerios de Defensa  de Uruguay y Argentina, denominado Comisión de Diálogo Bilateral, cuyo fin será el fortalecimiento de las relaciones bilaterales en materia de defensa, con reuniones regulares y alternadamente en ambos países.

Además, se especifican soluciones amistosas de diferencias que eventualmente pueden surgir sobre la aplicación del mencionado acuerdo y la modificación del mismo.

La duración será indefinida pudiendo ser denunciado con seis meses de anticipación.

En otro orden, el acuerdo entre Uruguay y Venezuela se enmarca dentro de los objetivos que el Ministerio de Defensa desarrolla en la política de Defensa Nacional: búsqueda de intereses comunes a fin de potenciar el intercambio material, profesional y la cooperación a nivel internacional.

Se destaca el interés en desarrollar acciones de cooperación en el ámbito técnico militar, bajo la convicción que esta cooperación en el sector de defensa fortalecerá el conocimiento y la confianza recíproca, estrechando los lazos de amistad entre ambos países.

Se enmarcan objetivos basados en principios de igualdad, respeto mutuo de la soberanía y reciprocidad de conformidad con los ordenamientos jurídicos. También se establecen los ámbitos de cooperación e intercambio en áreas de capacitación y entrenamiento de personal, cooperación en ciencia y tecnología, apoyo logístico técnico-militar e intercambio de visitas y delegaciones.

Los órganos ejecutores del acuerdo son el Ministerio de Defensa Nacional por la República Oriental del Uruguay y el Ministerio de Poder Popular por la República Bolivariana de Venezuela.

Además, se acuerda la creación de un grupo de trabajo compuesto por integrantes de ambos ministerios, con un plazo de noventa días para presentar convenios específicos de cooperación. Se presentarán informes periódicos sobre la ejecución del Acuerdo a la Comisión Mixta de Coordinación, Cooperación y Promoción.

   
 
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