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24 de febrero, 2011
28 de febrero: Feriado laborable solo para el departamento de Soriano según Ley de 2005
El feriado laborable para el departamento de Soriano fue establecido el 23 de mayo de 2005 por Ley 17.868. En su artículo único, la citada norma estableció: “Declárase feriado laborable para el departamento de Soriano, el día 28 de febrero de cada año, con motivo de celebrarse el Grito de Asencio y la toma de la Capilla Nueva.

Esta normativa fue impulsada en 2005 por los dos diputados departamentales de Soriano de aquella legislatura: Roque Arregui y Gonzalo Novales.