Según vicecanciller Conde
Sentencia de CIDH era “previsible” y aumenta presión
sobre Uruguay para eliminar ley de Caducidad
Uruguay recibió “sin sorpresas” la
sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
que lo obliga a dejar sin efecto la ley de Caducidad de la
Pretensión Punitiva del Estado y lo condena por su
responsabilidad en la desaparición forzada de personas,
comentó el subsecretario de Relaciones Exteriores Roberto
Conde.
Para el vicecanciller se trató de un
fallo “esperable”, que fundamentalmente “aumenta la
exigencia sobre Uruguay para que la ley de Caducidad quede
sin efecto”.
“En estos días se anuncia que el
Parlamento podría eliminar esa norma. Si así fuera,
estaríamos dando cumplimiento total a la sentencia de la
Corte”, estimó.
Según Conde, la mayoría de las
exigencias que la CIDH le formuló a Uruguay en su fallo, el
país ya las ha cumplido.
“Desde el momento en que, por vía de
distintos instrumentos legales, fundamentalmente de la ley
de reparación de las víctimas del terrorismo de Estado de
2009”, el Estado “reconoció su responsabilidad sobre la
comisión de los delitos de lesa humanidad y los crímenes
violatorios de los derechos humanos “ esta sentencia era
“previsible”, señaló.
“La responsabilidad del Estado entonces
no fue para nosotros materia controversial porque ya estaba
admitida por el propio Estado uruguayo a través de leyes
antes de que se iniciara el juicio en la Corte”, dijo.
La CIDH falló en relación al caso de la
joven argentina María Claudia García de Gelman, secuestrada
en Buenos Aires en 1976 estando embarazada, trasladada a
Uruguay y desaparecida aquí tras haber dado a luz a una
niña.
La sentencia, conocida el jueves 24,
obliga al Estado uruguayo a indemnizar a la familia de la
muchacha, en especial a su hija, Macarena, nacida en
cautiverio, privada de su identidad y apropiada por los
secuestradores de su madre, que la entregaron en adopción.
“En este caso corresponderá a las
víctimas una reparación especial, de acuerdo a la sentencia
de la Corte Interamericana, y no de acuerdo a la ley de
reparación nacional” de 2009, indicó Conde.
“El Estado tendrá allí que cumplir una
obligación diferente a la que ya está cumpliendo para todos
aquellos que han acreditado su condición de víctimas”,
precisó.
Y deberá, fundamentalmente, hacer frente
“a esta enorme contradicción jurídica” que se le plantea al
contener en su derecho interno una norma como la ley de
Caducidad, que choca violentamente con los compromisos que
el país ha firmado en el campo del derecho internacional
humanitario, subrayó Conde.
La Corte toma nota de que la ley de
Caducidad es “un impedimento” para el acceso a la Justicia
por parte de las víctimas y exige al Estado uruguayo
“remover” ese obstáculo.
Es muy cierto, admitió el viceministro,
que la ley “viola el derecho de las víctimas a la
protección, al amparo judicial y a la asistencia de la
justicia, y hace que Uruguay viole sus compromisos
internacionales”.
Destacó como un hecho “interesante” que
la Corte Interamericana desarrolle la doctrina, que luego
transforma en jurisprudencia al dictar sentencia, según la
cual los derechos a la vida, a no ser asesinado y a no ser
torturado, son inherentes a la persona humana y, por tanto,
preexistentes a cualquier ley.
“Ninguna norma de derecho interno de un
país”, aún cuando sea ratificada por algún instituto de
democracia directa, “tiene capacidad” para vulnerar el
límite “infranqueable” de los derechos más básicos de la
persona, destacó el vicecanciller.
Esa doctrina en parte ha sido recogida
por la propia Suprema Corte de Justicia del Uruguay, que en
un reciente fallo sostiene que la ley de Caducidad es nula
en origen, remarcó el jerarca.
“Al aceptar su responsabilidad en los
crímenes cometidos bajo la dictadura el Estado uruguayo de
alguna manera ya estaba reconociendo esta doctrina”,
agregó. |