Según informe de MYSU
Derechos de usuarias de ASSE en salud
sexual y reproductiva no siempre son respetados
Los profesionales de la salud y
auxiliares de enfermería de Montevideo tienen buen
conocimiento de las normas referidas a salud sexual y
reproductiva pero a menudo priorizan sus convicciones
personales sobre las disposiciones legales y lesionan
derechos de las pacientes, señala el informe 2010 del
Observatorio Nacional en Género y Salud Sexual y
Reproductiva..
El
documento, elaborado por la organización Mujer y Salud
de Uruguay (MYSU) y presentado este jueves 5 en un acto
que contó con la presencia, entre otros, del ministro de
Salud Pública Daniel Olesker, aborda por primera vez las
prácticas de quienes se desempeñan en los servicios
públicos del primer nivel de atención en Montevideo.
Tras un
acuerdo con la Red de Atención Primaria capitalina de
ASSE, todos los profesionales involucrados debieron
responder a un cuestionario que abarcó un conjunto de
temas referidos a los sistemas de valores (infancia,
familia, reproducción, embarazo, aborto y
anticoncepción).
De las
respuestas brindadas, señaló la directora de MYSU
Alejandra López a la Secretaría de Comunicación, se
desprende que tienen un buen conocimiento de las normas
referidas a anticoncepción reversible y no reversible,
prevención y atención de violencia doméstica y sexual,
prevención del aborto de riesgo y VIH sida, entre
otros.
Sin
embargo, en varios de estos asuntos no dan a las
mujeres que se tratan con ellos “respuestas aceptables”
para las pacientes.
“Nos
preguntamos entonces qué sucedía con el sistema de
valores de esos profesionales. En qué medida favorecía o
no el cumplimiento de las normativas y el acceso de las
usuarias a las prestaciones”, señaló López.
El
documento concluye que a menudo los profesionales
anteponen sus convicciones personales, éticas, morales,
religiosas, a lo que establecen las políticas públicas.
Respecto
a la ligadura de trompas o la vasectomía, por ejemplo,
la mitad “considera que no deben ser realizadas a
personas sin hijos, cuando la norma vigente establece
como únicos criterios tener 21 años o más y tener
capacidades psíquicas e intelectuales plenas para
consentir el procedimiento”.
Se
produce aquí una tensión entre los valores del
profesional y la norma que establece un derecho, resalta
López.
El
documento advierte que “las tensiones entre la acción
técnica y la acción moral se expresan en asuntos tales
como cumplir con la orientación de la política pública
cuando ésta no concuerda con la posición personal del
profesional”.
El 50
por ciento de los profesionales reivindican el derecho a
objetar la realización de un procedimiento cuando éste
no coincida con sus propias convicciones, aun al precio
de inhibir el cumplimiento de una prestación.
“La
posibilidad de renunciar al servicio de salud no es una
opción que consideren en tales circunstancias”, observa
López.
La
directiva de MYSU sostuvo además que el informe aporta a
la discusión sobre políticas de formación de recursos
humanos en la salud y abre una agenda muy amplia de
temas a investigar, fundamentales a la hora de
implementar políticas públicas en la materia.
El
Observatorio, creado por MYSU en 2007, es un programa de
generación sistemática de información para el ejercicio
calificado del monitoreo ciudadano en la agenda nacional
en salud sexual y reproductiva.
Cuenta
con apoyo del Fondo de Población de Naciones Unidas y
con la declaración de interés ministerial del MSP. |