28 de febrero: Feriado laborable solo para el
departamento de Soriano según Ley de 2005
El feriado laborable para el
departamento de Soriano fue establecido el 23 de mayo de
2005 por Ley 17.868. En su artículo único, la citada norma
estableció: “Declárase feriado laborable para el
departamento de Soriano, el día 28 de febrero de cada año,
con motivo de celebrarse el Grito de Asencio y la toma de
la Capilla Nueva.
Esta normativa fue impulsada en 2005 por
los dos diputados departamentales de Soriano de aquella
legislatura: Roque Arregui y Gonzalo Novales. |