"Uruguay Concursa"
Decretos regulan vínculos laborales y al sistema de
reclutamiento y selección de personal
A partir del 1º de abril quedará
habilitado en el portal de la Oficina Nacional del
Servicio Civil "Uruguay concursa". Allí se publicarán
todos los llamados para ocupar puestos en la
Administración Central. Los ciudadanos podrán
registrarse y postularse a los cargos que sean de su
interés. También, revisar en forma regular la evolución
de sus solicitudes y actualizar sus datos personales y
laborales en el sitio web.
Este mes el
Poder Ejecutivo aprobó seis decretos que apuntan a la
regulación de los vínculos laborales en la
Administración Central. Por un lado, se amplían las
competencias de la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC).
En ese sentido, se le asigna un rol preponderante en
materia de diseño, definición y regulación de políticas
de administración en recursos humanos.
Por otra
parte, la vinculación laboral con los organismos de la
Administración Central comprenderá cinco formas:
contrato de adscripción; contrato temporal de derecho
público; contrato laboral de derecho privado; contrato
de becas y pasantías; y el contrato artístico.
Uno de
los decretos reglamenta la denominada "ventanilla
única", a través de "Uruguay Concursa", instancia en la
cual se definirá la selección y contratación de personal
para trabajar en la Administración Central. De esta
forma, el portal buscará la igualdad de oportunidades
para los postulantes y la unificación de criterios por
parte de los tribunales que se desempeñarán en la
selección de recursos humanos.
El
contrato de adscripción otorga a los ministros la
potestad de contratar adscriptos a su Cartera para que
colaboren, no más allá del respectivo mandato. Los
contratados deberán acreditar idoneidad suficiente de
acuerdo a las tareas a desempeñar y no adquirirán la
condición de funcionarios públicos.
La
retribución de los adscriptos contratados no podrá ser
inferior a $ 15.400, ni superar el 90% de la retribución
del Director General de Secretaría del inciso
respectivo, a valores de enero de este año.
El
contrato laboral de derecho privado podrán suscribirlo
las persona que una oficina considera que necesita para
una tarea concreta, desde un técnico hasta un chofer. En
este caso, el contratado no adquirirá la calidad, ni la
condición de funcionario público, ni tampoco derecho a
permanencia en el cargo.
Si las
tareas a desempeñar fueran calificadas, se realizará un
concurso de oposición y méritos entre los inscriptos a
la fecha del cierre del llamado. La lista de prelación
resultante tendrá una vigencia de 18 meses. No obstante,
si las tareas a desempeñar no fueran calificadas, la
selección se realizará por sorteo entre los inscriptos,
lista vigente también por 18 meses.
Los
contratos laborales no podrán tener un plazo superior a
12 meses, incluida la licencia ordinaria
correspondiente.
Los
decretos aprobados por el Presidente de la República en
Consejo de Ministros, el 7 de febrero, establecen que
becario es quien siendo estudiante, es contratado por el
Estado, para realizar tareas exclusivamente de apoyo, la
cuales no deben ser sustantivas, ni permanentes. Se
establece que la jornada laboral será de 30 horas
semanales, con una remuneración de 4 Bases de
Prestaciones y Contribuciones (BPC), por una extensión
máxima de 18 meses.
En
cuanto a las pasantías, el decreto señala que tienen por
única finalidad que los interesados puedan desarrollar
una primera experiencia laboral, luego de obtener un
título terciario o universitario. La remuneración será
de 7BPC, por un régimen horario de 40 horas semanales.
Mientras
que el contrato artístico, sustituye al actual régimen
de "contratos de cachet". Para ello, se expresa que se
considera artista a toda persona que cree, interprete o
ejecute en cualquier forma una obra artística, quienes
no lo sean deberán estar amparados en otro régimen.
"Uruguay
Concursa" permitirá a los ciudadanos postularse a los
llamados de la Administración Central: Presidencia de la
República; los ministerios de Defensa Nacional;
Interior; Economía y Finanzas; Relaciones Exteriores;
Ganadería, Agricultura y Pesca; Industria, Energía y
Minería; Turismo y Deporte; Transporte y Obras Públicas;
Educación y Cultura; Salud Pública; Trabajo y Seguridad
Social; Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente; y Desarrollo Social. |