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10 de diciembre, 2010

Comercio internacional

Ejecutivo aprueba Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercaderías
El Poder Ejecutivo remitió a la Asamblea General el proyecto mediante el cual se aprueba el Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercaderías. El mismo fue hecho en Bruselas el 14 de junio de 1983 y el Protocolo de Enmienda realizado el 24 de junio de 1986. Dicho convenio tiene por objetivo facilitar el comercio internacional.

Consiste en una nomenclatura de mercaderías de naturaleza multifuncional utilizadas para muchos propósitos, principalmente como base de las tarifas aduaneras y elaboración de estadísticas de comercio.

El sistema armonizado contiene una serie de disposiciones para asegurar su interpretación y aplicación uniformes que facilitan los controles aduaneros y comerciales.

Al 31 de diciembre de 2009 eran 136 los países  contratantes de la convención, hoy en día son más de 200 países, territorios o Uniones Aduaneras, que la utilizan como base de sus tarifas y elaboración de estadísticas.

Al ser miembro de la Convención del Sistema Armonizado se confiera el derecho a integrar el Comité Técnico del sistema mencionado y se asumen las obligaciones de adecuar sus aranceles, nomenclaturas y estadísticas de importación y exportación. También publicitar esas estadísticas en el sistema armonizado e incorporar e implementar las enmiendas del sistema.

Uruguay utiliza al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercaderías desde el 1º de julio de 1992, pero no es miembro de la C.S.A.

Ser parte de la Convención no implica obligaciones financieras, por lo tanto se reitera la conveniencia de la suscripción de este tipo de acuerdos.

   
 
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