Investigar, juzgar, reparar
Fallo de CIDH que declara nula ley de Caducidad es
vinculante, dice abogado López Goldaracena
La Corte Interamericana de Derechos
Humanos de la OEA dictaminó que la ley uruguaya de
Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado carece de
efecto jurídico porque impide la investigación y sanción
de las violaciones a los derechos humanos. Según el
abogado Oscar López Goldaracena, el fallo es vinculante
y de cumplimiento obligatorio e inmediato.
Uruguay
deberá retirar de su ordenamiento jurídico esa norma
adoptada por el parlamento en 1986 y que impide juzgar y
castigar buena parte de los crímenes de lesa humanidad
cometidos por la dictadura (1973-1985), destacó el
abogado, que también es senador suplente por la
coalición gobernante Frente Amplio.
El
fallo, conocido este jueves 24 y relacionado con el caso
de la joven argentina María Claudia García de Gelman,
secuestrada estando embarazada en Buenos Aires, en 1976,
y trasladada luego a Montevideo, donde fue
“desaparecida” tras haber dado a luz a una niña,
sostiene que la ley de Caducidad carece de efectos
jurídicos porque es incompatible con la Convención
Americana de Derechos Humanos y con la Convención
Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas..
López
Goldaracena explicó que el Estado uruguayo debe
asegurarse de que la ley no represente obstáculo alguno
para la investigación de hechos de esta índole.
En
términos prácticos, ello implica que el Parlamento
remueva la normativa del derecho positivo para que no
queden rastros de ella.
Uno de
los numerales de la sentencia de la Corte compele al
Estado uruguayo a que no pueda invocarse “prescripción”,
“cosa juzgada” ni ninguna otra figura jurídica para
impedir la investigación y juzgamiento de casos de
delitos de lesa humanidad como desapariciones forzadas,
torturas y homicidios polìticos.
El
veredicto de la Corte también señala que las autoridades
deberán abstenerse de realizar actos que impliquen
cualquier tipo de obstrucción de las investigaciones.
Agrega
igualmente que ningún plebiscito puede legitimar lo que
nace en la ilegitimidad.
López
Goldaracena señaló que a la luz de los hechos, lo más
saludable sería que el Poder Legislativo aprobara el
proyecto de ley interpretativo de la Constitución de la
República que se encuentra a estudio del Senado, por el
que se declara carente de valor jurídico a la Ley de
Caducidad.
Tanto
el fallo de la CIDH como el proyecto de ley están en
consonancia con sentencias de la Suprema Corte de
Justicia uruguaya según las cuales la Ley de Caducidad
violenta la Constitución de la República y el Derecho
Internacional en materia de derechos humanos.
La
resolución de la CIDH fue conocida además en
coincidencia con la celebración del Día Internacional
por el Derecho a la Verdad en relación con Violaciones
graves de los Derechos Humanos y de la Dignidad de las
Víctimas, que se conmemora los 24 de marzo en homenaje a
monseñor Óscar Romero, asesinado en El Salvador el 24 de
marzo de 1980.
La
sentencia conmina por otra parte al Estado uruguayo a
reparar económicamente a la familia de María Claudia
García, en especial a su hija nacida en cautiverio
Macarena Gelman, adoptada ilegalmente en 1976 y
recuperada muchos años después por su familia biológica,
entre ellos el poeta y escritor argentino Juan Gelman.
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