Comités de Frontera
Acuerdo de coordinación uruguayo-argentino para
facilitar tránsito de fronterizo
Se busca establecer un reglamento para
los Comités de Fronteras, con el fin de regular el
funcionamiento y promover desarrollo de esas áreas en
sus jurisdicciones consulares. Argentina y Uruguay están
interesados en identificar medidas para facilitar el
tránsito fronterizo de personas, vehículos y bienes,
promover la cooperación, mejorar el ambiente y los
niveles de salud de las comunidades que habitan a ambos
lados de la frontera.
El Poder
Ejecutivo se dirigió al Presidente de la Asamblea
General a fin de someter a consideración el Acuerdo
entre la República Oriental del Uruguay y la República
de Argentina para establecer un Reglamento para los
Comités de Frontera, suscrito en Montevideo el 27 de
agosto de 1998..
El
acuerdo responde a la realidad de las zonas fronterizas
y constituye un conjunto de disposiciones tendientes a
regular el funcionamiento de los órganos encargados de
participar en la solución de problemas, considerar y
promover el desarrollo de las áreas geográficas de
jurisdicción de los Consulados de Frontera.
Las
repúblicas se encuentran interesadas en identificar las
medidas para facilitar el tránsito fronterizo de
personas, vehículos y bienes, promoviendo la
cooperación, además contribuyendo a mejorar el medio
ambiente y los niveles de salud de las comunidades que
habitan a ambos lados de la frontera.
En el
capítulo II se establecen los objetivos a alcanzar, en
el capítulo III se regula la composición de los Comités
de Frontera. En el capítulo IV están comprendidas las
disposiciones atinentes al mecanismo de funcionamiento y
la obligatoriedad de las sesiones ordinarias.
En el
capítulo V se incluyen las disposiciones que posibilitan
la creación de Comisiones para el funcionamiento de los
Comités.
En el
capítulo de Disposiciones Finales se destaca la
instancia de coordinación general para el desarrollo de
las tareas de todos los Comités de Frontera, que para
Uruguay lo será la Dirección Regional América del
Ministerio de Relaciones Exteriores y para Argentina lo
será la Dirección de Límites y Fronteras del Ministerio
de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y
Culto. |